Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2008 (25/09/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 25 de setiembre de 2008

los cuales Quinientos Cuarenta y Tres Millones Setenta y Dos Mil Ciento Treinta y Ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 543 072 138,00) se asignaron a la Unidad Ejecutora 010 Provias Descentralizado; Que, en el Presupuesto Institucional de Provias Descentralizado se mantienen creditos presupuestarios por Veintitres Millones Ciento Ochenta y Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles (S/. 23 187 843,00), en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios para la elaboracion de estudios y ejecucion de proyectos cuya ejecucion esta en el ambito de las competencias del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA y de catorce (14) Gobiernos Locales, que se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo; Que, los representantes de los catorce (14) Gobiernos Locales y del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA, han solicitado mediante los oficios correspondientes, se les transfiera dichos recursos para la ejecucion de los referidos estudios y proyectos; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 8º del Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP, aprobado por Decreto Supremo Nº 102-2007-EF y sus modificatorias, la Unidad Formuladora es la encargada de elaborar los estudios de preinversion, siendo responsable del contenido de dichos estudios y corresponde a la Unidad Ejecutora la fase de inversion, estando a su vez a cargo de la evaluacion ex post del proyecto; Que, el numeral 4.4 del articulo 4º de la Directiva Nº 004-2007-EF/68.01 "Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica", aprobada por Resolucion Directoral Nº 009-2007-EF-68.01 establece que en el caso de los Gobiernos Locales, las normas del SNIP son de observancia obligatoria para aquellos Gobiernos Locales que a la fecha de la entrada en vigencia de la mencionada Directiva se encuentren incorporados a este sistema, aquellos que por acuerdo de su Concejo Municipal se incorporen voluntariamente previo el cumplimiento de requisitos minimos, aquellos que programen presentar una solicitud para la concertacion de una operacion de endeudamiento externo para el financiamiento de un proyecto de inversion publica y aquellos que MORDAZA incorporados gradualmente por resolucion expresa de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico ­ DGPM; Que, de otro lado, el articulo 56º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867, establece que los Gobiernos Regionales tienen como funciones las de formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la region, de conformidad con las politicas nacionales y los planes sectoriales. Asimismo, el numeral 2.1 del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que son funciones especificas compartidas de las municipalidades provinciales, ejecutar directamente o concesionar la ejecucion de las obras de infraestructura MORDAZA o rural de caracter multidistrital que MORDAZA indispensables para la produccion, el comercio, el transporte y la comunicacion de la provincia, tales como

corredores viales, vias troncales, puentes, parques, parques industriales, embarcaderos, terminales terrestres, y otras similares, en coordinacion con las municipalidades distritales o provinciales contiguas, segun el caso; de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal y el Plan de Desarrollo Regional; Que, el articulo 75º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias, establece que son transferencias financieras entre pliegos presupuestarios, los traspasos de fondos publicos sin contraprestacion, para la ejecucion de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales de los pliegos de destino, y que en el caso de transferencias financieras entre pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional; o del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se aprueban mediante Decreto Supremo, con refrendo del Ministro del Sector correspondiente y del Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion Nacional del Presupuesto Publico; De conformidad con el numeral 75.2 del articulo 75º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modificatorias; DECRETA: Articulo 1º.- Transferencia Financiera a favor de catorce Gobiernos Locales y del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA Autorizar al Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectuar una transferencia financiera hasta por la suma de Veintitres Millones Ciento Ochenta y Siete Mil Ochocientos Cuarenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles (S/.23 187 843,00) a favor de catorce (14) Gobiernos Locales y del Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA segun la relacion y montos que se detallan en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, destinados para atender exclusivamente la elaboracion de los estudios y ejecucion de proyectos que se senalan en el Anexo mencionado. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de setiembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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