Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2009 (31/12/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 118

410184
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 31 de diciembre de 2009

En Chachapoyas, a los 02 dias del mes de Diciembre del ano 2009. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ZEGARRA. Consejero Delegado Consejo Regional Amazonas POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los 7 DIC.2009 MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de Amazonas

Que, el articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902 de fecha 01 de enero del 2003, precisa; que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, concluye para su Administracion economica y Financiera, un Pliego Presupuestal; Que, el literal a) del articulo 15º de la Ley No 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Asimismo, el articulo 38º del mismo cuerpo normativo, senala: "Las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Una vez aprobadas por el Consejo Regional son remitidas a la Presidencia Regional para su promulgacion"; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regula la descentralizacion administrativa, economica productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) Propuesto, es el documento tecnico normativo de gestion institucional que formaliza la estructura organica de la Direccion Regional de salud de Amazonas, orientado al esfuerzo institucional y al logro de su mision, vision y objetivos; contiene las funciones generales de la Entidad y las funciones especificas de los organos y unidades organicas estableciendo sus relaciones y responsabilidades; su MORDAZA Organigrama preve funcionalidad y mayor eficiencia en la gestion de salud de la Region Amazonas; y esta formulado en el MORDAZA de la normatividad vigente y el contexto estrategico de desarrollo de la region que determina la descentralizacion y modernizacion del Estado; Que, con Informe Nº 029-2009-GRA/DRSA/ DEISPE-OPYDI, la Oficina de Planificacion y Desarrollo Institucional de la Direccion Regional de Salud Amazonas, emite el sustento tecnico factible para la modificacion del (ROF) de la DIRES. Asimismo, con Informe Nº 2732009-GRA-DRSA-OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica, Opina que el reglamento de Organizacion y Funciones de la DIRESA, ha sido elaborado teniendo en cuenta los dispositivos legales vigentes; segun el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesion Ordinaria de Consejo Regional Nº 022, mediante Acuerdo Nº 163 de fecha 23 de Noviembre del 2009, contando con el MORDAZA unanime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el inc. a) del Art. 37º y Art. 38º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria Nº 27902 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales; Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero: APROBAR el Reglamento de Organizacion y Funciones ­ ROF de la Direccion Regional de Salud Amazonas, que contiene seis (06) Titulos, treinta y nueve (39) Articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias y dos (02) Disposiciones Transitorias, con 61 folios y un anillado, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional; Articulo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, el despliegue de las acciones pertinentes a fin de implementar la vigencia del ROF ­ de la Direccion Regional de Salud Amazonas, y los documentos de gestion complementarios; Articulo Tercero: DEJAR sin efecto las Normas Regionales que se opongan a la presente Ordenanza Regional; Articulo Cuarto: DISPONER la publicacion de la Presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Amazonas; Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgacion.

440301-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban participacion del Gobierno Regional en la Feria Internacional de Turismo de Berlin Alemania - ITB Berlin
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 303-2009-CR/GRC.CUSCO
POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha dieciseis de marzo del ano dos mil nueve, ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo Regional. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, establece "Los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo y el numeral 7) del referido articulo dispone Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, de conformidad a Ley Organica de de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 cuyo Articulo 2º prescribe "Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal, concordante con el Articulo 63º del mismo cuerpo legal inciso a): Son Funciones en materia de Turismo: Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las politicas en materia de desarrollo de la actividad turistica regional en concordancia con la politica general del gobierno y los planes sectoriales y el inciso b) Formular concertadamente, aprobar y ejecutar estrategias y el programa de desarrollo turistico de la Region; Que, en aplicacion y fiel cumplimiento de la Ley del Presupuesto del sector Publico para el ano Fiscal 2009, en su Articulo 9º numeral 3: Medidas en materia de bienes y Servicios, Quedan prohibidas los viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en le MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales, ambientales, negociaciones economicas, financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru..."; En el caso de tratarse de Organismos Constitucionalmente Autonomos , la excepcion es autorizada por resolucion del titular de la entidad ; y en los gobiernos regionales, se autorizan mediante Acuerdo del Consejo Regional. En todos los casos, la resolucion o Acuerdo de Excepcion es publicada en el Diario Oficial El Peruano.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.