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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de enero de 2009 389698 en lo Civil de la Sub Especialidad Comercial, con sede en el Distrito de Mirafl ores; deviniendo en justifi cado disponer la ampliación de la competencia territorial de los mencionados órganos jurisdiccionales comerciales, a aquellos distritos de la periferia de Lima; excepto los que comprenderán los Distritos Judiciales de Lima Sur y Lima Este, previstos en la Resolución Administrativa Nº 269-2008-CE-PJ del 14 de octubre pasado, modifi cada por Resolución Administrativa Nº 292-2008-CE-PJ del 18 de noviembre del presente año; así como la Resolución Administrativa N°316-2008-CE-PJ, de la fecha; Sexto: Que, lo expuesto precedentemente, no sólo contribuirá a aliviar la carga procesal de los Juzgados Civiles de la Corte Superior de Justicia de Lima; sino que además, proporcionará mayor celeridad en su tramitación. En consecuencia, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Antonio Pajares Paredes por encontrarse de licencia, de conformidad con el informe de la señorita Consejera Sonia Torre Muñoz, por unanimidad. RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que los Juzgados de la Especialidad Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, dentro del plazo de diez días hábiles de publicada la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, remitan a los Juzgados Civiles con Sub Especialidad Comercial de Lima, bajo responsabilidad disciplinaria, todos los expedientes relacionados a la referida materia que aún continúen tramitando; los mismos que deberán ser distribuidos en forma proporcional y aleatoria entre el 8°, 9° y 10° Juzgados de la sub especialidad mencionada. Artículo Segundo.- Ampliar la competencia territorial de los Juzgados Civiles con Sub Especialidad Comercial de la Corte Superior de Lima, para que conozcan los procesos en dicha materia; comprendiendo por consiguiente los siguientes distritos: - Barranco - Breña - Chorrillos - Cieneguilla - El Agustino - Jesús María - La Molina - La Victoria - Lima Cercado - Lince - Magdalena del Mar - Mirafl ores - Rímac - San Borja - San Isidro - San Juan de Lurigancho - San Luis - San Miguel - Santiago de Surco - Surquillo Artículo Tercero.- Disponer, que a partir del 02 de febrero del año 2009, las Mesas de Partes de los Juzgados Civiles y Mixtos periféricos de la Corte Superior de Justicia de Lima, con excepción de aquellos que se encuentren dentro de la jurisdicción de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Sur y Lima Este, no reciban expedientes referentes a la Sub Especialidad Comercial. Artículo Cuarto.- Disponer que la Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, verifi que el cumplimiento de la presente resolución; y proceda conforme a sus facultades disciplinarias en el supuesto de inobservancia a lo dispuesto. Artículo Quinto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Comisión de Seguimiento de Metas de los Juzgados Especializados en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. FRANCISCO TÁVARA CÓRDOVA JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN SONIA TORRE MUÑOZ WÁLTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 307822-3 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Oficializan acuerdo referente a la Implementación de la utilización del Correo Group Wise, para los actos de remisión de información estadística y notificación administrativa interna Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 551-2008-P-CSJLI/PJ Lima, 29 de diciembre del 2008 VISTO: El acuerdo de Sesión de Sala Plena de fecha dieciséis de octubre del año en curso; y, Y CONSIDERANDO: Que el Art. 1° de la Resolución Administrativa N° 011-2008-P-CSJLI-PJ, se dispone que los órganos Jurisdiccionales de esta Corte Superior, remitan obligatoriamente al Área de Desarrollo de la Presidencia, la información estadística referida a la carga procesal y producción jurisdiccional, en forma mensual, dentro de los cinco días útiles del mes siguiente, información que tendrá carácter de declaración jurada. Que el Informe S/N-2008-OTD-JMAJ, remitido por la Ofi cina de Trámite Documentario, da cuenta de las difi cultades en la recepción de documentos, durante el plazo establecido en la antes citada resolución, debido al incremento de ingresos de documentos, que son remitidos por los órganos jurisdiccionales, en cumplimiento de la antes citada resolución. Que, asimismo, se advierte el incremento de trabajo en el área de notifi caciones de la presidencia, como resultado de las citaciones a Sala Plena, notifi caciones de ofi cios circulares, ofi cios múltiples, etc. Que, en sesión de vistos, los vocales reunidos, trataron la propuesta de Implementación de la Notifi cación vía correo institucional del Poder Judicial, del envío de las estadísticas de los Órganos Jurisdiccionales, de las Citaciones a Sala Plena, notifi caciones de Resoluciones Administrativas, Ofi cios Circulares, Ofi cios Múltiples y Directivas que correspondan ser puestas en conocimiento de parte o todos los órganos jurisdiccionales y/o administrativos de esta Corte Superior; habiéndose acordado por mayoría aprobar la propuesta antes citada; en aras de facilitar la labor de los órganos jurisdiccionales y contribuir a descongestionar la mesa de partes de la Ofi cina de Trámite Documentario de Presidencia; constituyendo un ahorro de tiempo y material logístico, destinando estos recursos en provecho de los litigantes y el público usuario. Que en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;