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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2009 (31/12/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 184

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 31 de diciembre de 2009 410127 Ministerial, manteniéndose subsistentes los demás extremos y alcances de dicho documento de gestión. Artículo 2º.- Las Unidades Orgánicas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo comprendidas en la modifi cación que se aprueba en el artículo precedente darán estricto cumplimiento al contenido del Plan Operativo Institucional – POI 2009, bajo responsabilidad. Artículo 3º.- La Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto a través de la Ofi cina de Racionalización, efectuará el seguimiento y monitoreo del cumplimiento del Plan Operativo Institucional – POI 2009 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo que se modifi ca. Artículo 4º.- Publicar en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.mintra.gob. pe) la modifi cación del Plan Operativo Institucional – POI 2009 aprobado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 441223-1 Aprueban la implementación del plan de actuación “PROJOVEN EMPRENDEDOR” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 382-2009-TR Lima, 30 de diciembre de 2009 VISTO: El Ofi cio Nº 1132-2009-MTPE/3 del 21 de diciembre de 2009, del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 23º de la Constitución Política del Perú, establece que el Estado debe promover condiciones para el progreso social y económico, mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo; Que, el Acuerdo Nacional, conjunto de políticas de Estado elaboradas y aprobadas sobre la base del diálogo y del consenso, establece en su Décima Cuarta Política de Estado, sobre el acceso al empleo pleno, digno y productivo del Acuerdo Nacional, que el Estado se compromete a mejorar la calidad del empleo, con ingresos y condiciones adecuadas, y acceso a la seguridad social para permitir una vida digna; Que, el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2008 – 2011 y el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2008 – 2011 del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establecen como uno de los objetivos estratégicos específi cos relativos a las prestaciones laborales del sub programa 0135: Empleo y Formación Profesional, promover la inserción laboral de la población desempleada y en especial de los sectores vulnerables; Que, el literal e) del artículo 4º de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece como área programática de acción del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la promoción del empleo y el autoempleo; Que, asimismo, el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8º de la referida Ley, establece que en el marco de sus competencias, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cumple las siguientes funciones compartidas con los gobiernos regionales y locales, la promoción del empleo digno y productivo y la inserción en el mercado de trabajo en un marco de igualdad de oportunidades, especialmente para los grupos vulnerables de la población, mediante la defi nición de planes, estrategias, programas y proyectos nacionales; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 272-2009-TR, se aprobó el Plan Sectorial de Acción para la Promoción del Empleo Juvenil 2009 – II al 2012 - I, el mismo que dispone entre otros, en la “Decisión de Emprender”, la implementación del plan de actuación “PROJOVEN EMPRENDEDOR” a cargo de la Unidad Ejecutora 002: Capacitación Laboral Juvenil - PROJOVEN del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, de acuerdo con lo previsto en el numeral 1 del artículo 25° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Con las visaciones del Viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, del Director Ejecutivo del Programa de Capacitación Laboral Juvenil – PROJOVEN (e), del Director de la Ofi cina de Planifi cación del Programa de Capacitación Laboral Juvenil – PROJOVEN, del Director de la Ofi cina de Presupuesto del Programa de Capacitación Laboral Juvenil – PROJOVEN, y de la Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el artículo 11º y el literal d) del artículo 12º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Implementación de Plan de Actuación Apruébese la implementación del plan de actuación “PROJOVEN EMPRENDEDOR”, el mismo que en anexo adjunto forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Publicación Disponer que el anexo a que hace referencia el artículo precedente se publique en la página Web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: www.mintra.gob. pe, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la Ofi cina de Estadística e Informática. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUELA GARCÍA COCHAGNE Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 441223-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Amplían plazo de implementación de los Lineamientos Técnicos para el uso de Fajas Transportadoras Herméticas para el embarque y desembarque de Graneles Sólidos DECRETO SUPREMO Nº 044-2009-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2008-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 029-2008-MTC se aprobaron los Lineamientos Técnicos para el Uso de Fajas Transportadoras Herméticas para el Embarque y Desembarque de Graneles Sólidos, a ser aplicados en todos los puertos que conforman el Sistema Portuario Nacional, disponiendo en su Tercera Disposición Complementaria un plazo de implementación, a efectos que adapten sus instalaciones de acuerdo a los requerimientos de la citada norma, considerando nueve (09) meses para el caso de los puertos que al momento de la entrada en vigencia de la norma, contaban con fajas transportadoras para hacer el embarque y desembarque de graneles sólidos, y un (01) año para el caso de los puertos que no contaban con fajas