TEXTO PAGINA: 146
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 17 de febrero de 2009 391076 por los Martilleros Públicos que a continuación se detalla, al no cumplir con lo dispuesto por el artículo 11º del Reglamento de la Ley del Martillero Público, conforme a lo manifestado en la parte considerativa de la presente resolución. Nº Reg. Martillero Público Garantía Depósito efectuado 1 44 CACERES ROMERO, Telmo Adrián Comercial ------------ 2 80 JIMENEZ MOSTAJO, Miguel Efectiva S/. 50.00 3 241 ZAPATA OBANDO, César Armando Efectiva S/. 75.00 4 244 ASCUE CASTRO, Eduardo Efectiva S/. 75.00 Artículo Tercero.- Disponer la DEVOLUCION de los Certifi cados de Depósitos presentados por los Martilleros Públicos con registro Nº80, 241 y 244 en el presente proceso de habilitación, a través de la Ofi cina de Tesorería de esta Zona Registral NºIX - Sede Lima. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas, disponga las acciones necesarias para la oportuna publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Jefe de la Zona Registral Nº IX Sede Lima 313782-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Convierten y crean diversos órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Piura RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 341-2008-CE-PJ Lima, 31 de diciembre de 2008 VISTO: El Ofi cio N° 628-2008-ETI-PJ cursado por el Presidente (e) del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal; CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Decreto Legislativo N° 957 se promulgó el Código Procesal Penal; estableciéndose en la Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias su vigencia progresiva en los diferentes Distritos Judiciales; asimismo, por Decreto Supremo N° 005-2007-JUS, se dispuso que la referida norma procesal entrará en vigencia en el Distrito Judicial de Piura el 1 de abril de 2009; Segundo: Que, la Ley N° 28994 modifi có el artículo 18° del Decreto Legislativo N° 958, que regula el proceso de implementación y transitoriedad del Nuevo Código Procesal Penal; estableciendo que el Poder Judicial implemente una organización de despacho judicial para conocer los nuevos procesos penales bajo criterio de carga cero, es decir, con jueces dedicados exclusivamente a concluir con los procesos penales iniciados antes de la vigencia del citado código procesal; Tercero: Que, en tal sentido, resulta necesario que este Órgano de Gobierno proceda a disponer la conformación de los órganos jurisdiccionales que se encargarán de conocer los nuevos procesos bajo el Código Procesal Penal y los que realizarán la liquidación de los procesos bajo las normas del Código de Procedimientos Penales; así como adoptar las demás medidas orientadas a implementar la aplicación del nuevo ordenamiento procesal penal en el Distrito Judicial de Piura; Cuarto: Que, el Distrito Judicial de Piura comprende 8 Provincias del Departamento del mismo nombre, a las que brinda cobertura jurisdiccional, siendo el caso que la mencionada región del norte del país, tiene presencia tanto en la costa como en la sierra, constituyendo parte de su territorio zona de frontera con la República de Ecuador. En tal sentido, el Distrito Judicial de Piura se encuentra conformado por las Provincias que a continuación se detallan, las cuales cuentan, conforme a la data estadística elaborada por la Sub Gerencia de Estadística de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, con la siguiente población proyectada a diciembre de 2007, y órganos jurisdiccionales para la impartición de justicia en la especialidad penal: a)Piura: 3 Salas Superiores Penales, 3 Juzgados Mixtos, 10 Juzgados Penales, y 10 Juzgados de Paz Letrados (incluidos los que se encuentran en Módulos Básicos de Justicia), para la atención aproximada de 694,056 habitantes; b) Ayabaca: 1 Juzgado Penal y 1 Juzgado Mixto, para la atención aproximada de 94,496 habitantes; c)Huancabamba: 2 Juzgados Mixtos, para la atención aproximada de 131,187 habitantes; d) Morropón: 2 Juzgados Penales, 1 Juzgado Mixto y 1 Juzgado de Paz Letrado, para la atención aproximada de 224,996 habitantes; e) Paita: 1 Juzgado Penal y 1 Juzgado de Paz Letrado, para la atención aproximada de 114,661 habitantes; f) Sechura: 1 Juzgado Mixto, para la atención aproximada de 62,933 habitantes; g) Sullana: 1 Sala Penal, 3 Juzgados Penales y 3 Juzgados de Paz Letrados, para la atención aproximada de 295,972 habitantes; y, h) Talara – Pariñas: 2 Juzgados Penales y 3 Juzgados de Paz Letrados, para la atención aproximada de 130,887 habitantes; Quinto: Es menester precisar que la propuesta de conformación de órganos jurisdiccionales de juzgamiento penal para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal del Distrito Judicial de Piura, se encuentra orientada a crear una organización fl exible adecuada a las necesidades del servicio que permita hacer realidad a implementación prevista, y racionalizando al máximo los recursos presupuestarios para ese propósito; establecido mediante Ley 29289, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82°, incisos 25 y 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en sesión ordinaria de la fecha, con el informe del señor Consejero Wálter Cotrina Miñano, sin la intervención del señor Consejero Enrique Rodas Ramírez por encontrarse de licencia; RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir en el Distrito Judicial de Piura, los siguientes órganos jurisdiccionales, en la forma que a continuación se indica: Por unanimidad: PROVINCIA DE PIURA: - La Primera y Segunda Salas Penales, en Primera y Segunda Salas Penales Liquidadoras. - La Tercera Sala Penal, en Sala Penal de Apelaciones. - Del Primer al Cuarto Juzgados Penales en Primer, Segundo, Tercer y Cuarto Juzgados de la Investigación Preparatoria. - Del Quinto al Octavo Juzgados Penales, en Primer, Segundo, Tercer y Cuarto Juzgados Penales Unipersonales. - El Juzgado Penal de Castilla, en Juzgado de la Investigación Preparatoria. - El Juzgado Penal de Catacaos, en Juzgado de la Investigación Preparatoria. - El Juzgado Mixto de Tambogrande, en Juzgado Penal Unipersonal en adición a sus funciones de Juzgado Mixto. PROVINCIA DE MORROPÓN: - El Primer Juzgado Penal de Chulucanas, en Juzgado de la Investigación Preparatoria. - El Segundo Juzgado Penal de Chulucanas, en Juzgado Penal Unipersonal. PROVINCIA DE PAITA: - El Juzgado Penal de Paita, en Juzgado Penal Unipersonal con funciones de Liquidador. PROVINCIA DE SULLANA: - La Sala Penal de Sullana, en Sala Penal Liquidadora.