Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 112

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

Que, posteriormente, mediante Resolucion Defensorial Nº 040-2005/DP se aprobo la Adenda Nº 1 al citado Convenio de Asistencia Tecnica ampliando su vigencia hasta el 31 de diciembre del 2007, y finalmente, mediante Resolucion Administrativa Nº 039-2006/DP se aprobo la Adenda Nº 2 al referido Convenio por la que se prorrogo su vigencia hasta la 31 de diciembre del 2009; Que, la asistencia tecnica y profesional se ha desarrollado en diversos programas y proyectos que ha implementado la Defensoria del Pueblo con la asesoria y presencia del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), conforme a lo establecido en el citado Convenio de Asistencia Tecnica; Que, en el MORDAZA de los diversos programas y proyectos que ejecuta la Defensoria del Pueblo con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) es necesario aprobar la Adenda Nº 3 mediante la cual se amplia el plazo de vigencia del Convenio de Asistencia Tecnica, a fin de cumplir con la coordinacion, cooperacion, asistencia, costos compartidos, administracion de recursos y otras modalidades a las que se comprometieron las partes; precisandose que dicha Adenda no significara transferencia de Recursos Ordinarios adicionales al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) para que MORDAZA administrados por este; Que, la Setima Disposicion Final de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, senala que la ampliacion de la vigencia de los convenios de administracion de recursos y costos compartidos celebrados por los organismos constitucionalmente autonomos deberan ser aprobados mediante Resolucion de su Titular, debiendose contar previamente con el informe de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces de la Entidad, en el que se demuestre las ventajas y beneficios de su concertacion asi como la disponibilidad de los recursos para su financiamiento; Que, mediante el Informe Nº 101-2009-DP/OPPRE, la Oficina de Planificacion, Presupuesto, Racionalizacion y Estadistica senala las ventajas y beneficios de aprobar de la suscripcion de la Adenda Nº 3 al referido Convenio de Asistencia Tecnica; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la suscripcion de la Adenda Nº 3 al Convenio de Asistencia Tecnica celebrado entre la Defensoria del Pueblo y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) mediante el que se amplia el plazo de vigencia del referido Convenio hasta el 31 de diciembre del 2012; Con los visados de la Primera Adjuntia, de la Secretaria General y de las oficinas de Planificacion, Presupuesto, Racionalizacion y Estadistica y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 5º y el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; en concordancia con el literal d) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado mediante Resolucion Defensorial Nº 0292008/DP y modificado mediante Resolucion Defensorial Nº 0019-2009/DP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la suscripcion de la Adenda Nº 3 al Convenio de Asistencia Tecnica entre la Defensoria del Pueblo y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), mediante el que se amplia el plazo de vigencia del referido Convenio hasta el 31 de diciembre del 2012. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologia de la Informacion de la Defensoria del Pueblo la publicacion de la presente Resolucion, asi como la citada Adenda Nº 3 al Convenio de Asistencia Tecnica, suscrito entre la Defensoria del Pueblo y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), en el MORDAZA de Transparencia de Ia Entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo

MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Inscriben a Servicios Generales Alnaph E.I.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 746-2009-JNE
Expediente N° J-2009-842 MORDAZA, diez de noviembre de dos mil nueve VISTO el pedido de inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras formulado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, representante de la empresa SERVICIOS GENERALES ALNAPH E.I.R.L. CONSIDERANDOS 1. En virtud de lo prescrito por la Ley n.º 26859, Ley Organica de Elecciones, y por la Ley n.º 27369, que la modifica, el MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante Resolucion n.º 390-2005-JNE, modificada por Resolucion n.º 355-2006-JNE, aprobo el Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, cuyo articulo 4 establece los requisitos para la inscripcion en el citado registro. 2. Con los documentos adjuntados, indicacion del domicilio y acreditacion del profesional calificado, la empresa satisface los requisitos previstos en el articulo 4 del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras, por lo que debe disponerse la inscripcion de la empresa SERVICIOS GENERALES ALNAPH E.I.R.L., asignandosele un numero de registro y procediendose a la apertura de la partida correspondiente. 3. El articulo 191 de la Ley n.º 26859, Ley Organica de Elecciones, preve que la publicacion o difusion de encuestas y proyecciones de cualquier naturaleza sobre los resultados de las elecciones a traves de los medios de comunicacion puede efectuarse hasta el MORDAZA anterior al dia de las elecciones. De conformidad con lo dispuesto en la Ley n.º 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante la Resolucion n.º 130-2008-JNE. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la empresa SERVICIOS GENERALES ALNAPH E.I.R.L., la que debera sujetar su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales respectivas. Articulo Segundo.- Abrir la partida correspondiente a dicha encuestadora, asignandole como codigo de identificacion el Registro n.º 156-REE/JNE. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SIVINA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALBERTI MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA, Secretario General

441227-1

436592-1

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