TEXTO PAGINA: 116
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de diciembre de 2009 410182 de Infraestructura, Ofi cina Central de Planifi cación y Presupuesto, Órgano de Control Institucional y Ofi cina de Asesoría Jurídica, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 441230-1 Dan por concluidos nombramientos de Fiscales de los Distritos Judiciales de Cajamarca y Tumbes RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1870-2009-MP-FN Lima, 30 de diciembre de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Domingo Alejandro Contreras Solari, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, materia de la Resolución Nº 1780-2003-MP- FN, de fecha 20 de noviembre del 2003, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen ser pertinentes por las quejas y/o denuncias interpuestas en el ejercicio de su función fi scal. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Gerencia Central de Potencial Humano y al Fiscal mencionado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 441230-2 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1871-2009-MP-FN Lima, 30 de diciembre de 2009 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Manuel Jesús Graciano Ponte, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tumbes, materia de la Resolución Nº 426-2009-MP- FN, de fecha 30 de marzo del 2009, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen ser pertinentes por las quejas y/o denuncias interpuestas en el ejercicio de su función fi scal. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Tumbes, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Gerencia Central de Potencial Humano y al Fiscal mencionado, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOS Fiscal de la Nación 441230-3 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Modifican artículo 4° de las Normas para la Cobertura, Recursos y Pago de Imposiciones Cubiertas del Fondo de Seguro de Depósitos y el anexo Nº 17-A “Control de imposiciones cubiertas por el Fondo de Seguro de Depósitos” RESOLUCIÓN SBS N° 16053-2009 Lima, 29 de diciembre de 2009 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, los artículos 152° y 153° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, en adelante la Ley General, determinan la cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1028 de junio de 2008 se sustituyó el segundo párrafo del artículo 152º de la Ley General, estableciéndose que en el caso de existir cuentas mancomunadas en un mismo miembro del Fondo, la cobertura se aplica respecto de la cuenta con arreglo a los límites y condiciones enunciados en el citado artículo 153º y las restricciones establecidas en el último párrafo del mencionado artículo 152º; Que, por medio de la Ley N° 29489 de diciembre de 2009 se sustituyó el segundo párrafo del referido artículo 152° para establecer que en caso de cuentas mancomunadas la cobertura tiene lugar respecto a cada uno de los titulares de las mismas, con arreglo a lo señalado en el artículo 153° de la referida ley; Que, mediante la Resolución SBS N° 657-99 se aprobaron las Normas para la Cobertura, Recursos y Pago de Imposiciones Cubiertas del Fondo de Seguro de Depósitos; Que, a raíz de la modifi cación del tratamiento de la cobertura del referido Fondo respecto de las cuentas mancomunadas, realizado por la Ley N° 29489, se hace necesario modifi car el citado reglamento para determinar el tratamiento para las cuentas mancomunadas, en el caso de que deba aplicarse la liquidación de una empresa miembro del Fondo; Con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Riesgos, de Asesoría Jurídica y de Estudios Económicos; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7, 9 y 13 del artículo 349° de la Ley General; RESUELVE: Artículo Primero.- Sustituir el último párrafo del artículo 4° de las Normas para la Cobertura, Recursos y Pago de Imposiciones Cubiertas del Fondo de Seguro de Depósitos, aprobado por la Resolución SBS N° 657-99, por el siguiente texto: “Cuando existan cuentas mancomunadas en una misma empresa, su monto se distribuye a prorrata entre los titulares de la cuenta de que se trate y la cobertura tiene lugar respecto de cada uno de ellos, con arreglo a los límites y condiciones previstos en la Ley General y en las presentes normas.” Artículo Segundo.- Sustituir las notas metodológicas del anexo Nº 17-A “Control de imposiciones cubiertas por el Fondo de Seguro de Depósitos”, las que se publicarán