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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 21 de febrero de 2009 391322 Directamente Recaudados que estará sujeto a las normas presupuestarias pertinentes y la disponibilidad fi nanciera correspondiente. Artículo Quinto.- DISPONER que la Secretaría General remita copia del presente Acuerdo y del Informe Técnico Legal correspondiente que sustenta la presente exoneración, a la Contraloría General de la República dentro de los diez días (10) naturales siguientes a la fecha de su aprobación, así como que realice la publicación respectiva en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y Gerencia de Desarrollo Social y Económico, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 314805-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL Aprueban Sistema de Codificación Catastral, disponen la obligatoriedad de su uso y declaran de interés prioritario la actualización catastral ORDENANZA MUNICIPAL Nº 001-2009-MPH Huaral, 22 de enero del 2009. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto de Ordenanza que aprueba la Codifi cación Catastral, Dispone la Obligatoriedad de su Uso y Actualización Catastral; y CONSIDERANDO; Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política administrativa y económica en los asuntos de su competencia son sujeción al ordenamiento jurídico, norma concordante con el Artículo II de la Ley Nº 27972. Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, referido a las funciones de las municipalidades en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, señala en su Numeral 1.4.2 que es función específi ca exclusiva de las municipalidades provinciales, el elaborar y mantener el Catastro Urbano y rural. Que, por Ley Nº 28924 se crea el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial y con Decreto Supremo Nº 005-2006-JUS se aprueba su Reglamento y su vinculación con el Registro de Predio y Ley Nº 28294, dando ambos documentos, la base y sustento legal para vincular los diversos catastros de predios con el Sistema de Registros Públicos, para lo cual se fi jan los requisitos y pautas normativas necesarias para incorporar a los Registro Públicos los predios que así lo decidan y requieran. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 155-2006- VIVIENDA, se aprueban las Normas Técnicas de Gestión Reguladoras del Catastro Urbano Municipal, precisando en su Artículo 5º que todas las municipalidades Provinciales para su jurisdicción urbana del Distrito Capital están Obligadas a elaborar y mantener su respectivo Catastro Municipal Urbano como lo señala la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el levantamiento y administración de un catastro municipal urbano tiene como finalidad inventariar los inmuebles, infraestructura y mobiliario urbano de la ciudad, debidamente clasificado en sus aspectos físicos, legales, fiscales y económicos mediante la utilización de técnicas modernas que permitan procesar datos en un sistema computarizado, consolidando la administración municipal para dar un mejor servicio al contribuyente y al desarrollo urbano organizado y planificado de la ciudad. El Catastro esta conformado por los componentes catastrales urbano (CCU) y los componentes catastrales prediales (CCP). Que, la Municipalidad Provincial de Huaral ha venido y viene desarrollando e implementando el Proyecto de Catastro Municipal Urbano del distrito y provincia de Huaral, a cargo de la Gerencia de Desarrollo Urbano. Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156- 2004-EF, en su artículo 20º señala entre otros aspectos que, el 5% (cinco por ciento) del rendimiento del impuesto predial se destine exclusivamente a fi nanciar el desarrollo y mantenimiento del catastro distrital. Que se hace necesario el uso del Código Catastral como identifi cador de los Predios Urbanos, por las instituciones públicas y privadas y por la comunidad en general; sirviendo su uso, de enlace entre las bases de datos de las diferentes instituciones que manejen información sobre los predios. Que, las normas técnicas y de gestión reguladoras del Catastro Municipal Urbano señalan que las actividades propias del proceso permanente de conservación y complementación catastral, en su Capítulo XV (Artículos 162º y siguientes), por lo que es necesario poner en ejecución al más breve plazo, la actualización (mantenimiento) catastral en la jurisdicción de Huaral como una actividad de carácter permanente. Que, con Informe Nº 851-2008-MPH-GDU, la Gerencia de Desarrollo Urbano señala que la Municipalidad Provincial de Huaral desde el 2007 ha venido y viene desarrollando e implementando el Catastro Urbano Municipal del Distrito y Provincia de Huaral, dentro del proyecto “Fortalecimiento de Capacidades en la Elaboración de Planes de Gestión Territorial y Medio Ambiente - Fase Catastro”. Que, asimismo, la Gerencia de Desarrollo Urbano indica que dicho Proyecto está en su fase fi nal quedando pendiente una ampliación de metas para llegar al registro de 40,000 unidades catastrales así como desarrollar el proceso de validación por parte de los propietarios de los predios cuya información ha sido levantada en el desarrollo del proceso de implementación; y, remite el Proyecto de Ordenanza sobre Codifi cación Catastral, Dispone la Obligatoriedad de su Uso y Actualización Catastral; solicitando se tramite ante el Concejo Municipal. Que, por medio del Informe Nº 453-2008-MPH-OAJ/ CCCH, la Gerencia de Asesoría Jurídica manifi esta que el Proyecto propuesto constituye una herramienta básica eminentemente técnica para los fi nes de ordenamiento territorial; ya que, para efectos tributarios, la Municipalidad Provincial de Huaral ha previsto en el Artículo 77º, Numeral 22 y Artículo 79º, Numeral 4 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF el uso de la información catastral, a través de sus procedimientos, cuya fi nalidad se orienta también a una mejora en la recaudación; opinando que es viable la aprobación del Proyecto de Ordenanza propuesto. Que, a través del Informe Nº 076-2008-MPH-GM, la Gerencia Municipal recomienda elevar los actuados al Pleno de Sesión de Concejo para que con arreglo a sus facultades previstas en la Ley Orgánica de Municipalidades, apruebe el Proyecto de Ordenanza Municipal sobre Codifi caciones Catastrales, Obligatoriedad de Uso y Actualización Catastral. Que, mediante Dictamen Nº 007-2008-MPH-CDUTSV, la Comisión de Desarrollo Urbano, Transporte y Seguridad Vial recomienda la aprobación del Proyecto de Ordenanza sobre Codifi caciones Catastrales, Obligatoriedad de Uso y Actualización Catastral; indicando que contribuirá con el Ordenamiento Urbano. Vinculando los predios urbanos con el Sistema de Registros Públicos. Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 9º, Numeral 8) y Numeral 16) del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, y con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprobó la siguiente: