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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (05/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de febrero de 2009 390275 “Artículo 3.- Programa de Regularización de Infracciones.- (…) Las infracciones materia del Programa de Regularización se limitan a aquellas multas impuestas por peso bruto vehicular, por eje o conjunto de ejes, en las Estaciones de Pesaje administradas por el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y en las carreteras concesionadas. El Cronograma es el siguiente: FECHA DE ACOGIMIENTO PORCENTAJE Desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo hasta el 31 de marzo del 2009 95% Del 01 de abril del 2009 al 30 de abril del 2009 50% (…)” Artículo Segundo: Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del mes de febrero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 309830-8 Autorizan viaje de profesional de la Dirección General de Transporte Acuático a Colombia, para participar en la Primera Ronda de Negociaciones del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y los Países Andinos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 077-2009-MTC/02 Lima, 2 de febrero de 2009 VISTO: El, Informe Nº 004-2009-MTC/13 de fecha 20 de enero de 2009 y el Memorándum Nº 046-2009-MTC/13 de fecha 26 de enero de 2009, de la Dirección General de Transporte Acuático, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil Circular Nº 19-2009- MINCETUR/VMCE/DNINCI de fecha 14 de enero de 2009, el señor Eduardo Brandes, Director Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, comunicó a este Ministerio que la Primera Ronda de Negociaciones del Acuerdo Comercial entre la Unión Europea y los Países Andinos, se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, Colombia, del 09 al 13 de febrero de 2009; Que, la asistencia de un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a la Primera Ronda de Negociaciones antes mencionada, tiene como objetivo, lograr suscribir un Tratado de Libre Comercio entre la Comunidad Andina y la Unión Europea, buscando obtener con ello, el equilibrio necesario para la prestación de los servicios de transporte acuático, los servicios conexos y la facilitación del comercio. Que, se ha visto por conveniente la participación del señor Lauro Márquez De Oliveira, profesional de la Dirección General de Transporte Acuático, para asistir al mencionado evento; Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto, serán asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto; Que, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración, el 26 de enero de 2009, emitió la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 00686-2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 77º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto; Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específi co de la institución conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 9.3 del artículo 9º de la Ley Nº 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, así como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores, entre otros; Que, en ese sentido, como el presente viaje se efectuará para negociar el Tratado de Libre Comercio entre la Comunidad Andina y la Unión Europea, corresponde que sea autorizada a través de una Resolución Ministerial, conforme a las normas citadas precedentemente; De conformidad con la Ley N° 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y la Ley Nº 29289; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Lauro Márquez De Oliveira, profesional de la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Bogotá, Colombia, del 09 al 13 de febrero de 2009, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US $ 837.33 Viáticos US $ 1,000.00 Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto US $ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el profesional mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 309275-1 Otorgan permiso de operación de aviación comercial a la compañía Master of the Sky S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 237-2008-MTC/12 Lima, 3 de diciembre del 2008 Vista la solicitud de la compañía MASTER OF THE SKY S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial - Transporte Aéreo Especial;