Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2009 (01/01/2009)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 1 de enero de 2009

NORMAS LEGALES
Descargado desde www.elperuano.com.pe

387475

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Reglamento de la Ley N° 29163, Ley de Promocion para el desarrollo de la Industria Petroquimica y modifican Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 0312004-EM
DECRETO SUPREMO Nº 066-2008-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29163 se ha promulgado la Ley de Promocion para el Desarrollo de la Industria Petroquimica, que establece las normas para el desarrollo de las actividades de la Industria Petroquimica, a partir de los componentes del Gas Natural y Condensados y de otros Hidrocarburos, propiciando el desarrollo descentralizado; Que, el articulo 1º de la Ley Nº 29163 declara de interes nacional y de necesidad publica el fomento, la promocion y el desarrollo de la Industria Petroquimica priorizando la produccion de urea y fertilizantes, bajo criterios de responsabilidad socio-ambiental y de competitividad, enfatizando el uso de avanzada tecnologia y economias de escala; Que, el articulo 11º de la Ley Nº 29163 establece que mediante decreto supremo, refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas, de Energia y Minas y de la Produccion, se dictaran las normas reglamentarias de la citada ley; Que, luego de las coordinaciones y trabajo conjunto de los Ministerios competentes, asi como habiendo sido sometido el texto a un MORDAZA de discusion publica para comentarios y sugerencias, el Reglamento de la Ley Nº 29163 ha quedado MORDAZA para su aprobacion; Que, de otro lado es conveniente modificar la definicion de Planta de Procesamiento de Gas Natural contenida en el numeral 1.10 del articulo 1º del Reglamento de la Ley de Promocion de la Inversion en Plantas de Procesamiento de Gas Natural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2004-EM, a fin de excluir de dicha definicion a la Petroquimica Basica que utilice gas natural como materia prima, toda vez que el desarrollo y la promocion de la Industria Petroquimica incluida la Petroquimica Basica se encuentra contemplada en una MORDAZA especifica, como es el caso de la Ley Nº 29163; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el articulo 11º de la Ley N° 29163; DECRETA:

b) La conversion de Gas Natural Seco a combustibles liquidos (GTL). c) La utilizacion de Gas Natural Seco como insumo para los procesos de reduccion de minerales. El ducto principal sera definido en el respectivo Convenio y estara sujeto a las normas que regulan el Ducto Principal definido en el Acapite 2.17 del Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos aprobado por el Decreto Supremo Nº 081-2007-EM." Articulo 3º.- Derogacion Derogar las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, por el Ministro de Energia y Minas y por la Ministra de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de diciembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Produccion REGLAMENTO DE LA LEY Nº 29163, LEY DE PROMOCION PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA PETROQUIMICA CAPITULO I DE LAS DEFINICIONES Y DE LA APLICACION DE LA LEY Y EL REGLAMENTO Articulo 1º.- Siglas y Definiciones A. Siglas Ministerio de Energia y Minas Ministerio de la Produccion Ministerio de Economia y Finanzas Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas. DGI: Direccion General de Industria del Ministerio de la Produccion. OSINERGMIN: Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria. SUNAT: Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria. B. Definiciones MINEM: PRODUCE: MEF: DGH:

Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento de la Ley de Promocion para el Desarrollo de la Industria Petroquimica Aprobar el Reglamento de la Ley de Promocion para el Desarrollo de la Industria Petroquimica que consta de siete (07) Capitulos, treinta y seis (36) Articulos, dos (02) Disposiciones Complementarias y una (1) Disposicion Final, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Modificacion del articulo 1º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2004-EM Modificar el numeral 1.10 del articulo 1º del Reglamento de la Ley de Promocion de la Inversion en Plantas de Procesamiento de Gas Natural, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2004-EM, con el texto siguiente: "Articulo 1.- Definiciones (...) 1.10 Planta de Procesamiento de Gas Natural.- (...) a) El cambio de estado fisico del Gas Natural Seco mediante la licuefaccion, para facilitar su transporte y/o exportacion, como Gas Natural Licuefactado (GNL).

Para facilitar la aplicacion de la Ley N° 29163, ademas de las definiciones contenidas en su articulo 2°, deben considerarse las incluidas en el presente Reglamento. 1.1 Convenio.- Convenio para la Instalacion, Operacion y Mantenimiento de una Planta Petroquimica que se establezca en un Complejo Petroquimico Descentralizado, celebrado entre el Inversionista y el Estado, este ultimo a traves de la DGH o de la DGI, segun corresponda. 1.2 Complejo Petroquimico Descentralizado.- Es un Complejo Petroquimico, ubicado fuera del departamento de MORDAZA y la provincia Constitucional del Callao. 1.3 Concesionario.- El Concesionario de un Sistema de Transporte o un Sistema de Distribucion. 1.4 Contrato.- Aquel suscrito al MORDAZA del articulo 10º de la Ley Organica de Hidrocarburos. 1.5 Hidrocarburos.- Todo compuesto organico, gaseoso, liquido o solido, que consiste principalmente en carbono e hidrogeno, tal como lo establece el Articulo 7° de la Ley Organica de Hidrocarburos. 1.6 Hidrocarburos Liquidos.- Genericamente son los derivados del Petroleo y de los Condensados.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.