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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de febrero de 2009 390306 Que, de acuerdo a lo anteriormente mencionado, supuestamente, estaríamos frente a un Delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsifi cación de Documentos previsto y sancionado en el Art. 427° del Código Penal Peruano; Que, por lo expuesto precedentemente, se evidencia que los señores Pedro Albarracín Buendía y David Samuel Carmen Choquehuanca, habrían incurrido en la comisión del delito Contra la Fe Pública - Falsifi cación de Documentos; Que, en consecuencia es necesario emitir el Acto correspondiente a fi n de autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que en representación y defensa del estado, inicie las acciones pertinentes contra los señores Pedro Albarracín Buendía y David Samuel Carmen Choquehuanca al haber presentado ante el Registro Nacional de Condenas, un “Poder “ con fi rmas y sellos notariales falsos; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1068 “Ley del Sistema de Defensa Jurídica del Estado” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008-JUS de fecha 4 de diciembre del 2008, facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial Decreto Supremo 017-93-JUS y en uso de las facultades conferidas por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 137 – 2008- P-PJ de fecha 1 de julio del 2008; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que en representación y defensa de los intereses del Estado, se apersone ante las instancias correspondientes, inicie e impulse las acciones legales contra los señores: PEDRO ALBARRACIN BUENDIA Y DAVID SAMUEL CARMEN CHOQUEHUANCA y contra aquellos que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, asi mismo podrá delegar dichas facultades da representación judicial en el Procurador Adjunto y en los abogados auxiliares de la Procuraduría Pública de esta Entidad. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, la notifi cación de la presente Resolución y la remisión de los actuados del caso a la Procuraduría Pública del Poder Judicial para las acciones correspondientes, con conocimiento de la Ofi cina de Inspectoría General de este Poder del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO R. SUERO LUDEÑA Gerente General Poder Judicial 309786-3 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL N° 098-2009-GG-PJ Lima, 27 de enero del 2009 VISTO: El Memorándum N° 26-2009-RNC-GSJR-GG/PJ, de fecha 20 de Enero del 2009; y CONSIDERANDO: Que, por Ofi cio N° 2395-2008-RNC-GSJR-GG/PJ, el Jefe del Registro Nacional de Condenas, pone en conocimiento del Dr. Juan Francisco Gutiérrez Miraval, Notario Público de Lima, que ha sido retenido por su Jefatura, el “ Poder “ aparentemente FALSIFICADO, otorgado por el señor Luís Alberto Gómez Pantigoso, a favor de Freddy Fernando Salas Valenzuela, que fuera presentado para la obtención de un Certifi cado de Antecedentes Penales, solicitándole asimismo, se sirva verifi car su autenticidad informando si la fi rma y sellos obrantes en el referido documento, corresponden a los utilizados por su Notaría; Que, por carta de fecha 24 de Octubre del 2008 el Doctor Juan Francisco Gutiérrez Miraval, Notario Público de Lima, en respuesta al Ofi cio antes mencionado, informa al Jefe del Registro Nacional de Condenas, que en su notaría no se ha legalizado la fi rma del señor Luís Alberto Gómez Pantigoso, otorgando “Poder” a favor de Freddy Fernando Salas Valenzuela y que por lo tanto, la fi rma y los sellos notariales puestos en dicho documento no son auténticos y no le pertenecen; Que, de acuerdo a lo anteriormente mencionado, supuestamente, estaríamos frente a un Delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsifi cación de Documentos previsto y sancionado en el Art. 427° del Código Penal Peruano; Que, por lo expuesto precedentemente, se evidencia que los señores Luís Alberto Gómez Pantigoso y Freddy Fernando Salas Valenzuela, habrían incurrido en la comisión del delito Contra la Fe Pública - Falsifi cación de Documentos; Que, en consecuencia es necesario emitir el Acto correspondiente a fi n de autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial, para que en representación y defensa del estado, inicie las acciones pertinentes contra los señores Luís Alberto Gómez Pantigoso y Freddy Fernando Salas Valenzuela, al haber presentado ante el Registro Nacional de Condenas, un “Poder“ con fi rmas y sellos notariales falsos; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1068 “Ley del Sistema de Defensa Jurídica del Estado” y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 017-2008 de fecha 04 de Diciembre del 2008, facultades conferidas por el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial Decreto Supremo 017-93- JUS y en uso de las facultades conferidas por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 137 – 2008- P-PJ de fecha 01 de Julio del 2008; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que en representación y defensa de los intereses del Estado, se apersone ante las instancias correspondientes, inicie e impulse las acciones legales contra los señores: LUIS ALBERTO GOMEZ PANTIGOSO y FREDDY FERNANDO SALAS VALENZUELA y contra aquellos que resulten responsables, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, así mismo podrá delegar dichas facultades da representación judicial en el Procurador Adjunto y en los abogados auxiliares de la Procuraduría Pública de esta Entidad. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Ofi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, la notifi cación de la presente Resolución y la remisión de los actuados del caso a la Procuraduría Pública del Poder Judicial para las acciones correspondientes, con conocimiento de la Ofi cina de Inspectoría General de este Poder del Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO R. SUERO LUDEÑA Gerente General 309786-4 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Juez Decana de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 98-2009-P-CSJL/PJ Lima, 3 de febrero de 2009