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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de enero de 2009 389694 Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 0072-2000/INDECOPI- CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización Permanentes: a) Productos Agroindustriales de Exportación, b) Gestión ambiental, c) Explosivos y accesorios de voladura, d) Aceituna y productos derivados y e) Bebidas alcohólicas, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Productos agroindustriales de exportación, 1 PNTP, el 6 de octubre de 2008 b) Gestión ambiental, 1 PNTP, el 7 de octubre de 2008 c) Explosivos y accesorios de voladura, 1 PNTP, el 10 de octubre de 2008 d) Aceituna y productos derivados; 1 PNTP, 16 de octubre de 2008 e) Bebidas alcohólicas, 3 PNTP, 17 de octubre de 2008 Los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario y sometidos a Discusión Pública por un período de 60 días contados a partir del 23 de octubre de 2008; Que, no habiéndose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, y luego de la evaluación correspondiente, la Secretaría Técnica de la Comisión recomendó su aprobación como Normas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1033 y la Resolución 0072-2000/INDECOPI-CRT, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 23 de diciembre del 2008; RESUELVE: APROBAR como Normas Técnicas Peruanas, las siguientes: NTP 011.050:2008 PÁPRIKA. Materia prima. Requisitos. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 011.050:2007 GP 022:2008 GESTIÓN AMBIENTAL. Gestión de Residuos. Guía General para el manejo de envases usados de plaguicidas y afi nes.1ª Edición NTP 311.260:2008 EXPLOSIVOS Y ACCESORIOS DE VOLADURA. Rotulado. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 311.260:1983 NTP 209.013:2008 ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Aceite de Oliva. Defi niciones, requisitos y rotulado. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 209.013:1991 NTP 211.015:2008 BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Anís o Anisado. Requisitos. 3ª Edición Reemplaza a la NTP 211.015:2005 NTP 210.019:2008 BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Defi niciones. 3ª Edición Reemplaza a la NTP 210.019:2003 NTP 211.035:2008 BEBIDAS ALCOHÓLICAS. Método de ensayo. Determinación de metanol y de congéneres en bebidas alcohólicas y en alcohol etílico empleado en su elaboración, mediante cromatografía de gases. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 211.035: 2003 Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Técnicas Peruanas: NTP 011.050:2007 PÁPRIKA. Materia prima utilizada en las industrias de molienda, extracción de oleorresina y en el consumo directo. Requisitos NTP 311.260:1983 EXPLOSIVOS Y ACCESORIOS DE VOLADURA. Rotulado NTP 209.013:1991 ACEITES Y GRASAS COMESTIBLES. Aceite de oliva NTP 211.015:2005 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Anís o anisado. Requisitos NTP 210.019:2003 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Defi niciones NTP 211.035:2003 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Método de ensayo. Determinación de metanol y de congéneres en bebidas alcohólicas y en alcohol etílico empleado en su elaboración, mediante cromatografía de gases. Con la intervención de los señores miembros Augusto Ruiloba Rossel, Fabián Novak Talavera, Antonio Blanco Blasco y Augusto Mello Romero. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización y Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 307431-1 Aprueban Reglamento para la Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 048-2008/CNB-INDECOPI Lima, 23 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º a 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081- 2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas Peruanas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, mediante Resolución Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales del Indecopi aprobó el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización y mediante Resolución Nº 0020-2006/CRT-INDECOPI aprobó una modifi cación al primero de aquellos; Que, después de aproximadamente ocho años de vigencia de dichas normas, la Comisión de Normalización y