Norma Legal Oficial del día 12 de septiembre del año 2008 (12/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 12 de setiembre de 2008

planes y programas nacionales como el Acuerdo Nacional, las cuotas electorales de genero, la Ley Nº 26260, Ley Contra la Violencia Familiar, la Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, Ley Nº 28983, el Programa Nacional Contra la Violencia Familiar; El Plan Nacional Contra la Violencia Hacia la Mujer y el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades. Debe tenerse en cuenta que dentro de las Politicas de Estado aprobadas en el MORDAZA del Acuerdo Nacional, se encuentra la decimo primera politica de estado, en la que se encuentra la promocion de la igualdad de oportunidades, reconociendo que en nuestro MORDAZA existen diversas expresiones de discriminacion e inequidad social. Que , el D.S. Nro. 009-2006-MIMDES que aprobo el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010 cuya vigencia la ha ratificado la MORDAZA disposicion complementaria y transitoria de la Ley Nro. 28983, constituye un instrumento que debe tomarse en consideracion. Que, es politica de este Gobierno Regional impulsar programas, proyectos y acciones que garanticen el desarrollo social y la igualdad de oportunidades con enfoque de genero de este importante sector de la poblacion de Moquegua. Para ello se debe propiciar la concertacion, cooperacion, articulacion, participacion de instituciones, organizaciones de los ciudadanos y ciudadanas comprometidos con el desarrollo regional. Que debe tenerse en consideracion la Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres que dispone que los Gobiernos Regionales adopten politicas, planes y programas , estableciendo los lineamientos correspondientes. Todo ello se resume dentro de las competencias y atribuciones de establece el MORDAZA normativo, institucional y de politicas publicas en el ambito de la Region MORDAZA, para garantizar a hombres y mujeres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar, autonomia propendiendo a la igualdad. La Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres , la misma que tiene por objeto establecer el MORDAZA normativo, institucional y de politicas publicas en los ambitos nacional, regional y local para garantizar a mujeres y hombres en el ejercicio de sus derechos a la igualdad, dignidad, libre desarrollo, bienestar y autonomia impidiendo la discriminacion en todas las esferas de su MORDAZA publica y privada propendiendo a la igualdad. En consecuencia compete a los Gobiernos Regionales adoptar politicas, planes y programas integrando los principios de la referida ley de manera transversal y por ende la Presidencia Regional debe incluir avances del cumplimiento de la Ley Nº 28893 de acuerdo a la Ley Organica de los Gobiernos Regionales. Que, en merito a los Art. 16º incisos a) y b) de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 28013 habiendose cumplido con los previos a que se refiere los articulos 48º, 51º , 82º, 84º y c.c. del Reglamento Interno del Consejo Regional vigente aprobado mediante Ordenanza Regional Nro. 009-2006CR/GRM, con el MORDAZA unanime de los miembros del Consejo Regional , y con prescindencia del tramite de la lectura y aprobacion del Acta de Sesion aprobo la siguiente: ORDENANZA: De la Declaratoria Articulo Primero.- DECLARASE de necesidad e interes regional la promocion y el cumplimiento de la Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres de la Region MORDAZA . Disposicion Articulo Segundo.- DISPONGASE que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, dentro del termino de 30 dias habiles actualice el Plan de Igualdad de Oportunidades de MORDAZA para la Region MORDAZA 2004-2010 el que se constituira como instrumento para la

atencion, ejecucion, monitoreo y evaluacion de las politicas regionales en materia de igualdad de oportunidades, todo ello bajo responsabilidad. Objeto.-

Articulo Tercero.- EL OBJETO de la presente Ordenanza tendra como base el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones (2006-2010) para establecer la normativa a efecto de garantizar a todas las personas sin discriminacion alguna el ejercicio pleno de sus derechos concernientes a la igualdad de oportunidades. Encargatura,-

Articulo MORDAZA .- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social , el cumplimiento de la presente Ordenanza quien debera dar cuenta periodicamente cada 30 dias de los avances en su ejecucion bajo apercibimiento en caso de incumplimiento de incurrir en responsabilidad funcional, debiendo poner atencion prioritaria en la identificacion de los grupos sociales que puedan ser pasibles de la vulneracion de sus derechos fundamentales, especificamente, los que no tienen igualdad de oportunidades esto con la finalidad de focalizar la ayuda que se va a brindar mediante programas sociales y productivos. Definicion

Articulo Quinto.- DEFINASE al Plan Regional de igualdad de Oportunidades como el Acuerdo del Gobierno Regional y la Sociedad civil respecto de las politicas de genero y de equidad para promover los derechos, la igualdad de oportunidades y el acceso de las mujeres a los beneficios del desarrollo economico y social en el MORDAZA de la lucha contra la pobreza, la descentralizacion, la construccion de la democracia y el desarrollo sostenible. Recomendacion .Articulo Sexto.- RECOMENDAR a los Gobiernos Locales de la Region MORDAZA la inclusion del enfoque de equidad de genero en los documentos de gestion, planes, programas y normas y otros, asi como el desarrollo de actividades orientadas a la participacion equitativa de mujeres y varones . Implementacion Articulo Setimo.- Implementar: 1.- El Taller de Formacion de Gestion Publica y Participacion Ciudadana, con la finalidad de generar una interaccion directa, sencilla y permanente entre los ciudadanos y el Gobierno Regional , que permita abrir espacios de debate, analisis, con posibilidad de contradecir, criticar, cuestionar y lo mas importante, que las ciudadania sea propositiva y presenten en el futuro proyectos que generen mejoramiento en la calidad de MORDAZA de sus comunidades. 2.- Campanas publicas de una cultura de prevencion de la salud, en coordinacion con el MINSA, a fin de producir un cambio en el modelo de atencion, de modo que este centrado basicamente en la promocion de estilos de MORDAZA saludables y en la prevencion de enfermedades cronicas y en aquellas que afectan el desarrollo de los sectores marginados. En tal sentido se esta tomando como referencia, el orden de las enfermedades de mayor demanda de atencion en la consulta externa, en la Region MORDAZA, las cuales son: 1. Enfermedades agudas de la via respiratorias superior (faringitis, amigdalitis, etc.) 2. Enfermedades bucales y de glandulas salivales (caries, enfermedad periodontal, etc.). 3.- La creacion de modulos de emergencia, asistencia para la mujer, y proteccion a la poblacion infantil. Dichos

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