Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2009 (05/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2009

NORMAS LEGALES

390291

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 014-2009-OS/CD

Jr. MORDAZA MORDAZA N° 222, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Telef: 219-3400 Fax: 264-3739 / 219-3413

ANEXO 3

Acta de Supervision de Control Metrologico Nº
Supervisor Supervisado Nombre comercial Direccion Dpto. / Prov. / Dist. Nº de mangueras G-97 G-95 G-90
Fecha de emision N° Precinto MVP Nº Reg. D.G.H. D.N.I.

-CM-GFHL
Fecha R.U.C.

Telef.

Cod. OSINERGMIN Nº Surt./Nº Prod.

G-84

D-2

Kero

N° Total mangueras operativas

MEDIDOR VOLUMETRICO PATRON: Certif. de Calibracion MVP Nº MORDAZA MVP Valor de cada division de la escala (%) Bandera

De conformidad con las facultades previstas en la Ley de Creacion del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, Ley N° 26734 y sus modificatorias, y el Art. 5° de la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, Ley N° 27699, se procedio a efectuar el control metrologico de los surtidores y/o dispensadores segun lo establecido, obteniendose lo siguiente:
MORDAZA Nº Ubicacion Surt. - Disp. / Mec. - Elect. MORDAZA Nº Serie N° Mangueras / N° Productos Producto Dispositivo puesta a cero Dispositivo indicador de precio Dispositivo de pre determinacion Estado de manguera Estado de pistola Precio por galon - surtidor (S/. x gl) Volumen despachado (gl) Calculo Precio x Volumen (S/.) Valor atendido surtidor (S/.) Lineas (+/-) Caudal MORDAZA Error % Caudal MORDAZA Lineas (+/-) Caudal Minimo Error % Caudal Minimo Tolerancia Permitida (%) Hasta -0,5% Hasta -0,5% Hasta -0,5% Hasta -0,5% Hasta -0,5% Hasta -0,5% Hasta -0,5%
(F): Funciona (NF): No funciona (NT): No tiene (B): MORDAZA (M): Malo (F) (NF) (F) (NF) (F) (NF) (NT) (B) (M) (B) (M) (F) (NF) (F) (NF) (F) (NF) (NT) (B) (M) (B) (M) (F) (NF) (F) (NF) (F) (NF) (NT) (B) (M) (B) (M) (F) (NF) (F) (NF) (F) (NF) (NT) (B) (M) (B) (M) (F) (NF) (F) (NF) (F) (NF) (NT) (B) (M) (B) (M) (F) (NF) (F) (NF) (F) (NF) (NT) (B) (M) (B) (M) (F) (NF) (F) (NF) (F) (NF) (NT) (B) (M) (B) (M)

5 gl

5 gl

5 gl

5 gl

5 gl

5 gl

5 gl

LOCAL CON MANGUERA FUERA DE RANGO

LOCAL CON MANGUERA DENTRO DE RANGO

Habiendose constatado que en el local referido precedentemente se comercializa combustible con ______ manguera(s) fuera de rango, mediante la presente le informamos, conforme lo establecido en el numeral 3 del articulo 235° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que con la presente Acta se le esta iniciando procedimiento administrativo sancionador por no cumplir con lo establecido en el Anexo 1 de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 400-2006-OS/CD y sus modificatorias, mediante el cual se aprueba el Procedimiento para el Control Metrologico en Grifos y Estaciones de Servicios en concordancia con el articulo 71º del Reglamento para la Comercializacion de Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-98-EM y modificado por el articulo 4º del Decreto Supremo Nº 045-2005-EM, lo que constituye infraccion administrativa conforme a lo dispuesto en los articulos 71º y 86º inciso e) del Reglamento para la Comercializacion de Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-98-EM en concordancia con los articulos 1° y 5° de la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley N° 27699, y sancionable segun el numeral 2.6.1 de la Resolucion de Consejo Directivo N° 358-2008-OS/CD que modifica la Tipificacion y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones del OSINERGMIN, aprobada mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 028-2003-OS/CD. Asimismo, debemos informarle que de corroborarse la comision del ilicito administrativo, la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos de OSINERGMIN, en uso de las atribuciones otorgadas mediante el articulo 1º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 642-2007-OS/CD en concordancia con el articulo 17º de la Ley Nº 28964, se encuentra facultada a imponerle la sancion de multa o cierre de establecimiento, o suspension temporal de actividades o suspension definitiva de actividades, segun corresponda. En tal sentido, debera usted efectuar los descargos respectivos a la presente Acta, en el plazo improrrogable de cinco (05) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de recibida la presente.
Observaciones:

Control metrologico efectuado en presencia de:

Nombre y Apellidos D.N.I. Nº Cargo
______________________________ Firma representante de OSINERGMIN Firma

Hora:
Continua en Acta N° CM-GFHL

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