Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2009 (16/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de diciembre de 2009

NORMAS LEGALES

407909

MORDAZA se produce en horas fuera de punta, el MORDAZA electrico es MORDAZA y las ventas de energia son predominantemente en media tension. Agrega que dichas caracteristicas sustentaron en su oportunidad la creacion del sector tipico especial; Que, por lo mencionado, solicita la creacion del sistema electrico La Vina a partir de los alimentadores del centro de transformacion La Vina, clasificandolo como sector tipico especial; 3.4 Incorporacion del alimentador NAM-201 del centro de transformacion Namballe al sistema electrico San MORDAZA Que, por los mismos argumentos expuestos en el primer parrafo del numeral 3.1, Electronorte solicita la incorporacion del alimentador NAM-201 del centro de transformacion Namballe al sistema electrico San MORDAZA, clasificandolo como sector tipico 4; 3.5 Union de los sistemas electricos Bagua-Jaen y Bagua-Jaen Rural, asi como de los sistemas electricos Chachapoyas y Chachapoyas Rural Que, por los mismos argumentos expuestos en el primer parrafo del numeral 3.1, Electronorte solicita la union de los sistemas electricos Bagua-Jaen y Bagua-Jaen Rural, asi como de los sistemas electricos Chachapoyas y Chachapoyas Rural, clasificandolos como sector tipico 3. 4. ANALISIS DEL OSINERGMIN 4.1 Creacion del sistema electrico Chiclayo Baja Densidad-Lambayeque Que, los alimentadores del centro de transformacion MORDAZA, de acuerdo con la informacion tecnica, comercial y georeferenciada de las instalaciones de distribucion electrica, atienden un MORDAZA electrico bajo la influencia de la MORDAZA de Chiclayo. Ademas, si bien desde el punto de vista de la alimentacion electrica dichos alimentadores, se encuentran separados de los centros de transformacion que atienden la MORDAZA de Chiclayo, estos atienden parte de los distritos de dicha MORDAZA (alimentadores mixtos). En ese sentido, siendo que el MORDAZA electrico atendido por los alimentadores del centro de transformacion MORDAZA esta dentro del ambito de influencia de la MORDAZA de Chiclayo, asi como que los mencionados alimentadores son mixtos, estos no pueden ser separados del sistema electrico Chiclayo; Que, adicionalmente, Electronorte debe tener en cuenta que en el Estudio de Costos del VAD del sector tipico 2, el analisis y determinacion del precio medio eficiente del sistema electrico MORDAZA, modelo de dicho sector, considero sus zonas centricas y perifericas, asi como sus localidades anexas, reconociendose los costos eficientes necesarios para la prestacion del servicio de distribucion electrica. Dicha situacion se presenta tambien en el sistema electrico Chiclayo, por lo que no se justifica la separacion del centro de transformacion MORDAZA de dicho sistema; Que, ademas, por el criterio de uniformidad de las tarifas de distribucion electrica dentro de un mismo ambito de influencia, no corresponde la separacion del centro de transformacion MORDAZA del sistema electrico Chiclayo, correspondiendole la clasificacion de sector tipico 2; Que, en el caso de los alimentadores de los centros de transformacion Illimo, Motupe, Olmos y Occidente quedan como parte del sistema electrico Chiclayo Baja Densidad, ya clasificados como sector tipico 3; Que, por lo mencionado, este extremo del recurso de reconsideracion presentado por Electronorte debe declararse infundado; 4.2 Creacion del sistema electrico Pomalca-TumanCayalti Que, los alimentadores de los centros de transformacion Pomalca, Tuman y Cayalti ya han sido clasificados como sector tipico 3, de conformidad con la Resolucion Directoral Nº 028-2009-EM/DGE, formando parte del sistema electrico Chiclayo Baja Densidad. En ese sentido, no corresponde la creacion del sistema electrico Pomalca-Tuman-Cayalti;

Que, por lo mencionado, este extremo del recurso de reconsideracion presentado por Electronorte debe declararse infundado; 4.3 Creacion del sistema electrico La Vina Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 015-2004EM/DGE se establecio los sectores de distribucion tipicos y el procedimiento de clasificacion de los sistemas de distribucion electrica para el periodo 01 de noviembre de 2005 al 31 de octubre de 2009, creandose el sector de distribucion tipico especial (sistema electrico Villacuri), a efectos que se realice un Estudio de Costos del VAD para dicho sector MORDAZA sus caracteristicas particulares; Que, de acuerdo al informe que sustento la mencionada resolucion, remitido por el OSINERGMIN mediante Oficio Nº 087-2004-OSINERG-PRES a la Direccion General de Electricidad del MINEM, la creacion del sector tipico especial se debio a sus caracteristicas particulares como las predominantes ventas de energia en media tension, la inexistencia de redes en baja tension, asi como al hecho de que se trata de una empresa distribuidora con un solo sistema electrico; Que, en ese sentido, si bien en media tension, en el sistema electrico La Vina, se dan condiciones similares (consumo promedio, demanda, longitud de redes, caracteristicas de carga, etc.) a las del sector tipico especial, lo mismo no se presenta en baja tension. En el Anexo Nº 1 del informe tecnico que sustenta la presente resolucion, se adjunta informacion tecnica y comercial del sistema electrico La Vina, asi como del sistema electrico Villacuri que sustenta lo senalado; Que, ademas, Electronorte cuenta con instalaciones electricas y un MORDAZA electrico (259 796 clientes a diciembre 2008 y 504 168 MW.h de ventas de energia en el 2008, a nivel de la distribucion electrica) cuyas dimensiones no son comparables a las de Coelvisac (1 693 clientes a diciembre 2008 y 76 598 MW.h de ventas de energia en el 2008, a nivel de la distribucion electrica), administradora del sistema Villacuri, presentandose economias de escala significativamente distintas; Que, por ello, la clasificacion de sector tipico 3 del sistema electrico La Vina, como parte del sistema electrico Chiclayo Baja Densidad, es la adecuada para el reconocimiento de los costos eficientes por la prestacion del servicio de distribucion electrica; Que, sin perjuicio de lo indicado, cabe mencionar que en media tension, el VAD del sector tipico 3 es aproximadamente equivalente al VAD del sector tipico especial. En ese sentido, se reconoce los costos eficientes en media tension; Que, por lo mencionado, este extremo del recurso de reconsideracion presentado por Electronorte debe declararse infundado; 4.4 Incorporacion del alimentador NAM-201 del centro de transformacion Namballe al sistema electrico San MORDAZA Que, se ha verificado que el alimentador NAM-201 del centro de transformacion Namballe, se encuentra interconectado y atiende un MORDAZA similar al del sistema electrico San Ignacio. Ademas, se encuentra dentro del mismo ambito geografico, por lo cual debe clasificarse de forma conjunta con el sistema San Ignacio. En ese sentido, le corresponde la clasificacion de sector tipico 4, lo cual no modifica la clasificacion consignada en la Resolucion OSINERGMIN Nº 179-2009-OS/CD. En el Anexo Nº 2 del informe tecnico que sustenta la presente resolucion, se adjunta la informacion tecnica y comercial utilizada para la clasificacion, asi como los resultados respectivos; Que, por lo mencionado, este extremo del recurso de reconsideracion presentado por Electronorte debe declararse fundado respecto a la unificacion del alimentador NAM-201 del centro de transformacion Namballe con el sistema electrico San Ignacio; 4.5 Union de los sistemas electricos Bagua-Jaen y Bagua-Jaen Rural, asi como de los sistemas electricos Chachapoyas y Chachapoyas Rural Que, la separacion de los sistemas electricos BaguaJaen y Bagua-Jaen Rural, asi como de los sistemas electricos Chachapoyas y Chachapoyas Rural, responde a que atienden mercados electricos diferenciados (urbanos

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