Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2008 (24/10/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 24 de octubre de 2008

el desarrollo local. Asimismo prestar apoyo en las acciones a ejecutarse por la Subgerencia de Fiscalizacion y Control. Esta a cargo del Gerente de Seguridad Ciudadana quien depende de la Gerencia Municipal. Articulo 119º.- La Gerencia de Seguridad Ciudadana esta a cargo de un funcionario de confianza designado por el Alcalde. Articulo 120º.- Son funciones de la Gerencia de Seguridad Ciudadana: a) Formular, ejecutar, monitorear y evaluar el Plan Operativo del organo a su cargo. b) Planificar, programar, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar las acciones de indole preventivas y disuasivas, que contribuyan a velar y mantener el orden publico con el apoyo de la Policia Nacional. c) Planificar, organizar y dirigir las intervenciones en materia de seguridad ciudadana en concordancia con las normas que rigen el Sistema. d) Participar en el MORDAZA de elaboracion de los presupuestos participativos. e) Proponer, supervisar, evaluar los proyectos de inversion publica de su competencia en concordancia con las normas del Sistema Nacional de Inversion Publica. f) Coordinar con instituciones publicas y privadas sobre el servicio de serenazgo en el distrito, proporcionando proteccion para el libre ejercicio de los derechos del vecino. g) Coordinar con el Comite de Defensa Civil las acciones necesarias para la atencion de las poblaciones damnificadas por desastres naturales o de otra indole. h) Emitir actos administrativos que MORDAZA de su competencia. i) Asesorar en materia de su competencia al Comite Distrital de Seguridad Ciudadana, a las juntas vecinales y asociaciones acreditadas por la Municipalidad. j) Ejecutar y supervisar el cumplimiento de los proyectos de su competencia, contenidos en el Plan Integral de Desarrollo del Distrito. k) Actuar como Secretario Tecnico del Comite Distrital de Seguridad Ciudadana. l) Informar mensualmente a la Gerencia Municipal, el desarrollo de los proyectos y actividades a su cargo. m) Otras funciones que le asigne el Gerente Municipal en materias de su competencia. Articulo 121º.- La Gerencia de Seguridad Ciudadana para su funcionamiento tiene las siguientes Unidades Organicas: · Subgerencia de Serenazgo · Subgerencia de Defensa Civil Articulo Septimo.- Modificar el articulo 122º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Ordenanza Nº 215-MDSMP, en el sentido que la Subgerencia de Serenazgo esta a cargo del Subgerente de Serenazgo quien depende del Gerente de Seguridad Ciudadana. Articulo Octavo.- Modificar las funciones de los articulos 125º, 126º y 127º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Ordenanza Nº 215-MDSMP, los que quedaran redactados de la siguiente forma: Articulo 125º.- La Subgerencia de Defensa Civil es la unidad organica encargada de planificar y ejecutar acciones de organizacion y capacitacion a la poblacion para prepararlos en tareas de prevencion de hechos fortuitos y para enfrentar los desastres naturales. Esta a cargo del Subgerente de Defensa Civil quien depende del Gerente de Seguridad Ciudadana. Articulo 126º.- La Subgerencia de Defensa Civil esta a cargo de un funcionario de confianza designado por el Alcalde. Articulo 127º.- Son funciones de la Subgerencia de Defensa Civil: a) Formular y ejecutar el Plan Operativo de la unidad organica a su cargo, disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos economicos, materiales y equipos asignados. b) Elaborar, proponer y desarrollar el Plan de Contingencia para la prevencion y atencion de situaciones de emergencia y desastres conjuntamente con el Sistema Nacional de Defensa Civil. c) Activar los Comites Distritales de Defensa Civil, difundiendo su responsabilidad y promoviendo la organizacion de brigadas de Defensa Civil. Asi como, capacitar y preparar a los brigadistas de Defensa Civil. d) Identificar zonas de alto riesgo que requieran la intervencion de Defensa Civil. e) Proponer, ejecutar y controlar los planes de

prevencion, emergencia y rehabilitacion que corresponda al ambito de su competencia. f) Organizar y apoyar la distribucion de la ayuda a la poblacion damnificada en casos de desastres naturales y de otra indole, coordinando los lugares de albergues. g) Coordinar con los MORDAZA de informacion necesarios para coordinar la ayuda externa y organizar a la poblacion afectada. h) Elaborar el Mapa de riesgo del distrito, identificando las zonas de posibles desastres, recomendando medidas preventivas y correctivas con participacion de la poblacion. i) Realizar las acciones y tramites necesarios ante las diversas entidades publicas para la asistencia al Comite de Defensa Civil. j) Prestar servicios de Inspeccion Tecnica de Seguridad de Defensa Civil, en los inmuebles, instalaciones, comercios y recintos de propiedad privada, de dominio del Estado y/o publico en los cuales reside, labora o concurre publico. k) Coordinar y supervisar las funciones de brigadas de Defensa Civil. l) Ejercer las funciones de Secretaria Tecnica del Comite de Defensa Civil. m) Otras funciones que le asigne el Gerente de Seguridad Ciudadana, en materias de su competencia. Articulo Noveno.- Dejar sin efecto los Articulos 128º, 129º y 130º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Ordenanza Nº 215-MDSMP. Articulo Decimo.- Conformar la Oficina Municipal para la Atencion a las Personas con Discapacidad ­ OMAPED, dependiente de la Subgerencia de Servicios Sociales, con la inclusion en el articulo 137º del Reglamento de Organizacion y Funciones, de las funciones siguientes: OFICINA MUNICIPAL PARA ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD: a) Promover Politicas de corto, mediano y largo plazo para orientar el desarrollo de las personas con discapacidad del distrito. b) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo de la OMAPED. c) Organizar y ejecutar programas de proteccion y apoyo para las personas con discapacidad del Distrito. d) Disenar, promover, ejecutar y monitorear programas y/o proyectos de prevencion e integracion social para las personas con discapacidad en coordinacion con CONADIS. e) Velar por el cumplimiento de las normas sobre acondicionamiento de la infraestructura fisica en el Distrito, para el normal acceso de las personas con discapacidad. f) Velar por el cumplimiento del plan de igualdad de oportunidades para personas con discapacidad en el ambito del gobierno local. g) Establecer convenios interinstitucionales para concertar acciones de apoyo al desarrollo de las personas con discapacidad. h) Elaborar programas y proyectos en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica para solucionar problemas de las personas con discapacidad. i) Mantener actualizado el registro de las personas con discapacidad en el distrito. j) Otras funciones que le asigne el Subgerente de Servicios Sociales. Articulo Decimo Primero.- Modificar el Articulo 137º de la Ordenanza Nº 215-MDSMP, suprimiendo la frase "personas con discapacidad" del literal c) y derogar los literales h), m), n). DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Autorizar al MORDAZA para que apruebe la modificacion de los Instrumentos de Gestion como el CAP, PNP, PAP y MOF para la incorporacion de los acuerdos de la presente ordenanza. Segunda.- Apruebese la nueva Estructura Organica que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Tercera.- Para el caso de las apelaciones que se presenten contra las Resoluciones emitidas por la Subgerencia de Transporte Local, las mismas seran resueltas por Resolucion de la Gerencia Municipal. Cuarta.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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