Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2009 (17/02/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 148

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 17 de febrero de 2009

- Los estandares minimos de carga procesal que ­ a consideracion de la suscrita - puede ser manejada por cada organo jurisdiccional penal, asciende a un promedio de 1,700 expedientes por dependencia liquidadora. Segundo.- Por otro lado, ademas de las disquisiciones efectuadas; con la facultad conferida por el articulo 138° - MORDAZA parrafo de nuestra Constitucion Politica, articulo 14° - primer parrafo de la Ley Organica del Poder Judicial, se reputa inaplicable, especificamente para el caso de Autos, el extremo del MORDAZA paragrafo del articulo 13.2 del Decreto Legislativo 958, mediante el cual se faculta a este organo de gobierno, la posibilidad de proponer (no disponer) que los Jueces de Paz Letrado realicen la funcion de Juez de la Investigacion Preparatoria; pues ello compete a los Jueces Especializados Penales o Mixtos, teniendo en cuenta que las funciones de los Jueces de Paz Letrados ­ en materia penal - se circunscriben a la de conocer Procesos por Faltas, segun el articulo 30° del Codigo Procesal Penal, y demas materias previstas en los articulos 57° y 58° de la Ley Organica del Poder Judicial; siendo esto asi el asumir funciones jurisdiccionales correspondientes a su instancia superior, en grado de excepcionalidad, contraria el articulo 139° - inciso tercero, MORDAZA parrafo, parte pertinente de nuestra Carta Magna; razon por la cual se disiente en la decision contraria a lo MORDAZA expuesto; pues amerita honrar nuestro MORDAZA normativo constitucional y organizacional, beneficiandose con ello el servicio de la Administracion de Justicia. Por tales consideraciones, de conformidad a lo previsto en el articulo 82º, incisos - 24 y 26 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; MI MORDAZA es como sigue: 1- EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE PIURA; la cual cuenta en la actualidad con tres MORDAZA Superiores Penales, 03 juzgados Mixtos, 10 Juzgados Especializados en lo Penal y 10 Juzgados de Paz Letrado: - Crear el Juzgado de Investigacion Preparatoria de Tambogrande. 2. EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE HUANCABAMBA; el cual tiene a la fecha dos Juzgados Mixtos: - Convertir el 1º Juzgado Mixto de Huancabamba, en Juzgado Mixto de Huancabamba, con funciones de Liquidador, asumiendo su propia carga asi como la carga total del MORDAZA Juzgado Mixto de dicha provincia. - Convertir el 2º Juzgado Mixto de Huancabamba, en Juzgado de Investigacion Preparatoria de Huancabamba. - Crear el Juzgado Penal Unipersonal de Huancabamba. - Crear el Juzgado de Investigacion Preparatoria, con sede en Huarmaca. 3- EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE PAITA; el cual tiene a la fecha un Juzgado Penal y un Juzgado de Paz Letrado: - Crear el Juzgado de Investigacion Preparatoria de Paita. 4- EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE SECHURA; el cual tiene a la fecha un Juzgado Mixto: - Adicionar al Juzgado Mixto de Sechura, las funciones de Juzgado Penal Liquidador. - Crear el Juzgado Penal Unipersonal de Sechura - Crear el Juzgado de Investigacion Preparatoria de Sechura. 5- EN LO REFERENTE A LA PROVINCIA DE AYABACA; el que cuenta a la fecha con 01 Juzgado Penal y Un juzgado Mixto: - Adicionar al Juzgado Mixto de Ayabaca, las funciones de Juzgado Penal Liquidador. - Convertir el Juzgado Penal, en Juzgado Penal Unipersonal de Ayabaca. - Crear el Juzgado de Investigacion Preparatorio de Ayabaca. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA Consejera Consejo Ejecutivo del Poder Judicial 313778-1

Aceptan renuncia de magistrado titular del Tercer Juzgado Especializado Civil de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 022-2009-CE-PJ MORDAZA, 19 de enero de 2009 VISTO: El Oficio N° 002-2009-P-CSJPU-PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remitiendo la solicitud de renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Samata, con certificacion de firma ante Notario Publico de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA eleva a este Organo de Gobierno la solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Samata, mediante la cual formula renuncia al cargo de Juez titular del Tercer Juzgado Especializado en lo Civil de Puno; al cual fue reincorporado conforme a lo dispuesto mediante por Resolucion Administrativa N° 163-2008-CNM, expedida por el Consejo Nacional de la Magistratura con fecha 20 de junio de 2008; Segundo: Que, el cargo de magistrado termina entre otras causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme lo establece el articulo 245º, inciso 3, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial; Tercero: Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, es menester precisar que la aceptacion de la renuncia formulada por el magistrado recurrente no implica en modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier hecho materia de investigacion que se hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones como Juez del Distrito Judicial de Puno; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA Samata al cargo de Juez titular del Tercer Juzgado Especializado Civil de MORDAZA, Distrito Judicial del mismo nombre; sin perjuicio de lo expuesto en el tercer considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 313778-2

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 061-2009-CED-CSJLI/PJ Mediante Oficio Nº 020-2009-P-CED-CSJLI/PJ la Corte Superior de Justicia de MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa Nº 061-2009-

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