Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2009 (05/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 5 de febrero de 2009

2008-EF, las bases de los procesos de seleccion seran aprobadas por el Titular de la Entidad o por el funcionario al que MORDAZA delegado esta facultad; asimismo, el Titular de la Entidad podra delegar la potestad de resolver el recurso de apelacion, asi como designar a los integrantes titulares y suplentes del Comite Especial; Que, el Articulo 10º del Reglamento de Organizacion y Funciones del SIS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-SA, establece que la Jefatura es el organo de MORDAZA nivel jerarquico y de toma de decisiones del SIS, encontrandose facultado para delegar en la Sub Jefatura o en otros funcionarios de la Institucion las atribuciones que no le MORDAZA privativas, segun lo previsto en el literal o) del Articulo 11º del mencionado Reglamento; Que, el Articulo 13º del Reglamento de Organizacion y Funciones MORDAZA mencionado, establece que la Sub Jefatura coordina, supervisa y evalua, por delegacion de la Jefatura del SIS, las actividades de los organos de la Institucion, asi como las demas que se le asigne de acuerdo a su naturaleza; Que, con el objeto de mejorar los niveles de eficiencia interna resulta conveniente disponer las acciones necesarias a fin de delegar en la Sub Jefatura y en la Oficina de Administracion del Seguro Integral de Salud determinadas facultades; Con el visto MORDAZA de la Sub Jefatura del SIS, Secretaria General, Oficina de Administracion, Oficina de Planeamiento y Desarrollo y Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el literal i) y o) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Delegar en el responsable de la Sub Jefatura del Seguro Integral de Salud, las siguientes facultades: a) Coordinar, supervisar y evaluar el funcionamiento y ejecucion de las actividades de los Organos Desconcentrados del Seguro Integral de Salud (ODSIS) a nivel nacional; b) Suscribir, en representacion del Seguro Integral de Salud, la documentacion requerida y necesaria para la coordinacion, supervision y evaluacion del funcionamiento y ejecucion de los Organos Desconcentrados del Seguro Integral de Salud a nivel nacional; c) Aprobar, durante el ejercicio presupuestal 2009, las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico del Seguro Integral de Salud; d) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comites Especiales y de los Comites Especiales Permanentes, que tendran a su cargo la elaboracion de las bases y la organizacion, conduccion y ejecucion de los procesos de seleccion; e) Aprobar las bases para los procesos de seleccion por licitacion publica, concurso publico y Adjudicacion Directa Publica; f) Cancelar parcial o totalmente los procesos de seleccion, en cualquier estado del MORDAZA, hasta MORDAZA del otorgamiento de la buena pro, por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propositos de emergencia declarados expresamente; g) Resolver los recursos de apelacion que se deriven de los procesos de seleccion contemplados en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017 y su correspondiente MORDAZA reglamentaria; h) Aprobar las liquidaciones de beneficios sociales de los trabajadores del SIS; i) Aprobar las licencias solicitadas por los trabajadores y funcionarios del SIS; j) Aprobar los desplazamientos del personal, con excepcion de las designaciones y encargos; k) Gestionar y tramitar las autorizaciones, comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y todo acto vinculado a los procesos de seleccion y a las contrataciones del SIS que deban realizarse ante el CONSUCODE, el OSCE, PERU COMPRAS y la Contraloria General de la Republica; Articulo Segundo.- La delegacion de facultades, asi como la asignacion de responsabilidades a que se refiere

la presente Resolucion, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Articulo Tercero.- La Secretaria General realizara las acciones necesarias para apoyar en el adecuado cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Jefatural a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, para conocimiento y fines. Registrese, publiquese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Institucional del Seguro Integral de Salud 309791-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en los departamentos de MORDAZA e Ica
JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCION Nº 006-2009/SBN-GO-JAR San MORDAZA, 30 de enero de 2009 Visto el Expediente N° 214-2008/SBN-JAR, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 194 724,28 m², ubicado al noreste de la MORDAZA de Pativilca entre el Asentamiento Humano "El Porvenir" ­ Supe y el P.V. MORDAZA MORDAZA de Las MORDAZA, en el Sector denominado "Las Monjas", en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca, departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno eriazo de 194 724,28 m², ubicado al noreste de la MORDAZA de Pativilca entre el Asentamiento Humano "El Porvenir" ­ Supe y el P.V. MORDAZA MORDAZA de Las MORDAZA, en el Sector denominado "Las Monjas", en el distrito de Pativilca, provincia de Barranca, departamento de MORDAZA, que se encontraria libre de inscripcion registral; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 10 de diciembre de 2008, se verifico que el terreno de 194 724,28 m², es de naturaleza eriaza, desocupado, de topografia ondulada a accidentada, presenta un suelo de textura arcilloso pedregoso con pendientes en las laderas de los cerros. Asimismo, presenta trabajos de senalizacion de parcelas y la instalacion de tuberias; Que, mediante el Informe Tecnico Nº 9537-2008SUNARP-Z.R.No.IX/OC, de fecha 05 de noviembre de 2008, la Oficina Registral de Barranca de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, senala que el terreno materia de consulta se ubica en MORDAZA donde no se aprecia informacion de antecedentes registrales de propiedad; Que, el Articulo 23° de la Ley N° 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que

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