Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2009 (20/08/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de agosto de 2009

25 de MORDAZA de 2009, el Gobierno Regional Pasco procedio a resolver el CONTRATO N° 1463-2008-G.R.PASCO/ PRES, con el fin de salvaguardar la inversion realizada que corre el riesgo de perderse, toda vez que de quedar paralizado las acciones en su ejecucion, se interrumpiria la transitabilidad que se proporciona actualmente, como el deterioro precoz de los trabajos realizados hasta la fecha, la perdida de materiales adquiridos y considerandose ademas la cercania del periodo de lluvias que perjudicaria irreparablemente los trabajos realizados hasta la fecha, solicita la Declaratoria en Situacion de Emergencia de la obra "Mejoramiento de la Carretera Yanahuanca ­ Cerro de Pasco Tramo II: Cerro de PascoPalca, Sub Tramo A (Km. 00+000 ­ Km. 26+000)"; con el fin de iniciarse acciones inmediatas para el reinicio de la obra, y por consiguiente la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por Situacion de Emergencia, con la finalidad de continuar con la obra y adjudicar a una Empresa seria y solvente, sustentado en el inc. b) del articulo 20º del Decreto Legislativo Nº 1017, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, donde se establece; que estan exonerados de los procesos de seleccion las contrataciones que se realicen: Ante una situacion de emergencia derivada de acontecimientos catastroficos, de situacion que supongan grave peligro o que afecten la defensa y seguridad nacional; asimismo, el articulo 23º de la misma MORDAZA, establece que la situacion de emergencia, es aquella en que la entidad tiene que actuar en forma inmediata a causa de un acontecimiento catastrofico, de situaciones que supongan grave peligro, de necesidad que afecten la defensa nacional; en este caso, la Entidad queda exonerada de la tramitacion del expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales del presente decreto legislativo; Que, con el INFORME LEGAL N° 394-2009GR.PASCO/ORAJ, de fecha 04 de agosto de 2009, la Oficina Regional de Asesoria Juridica conforme con el articulo 20º del Decreto Legislativo N° 1017 Ley de Contrataciones del Estado y el articulo 128º del Reglamento, opina favorablemente por la procedencia legal de la exoneracion de los procesos de seleccion para la continuidad de la ejecucion de la obra "Mejoramiento de la Carretera Yanahuanca ­ Cerro de Pasco Tramo II: Cerro de Pasco-Palca, Sub Tramo A (Km. 00+000 ­ Km. 26+000)", con Exoneracion de MORDAZA de Seleccion por la causal de Situacion de Emergencia por el saldo financiero que se determinara en la Liquidacion final de la obra, una vez que el Consejo Regional MORDAZA Declarado en Situacion de Emergencia el tramo de la Carretera Yanahuanca ­ Cerro de Pasco Tramo II: Cerro de Pasco-Palca, Sub Tramo A (Km. 00+000 ­ Km. 26+000), y como la publicacion del Acuerdo de la Exoneracion dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision en el SEACE; asimismo remitir a la Contraloria General de la Republica y al OSCE MORDAZA de la resolucion de los informes que los sustentan y ademas opina AUTORIZAR a la Comision Permanente de Adquisiciones y Contrataciones para que efectue la contratacion e implemente las acciones administrativas pertinentes; Que, en merito a los Informes Tecnico y Legal se realiza la sesion extraordinaria de Consejo Regional el 05 de agosto de 2009, luego del analisis y las deliberaciones de los informes precitados, en la que se evidencian que si se paraliza la obra se corre el riesgo de perderse la inversion publica realizada, puesto que todo lo avanzado en la obra quedarian abandonadas, poniendo en riesgo la MORDAZA de los habitantes, como tambien se perjudicaria la transitabilidad de esta via y con ello originando el aislamiento y la incomunicacion interprovincial de mas de cien pueblos de los ocho (8) distritos de la Provincia de MORDAZA MORDAZA, lo cual expondria a la poblacion en general. En este sentido, resulta imperativo y urgente que el Gobierno Regional de Pasco inicie las acciones pertinentes a fin de implementar acciones, toda vez que por lo expuesto es menester la Declaratoria en Situacion de Emergencia del tramo de la Carretera Yanahuanca ­ Cerro de Pasco Tramo II: Cerro de PascoPalca, Sub Tramo A (Km. 00+000 ­ Km. 26+000), como tambien el procedimiento de Exoneracion de MORDAZA de Seleccion por Situacion de Emergencia respondiendo a una necesidad concreta, manifiesta e impostergable la misma que debe satisfacer de manera oportuna, evitando

la demora normal que se genera de la realizacion de procedimientos selectivos regulares, la misma que podria producir mayores danos al interes publico. En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 15º, inciso a), de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, concordante con el articulo 39º de la misma ley, este Consejo Regional por unanimidad; ACUERDA: Primero.DECLARAR EN SITUACION DE EMERGENCIA la obra "Mejoramiento de la Carretera Yanahuanca ­ Cerro de Pasco Tramo II: Cerro de PascoPalca, Sub Tramo A (Km. 00+000 ­ Km. 26+000)", en merito a los Informes Tecnico - Legal y los considerandos MORDAZA expuestos. Segundo.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por Situacion de Emergencia para la obra "Mejoramiento de la Carretera Yanahuanca ­ Cerro de Pasco Tramo II: Cerro de Pasco-Palca, Sub Tramo A (Km. 00+000 ­ Km. 26+000)", y en base a ello facultar a las autoridades competentes del Gobierno Regional Pasco, para que en ejercicio de sus atribuciones, procedan a ejecutar con arreglo a ley, las acciones y contrataciones que corresponda para la continuacion de la obra en mencion. Tercero.- DISPONER que la Gerencia Regional de Infraestructura remita MORDAZA del Acuerdo de Consejo Regional y de los Informes que lo sustenta a la Contraloria General de la Republica, al Organismo Superior de Contrataciones del Estado ­ OSCE, su emision en el SEACE, asi mismo su publicacion en el Diario Oficial El Peruano dentro del plazo de ley, bajo responsabilidad. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y unidades responsables el cumplimiento del presente y las acciones necesarias para su ejecucion de acuerdo a ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional

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GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican derechos correspondientes a procedimientos y servicios administrativos de los tramites de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, y de Licencia de Funcionamiento, que han sido aprobados y adecuados a la normatividad vigente
ACUERDO DE CONCEJO N° 304
MORDAZA, 7 de agosto de 2009 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 6 de agosto del 2009, el Informe N° 004-181-00000005 mediante el cual la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria ­ SAT, emite opinion tecnica y legal con relacion a la solicitud de ratificacion de la Ordenanza N° 183, que actualiza el Texto Unico de Procedimientos Administrativos institucional, asi como adecua y prueba los derechos de tramite correspondientes a los procedimientos de habilitaciones urbanas y edificaciones, licencia de funcionamiento contenidos en el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de La Molina; y,

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