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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de junio de 2009 397098 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al Señor ALEXANDER EDIXSON LOPEZ VILELA, la Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo Especial, a fi n de incrementar material aeronáutico y sub-base de operación a los ya autorizados a través de la Resolución Directoral Nº 065-2008-MTC/12 del 04 de abril del 2008, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONÁUTICO: (además de los autorizados) - Cessna C-182, C-185, C-206, C-T206, C-207, C-208, C-208, C-210, C-T210, C-303, C-310, C-337, C-402, C- 421. - Piper PA-12, PA-18, PA-22, PA-23, PA-24, PA-25, PA-27, PA-28, PA-30, PA-31, PA-32, PA-34, PA-36. - Beechcraft A-80, A-90, B-90, C-90, B-200, B-350. - Dehaviland DH-6, DH-7. SUB-BASES DE OPERACIÓN: - Aeropuerto de Pisco. Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 065-2008-MTC/12 del 04 de abril del 2008 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO LOPEZ MAREOVICH Director General de Aeronáutica Civil 349937-1 Otorgan renovación de permiso de operación de aviación comercial a favor de la compañía Taxi Aéreo Ejecutivo S.R.L. - TAE S.R.L. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 081-2009-MTC/12 Lima, 15 de abril del 2009 Vista la solicitud de la compañía TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L., sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo Especial: Turístico; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Directoral N° 041-2005- MTC/12 del 22 de marzo del 2005 se otorgó a la compañía TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L. Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo Especial: Turístico; Que, el Permiso de Operación de la compañía TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L., fue otorgado por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 28 de abril del 2005, plazo que vence el 28 de abril del 2009; Que, mediante Documento de Registro N° 2009- 006981 del 27 de febrero del 2009, la compañía TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L. solicitó la Renovación de su Permiso de Operación; Que, según los términos del Memorando N° 237- 2009-MTC/12, Memorando Nº 822-2009-MTC/12.04 e Informe Nº 041-2009-MTC/12.07.LIC; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L., la Renovación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial - Transporte Aéreo Especial: Turístico, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 29 de abril del 2009, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 041-2005-MTC/12 del 22 de marzo del 2005. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económico-fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial: Turístico. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - Cessna 172 - Cessna 206 - Cessna 207 - Cessna 208 ZONAS DE OPERACION: CIRCUITOS TURISTICOS - Nasca – Sobrevuelo Líneas de Nasca – Nasca - Nasca – Sobrevuelo Líneas de Palpa – Nasca - Pisco – Sobrevuelo Líneas de Nasca – Pisco - Pisco – Sobrevuelo Líneas de Palpa - Pisco BASE DE OPERACIONES: - Aeródromo de Nasca – María Reiche Neuman. SUB-BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto de Pisco. Artículo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la compañía TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L. deben estar provistas de sus correspondientes Certifi cados de Matrícula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Público de Aeronaves de la Ofi cina Registral de Lima y Callao; de sus Certifi cados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, de la Póliza o Certifi cado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aérea. Artículo 3º.- La compañía TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L. está obligada a presentar a la Dirección General de Aeronáutica Civil, los datos estadísticos e informes que correspondan a su actividad aérea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil. Artículo 4º.- La compañía TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L. está obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicación entre los puntos a operar, a fi n de mantener permanente información del tráfi co aéreo que realizan sus aeronaves. Artículo 5º.- La compañía TAXI AEREO EJECUTIVO S.R.L. - TAE S.R.L. empleará en su servicio, personal aeronáutico que cuente con su respectiva licencia y