Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2009 (16/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES
1. ANTECEDENTES

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de diciembre de 2009

45,000.00), con el objetivo de contribuir al impulso y a la articulacion sostenible al MORDAZA de las organizaciones de productores de truchas de la MORDAZA sur de la Region Puno; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 69º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales e internacionales, publicas o privadas, seran aprobadas por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que consignara la fuente donante y el destino de estos recursos: Que, mediante Resolucion Suprema N° 365-2006PCM, que designa al Presidente Ejecutivo del Organismo Publico MORDAZA Exportadora; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y, con las visaciones de los responsables de Planificacion y Presupuesto y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar y aprobar la donacion dineraria efectuada por el Fondo de Cooperacion Internacional Hispano Peruano ­ FONCHIP a favor de MORDAZA Exportadora por la suma de Quince Mil y 00/100 Dolares Americanos (US$ 15,000.00), equivalente a Cuarenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 45,000.00), para ser destinados en la ejecucion de actividades cuyo objetivo es el de contribuir al impulso y a la articulacion sostenible al MORDAZA de las organizaciones de productores de truchas de la MORDAZA sur de la Region Puno. Articulo Segundo.- Publicar la presente Resolucion de Presidencia Ejecutiva en el Diario Oficial "El Peruano" dentro de los cinco (5) dias habiles de aprobada, conforme se dispone en el articulo 69º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BENZA PFLUCKER Presidente Ejecutivo 434981-1

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 028-2008EM/DGE, modificada por la Resolucion Directoral Nº 040-2009-EM/DGE, se establecieron los sectores de distribucion tipicos, el procedimiento de clasificacion de cada uno de los sistemas de distribucion electrica y el calculo de los factores de ponderacion del Valor Agregado de Distribucion (VAD) a emplearse en el periodo noviembre 2009 - octubre 2013; Que, para la aplicacion de las tarifas de distribucion electrica correspondientes al periodo noviembre 2009 - octubre 2013, resultaba necesario fijar la clasificacion de cada uno de los sistemas de distribucion electrica y los factores de ponderacion del VAD, de acuerdo con lo establecido en la Resolucion Directoral Nº 028-2008-EM/ DGE; Que, mediante Resolucion OSINERGMIN Nº 1482009-OS/CD, se dispuso la prepublicacion de la fijacion de la clasificacion de cada uno de los sistemas de distribucion electrica y los factores de ponderacion del VAD, a efectos de recibir los comentarios y sugerencias de los interesados. Posteriormente, hasta el 07 de setiembre de 2009, se recibieron las opiniones y sugerencias de diversos interesados a la mencionada prepublicacion, las cuales se analizaron y se tomaron en cuenta aquellas que contribuyen con el objetivo de la clasificacion de los sistemas de distribucion electrica; Que, con fecha 15 de octubre de 2009, se publico en el Diario Oficial El Peruano la RESOLUCION, la cual, entre otros, fijo la clasificacion de cada uno de los sistemas de distribucion electrica para el periodo 01 de noviembre de 2009 al 31 de octubre de 2013; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 207.2 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG), el plazo MORDAZA para interponer recursos de reconsideracion contra la RESOLUCION, es de quince (15) dias habiles contados a partir de la publicacion de la misma en el Diario Oficial El Peruano; Que, dentro del plazo legal, Electro Oriente interpuso recurso de reconsideracion contra la RESOLUCION. 2. EL RECURSO DE RECONSIDERACION Que, conforme al contenido del recurso interpuesto por Electro Oriente, el petitorio comprende la modificacion del Anexo Nº 1 de la Resolucion OSINERGMIN Nº 179-2009OS/CD, agregando en la descripcion del sistema electrico Iquitos, el alimentador 0203 del centro de transformacion MORDAZA Rosa. 3. SUSTENTO DEL PETITORIO Que, Electro Oriente solicita que se modifique el Anexo Nº 1 de la Resolucion OSINERGMIN Nº 179-2009OS/CD, agregando en la descripcion del sistema electrico Iquitos, el alimentador 0203 del centro de transformacion MORDAZA Rosa; Que, Electro Oriente senala que la informacion tecnica y comercial de dicho alimentador fue utilizada en la clasificacion del sistema electrico Iquitos. Sin embargo, el alimentador no fue considerado en su descripcion. 4. ANALISIS DEL OSINERGMIN Que, se verifico que la informacion tecnica y comercial del alimentador 0203 del centro de transformacion MORDAZA MORDAZA, fue considerada en la clasificacion del sistema electrico Iquitos. En ese sentido, corresponde agregar en la descripcion de dicho sistema el alimentador indicado, clasificandose como perteneciente al sector tipico 2; Que, por lo mencionado, el recurso de reconsideracion presentado por Electro Oriente debe declararse fundado, debiendo modificarse la descripcion del sistema electrico Iquitos, consignada en el Anexo Nº 1 de la Resolucion OSINERGMIN Nº 179-2009-OS/CD; Que, cabe mencionar que al no haberse modificado el resultado de la clasificacion del sistema electrico Iquitos, no corresponde recalcular los factores de ponderacion del VAD para el periodo 01 de noviembre de 2009 al 30 de MORDAZA de 2010, aplicables a Electro Oriente; Que, en ese sentido, se han emitido los Informes Nº 495-2009-GART y Nº 506-2009-GART de la Division de Distribucion Electrica y de la Asesoria Legal, de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERGMIN,

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Declaran fundado, infundados y fundados en parte recursos de reconsideracion interpuestos contra la Res. Nº 179-2009-OS/CD que fijo la clasificacion de cada uno de los sistemas de distribucion electrica para el periodo 1 de noviembre de 2009 al 31 de octubre de 2013
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 245-2009-OS/CD MORDAZA, 14 de diciembre de 2009 Que, con fecha 15 de octubre de 2009, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria (en adelante el "OSINERGMIN") publico la Resolucion de Consejo Directivo OSINERGMIN Nº 179-2009-OS/CD (en adelante la "RESOLUCION") contra la cual Electro Oriente S.A. (en adelante "Electro Oriente"), dentro del termino de ley, presento recurso de reconsideracion, siendo materia del presente acto administrativo el analisis y decision de dicho recurso impugnativo.

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