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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de octubre de 2008 382084 Que, la norma precitada precisa que en el caso de los gobiernos locales, el TUPA se aprueba por Ordenanza Municipal, publicándose en su integridad cada dos años, pudiendo hacerlo antes, cuando se considere que las modificaciones producidas en el mismo lo amerite; Que, el Art. 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 establecen que mediante las ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. Asimismo las Ordenanzas en materia tributaria expedidos por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por la municipalidades provincial, para su vigencia; Que, mediante Ordenanza No. 607-MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima regula el procedimiento de ratificación de las ordenanzas aprobadas por las municipalidades distritales de la provincia de Lima que crean, modifican o regulen tasas, contribuciones o derechos, dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones; Que, mediante Directiva No. 001-006-00000001-SAT, el Servicio de Administración Tributaria – SAT establece las pautas metodológicas para la determinación de costos de los servicios y procedimientos que dan origen a los tributos municipales; Que, mediante Informe No. 435-2008-GAJ/MDSJM la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que de la revisión del texto íntegro del proyecto de TUPA y sus anexos que los derechos de cada uno de los procedimientos señalados han sido determinados de acuerdo al procedimiento señalado por la directiva Nº 001-006-00000001 y responde al costo real que la municipalidad incurre por brindar cada uno de ellos, por lo que es de opinión de la aprobación de los derechos de procedimientos administrativos contenidos en el TUPA; Que, mediante Informe No. 133-2008-GP/MDSJM la Gerencia de Planificación señala que el Texto Único de Procedimientos Administrativos contiene los procedimientos a cargo de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores y en su elaboración se han considerado los criterios técnicos aplicables a este tipo de documento de gestión; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Artículo 1º.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, procedimientos, requisitos y costos administrativos, de la Municipalidad de San Juan de Miraflores, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- DEROGAR la Ordenanza No. 000031- 2007-MDSJM y No. 000052-2007-MDSJM. Artículo 3º.- ESTABLECER que los formularios FUO, FOM, Solicitud, entre otros, considerados como requisitos en los procedimientos, son de distribución gratuita o de libre reproducción. Artículo 4º.- La presente Ordenanza será publicada en el Diario Oficial El Peruano, disponiendo su validez a partir del día siguiente de la publicación de su ratificación por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Informática y la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo Central a la publicación de la presente Ordenanza en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE www.psce.gob.pe y en la página web de la Municipalidad www.munisjm.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRIGUEZ Alcalde 268432-1Incorporan procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior al TUPA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 00077-2008-MDSJM San Juan de Mirafl ores, 25 de julio del 2008 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES: Visto, en la Sesión Extraordinaria de Emergencia de la fecha, el Informe Nº 238-2008-GP-MDSJM de la Gerencia de Planifi cación y el Informe Nº 0998-2008-MDSJM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica el cual presenta el Proyecto de Ordenanza que incorpora al Texto Unico de Procedimientos Administrativos el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad en aplicación de la Ley Nº 29227; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en sus artículos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades establece en su artículo 9 inciso 3 que, corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de su organización interior; Que, mediante Acuerdo de Concejo de la Comisión Metropolitana de Asuntos económicos y de organización en su sesión ordinaria de fecha 17 de Julio del 2008 acuerda autorizar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) por única vez y de manera excepcional, la recepción hasta el 31 de Julio el 2008 de las solicitudes de ratifi cación de Ordenanzas Municipales que aprueben el derecho del trámite de procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior; Que, la Propuesta de incorporación al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA, se ajusta a los lineamientos de política de la actual Gestión Municipal, tendiente a consolidar una administración moderna, que obtenga mayores niveles de efi ciencia y efi cacia sujeta al bienestar de la comunidad, dentro del marco jurídico de los gobiernos locales, al proceso de descentralización y a la aplicación de la Ley Nº 29227 y su reglamento; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades en su Artículo 9º inciso 32) y el Artículo 40º con el voto UNANIME de los señores Regidores y con la dispensa de lectura y aprobación del acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo 1º.- Incorpórese al Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Municipal Nº 0068-2008-MDSJM de fecha 07 de Mayo del 2008, el texto que forma parte integrante de la presente Ordenanza, correspondientes a la Gerencia Municipal. Artículo 2º.- APRUEBESE los derechos consignados en los trámites que forman parte de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, disponiendo su validez a partir del día siguiente de la publicación de su ratifi cación por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Informática y la Sub Gerencia de Trámite Documentario y Archivo Central a la publicación de la presente Ordenanza en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE www.psce.gob.pe y en la página web de la Municipalidad www.munisjm.gob.pe. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. EDILBERTO LUCIO QUISPE RODRÍGUEZ Alcalde 268433-1Descargado desde www.elperuano.com.pe