Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2009 (17/02/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 148

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de febrero de 2009 391078 - Los estándares mínimos de carga procesal que – a consideración de la suscrita - puede ser manejada por cada órgano jurisdiccional penal, asciende a un promedio de 1,700 expedientes por dependencia liquidadora. Segundo.- Por otro lado, además de las disquisiciones efectuadas; con la facultad conferida por el artículo 138° - segundo párrafo de nuestra Constitución Política, artículo 14° - primer párrafo de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se reputa inaplicable, específi camente para el caso de Autos, el extremo del segundo parágrafo del artículo 13.2 del Decreto Legislativo 958, mediante el cual se faculta a este órgano de gobierno, la posibilidad de proponer (no disponer) que los Jueces de Paz Letrado realicen la función de Juez de la Investigación Preparatoria; pues ello compete a los Jueces Especializados Penales o Mixtos, teniendo en cuenta que las funciones de los Jueces de Paz Letrados – en materia penal - se circunscriben a la de conocer Procesos por Faltas, según el artículo 30° del Código Procesal Penal, y demás materias previstas en los artículos 57° y 58° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; siendo esto así el asumir funciones jurisdiccionales correspondientes a su instancia superior, en grado de excepcionalidad, contraría el artículo 139° - inciso tercero, segundo párrafo, parte pertinente de nuestra Carta Magna; razón por la cual se disiente en la decisión contraria a lo antes expuesto; pues amerita honrar nuestro marco normativo constitucional y organizacional, benefi ciándose con ello el servicio de la Administración de Justicia. Por tales consideraciones, de conformidad a lo previsto en el artículo 82º, incisos - 24 y 26 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; MI VOTO es como sigue: 1- EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE PIURA; la cual cuenta en la actualidad con tres Salas Superiores Penales, 03 juzgados Mixtos, 10 Juzgados Especializados en lo Penal y 10 Juzgados de Paz Letrado: - Crear el Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambogrande. 2. EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE HUANCABAMBA; el cual tiene a la fecha dos Juzgados Mixtos: - Convertir el 1º Juzgado Mixto de Huancabamba, en Juzgado Mixto de Huancabamba, con funciones de Liquidador, asumiendo su propia carga así como la carga total del Segundo Juzgado Mixto de dicha provincia. - Convertir el 2º Juzgado Mixto de Huancabamba, en Juzgado de Investigación Preparatoria de Huancabamba. - Crear el Juzgado Penal Unipersonal de Huancabamba. - Crear el Juzgado de Investigación Preparatoria, con sede en Huarmaca. 3- EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE PAITA; el cual tiene a la fecha un Juzgado Penal y un Juzgado de Paz Letrado: - Crear el Juzgado de Investigación Preparatoria de Paita. 4- EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE SECHURA; el cual tiene a la fecha un Juzgado Mixto: - Adicionar al Juzgado Mixto de Sechura, las funciones de Juzgado Penal Liquidador. - Crear el Juzgado Penal Unipersonal de Sechura - Crear el Juzgado de Investigación Preparatoria de Sechura. 5- EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE AYABACA; el que cuenta a la fecha con 01 Juzgado Penal y Un juzgado Mixto: - Adicionar al Juzgado Mixto de Ayabaca, las funciones de Juzgado Penal Liquidador. - Convertir el Juzgado Penal, en Juzgado Penal Unipersonal de Ayabaca. - Crear el Juzgado de Investigación Preparatorio de Ayabaca. SONIA B. TORRE MUÑOZ Consejera Consejo Ejecutivo del Poder Judicial 313778-1 Aceptan renuncia de magistrado titular del Tercer Juzgado Especializado Civil de Puno RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 022-2009-CE-PJ Lima, 19 de enero de 2009 VISTO: El Ofi cio N° 002-2009-P-CSJPU-PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, remitiendo la solicitud de renuncia presentada por el señor Sixto Chile Samata, con certifi cación de fi rma ante Notario Público de Puno, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno eleva a este Órgano de Gobierno la solicitud presentada por el señor Sixto Chile Samata, mediante la cual formula renuncia al cargo de Juez titular del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Puno; al cual fue reincorporado conforme a lo dispuesto mediante por Resolución Administrativa N° 163-2008-CNM, expedida por el Consejo Nacional de la Magistratura con fecha 20 de junio de 2008; Segundo: Que, el cargo de magistrado termina entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el artículo 245º, inciso 3, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; Tercero: Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptación de la renuncia formulada por el magistrado recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho materia de investigación que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez del Distrito Judicial de Puno; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Javier Román Santisteban por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Sixto Chile Samata al cargo de Juez titular del Tercer Juzgado Especializado Civil de Puno, Distrito Judicial del mismo nombre; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolución. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ANTONIO PAJARES PAREDES SONIA TORRE MUÑOZ WALTER COTRINA MIÑANO ENRIQUE RODAS RAMÍREZ 313778-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 061-2009-CED-CSJLI/PJ Mediante Ofi cio Nº 020-2009-P-CED-CSJLI/PJ la Corte Superior de Justicia de Lima solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Administrativa Nº 061-2009-