Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2009 (26/03/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de marzo de 2009

Notario Publico, o de un Juez de Paz, en caso no exista notario en la provincia, . En los casos que la naturaleza de las mercancias lo requiera, la autoridad aduanera solicitara la opinion del sector competente. 31. Si al vencimiento del plazo autorizado no se hubiera concluido con el regimen de acuerdo a lo senalado en el parrafo precedente, la SUNAT automaticamente MORDAZA por nacionalizada la mercancia, por concluido el regimen y ejecutara la garantia. Tratandose de mercancia restringida que no cuente con la autorizacion de ingreso permanente al MORDAZA, la Administracion Aduanera informara al sector competente para que proceda de acuerdo a la normatividad respectiva. 32. En la regularizacion de la exportacion de mercancias ingresadas bajo el MORDAZA de despacho maquila (fabricacion, elaboracion, ensamblaje o acondicionamiento) debe adjuntarse la factura por el servicio de la mano de obra y el contrato de servicio con el proveedor en el exterior. 33. El bene ciario de la admision temporal para perfeccionamiento activo, es responsable del cumplimiento del regimen, aun cuando la exportacion de los productos compensadores la realice a traves de terceros; y en el caso de la transferencia de mercancia admitida temporalmente para perfeccionamiento activo, hasta cuando el MORDAZA bene ciario presente la nueva garantia. VII. DESCRIPCION

1-0 01 Descarga al local del importador 03 Descarga al punto de llegada c) Despacho Urgente :0-1 7. El despachador de aduana debe consignar en la MORDAZA MORDAZA de despacho lo siguiente: a) 1 Maquila; o b) 2 Transformacion / elaboracion; o c) 3 Reparacion / restauracion. 8. En cada serie de la DUA debe consignarse las mercancias correspondientes a un solo item del CIP transmitido, aun cuando se clasi quen en una misma subpartida nacional. 9. El sistema valida los datos de la informacion transmitida por el despachador de aduana con la informacion contenida en el mani esto de carga y en el CIP de corresponder. De ser conforme, numera la DUA, caso contrario, comunica por el mismo medio los errores encontrados para las correcciones respectivas. 10. La convalidacion de los datos del mani esto de carga en los casos del sistema anticipado de despacho aduanero y de despacho urgente se efectua al momento de la regularizacion. De MORDAZA de control

A. TRAMITACION DEL REGIMEN De la transmision de la informacion del Cuadro de Insumo Producto (CIP) 1. El despachador de aduana o el bene ciario del regimen, unicamente en el caso de MORDAZA de despacho con codigo "2 Transformacion / elaboracion" debe transmitir la informacion contenida en el CIP (anexo 1), elaborado por el bene ciario del regimen de acuerdo a lo establecido en el instructivo respectivo, utilizando la clave electronica que le ha sido asignada, la misma que reemplaza a la rma manuscrita. 2. La informacion contenida en el CIP se transmite por unica vez, salvo que exista una modi cacion con relacion a sus variables, tales como subpartida nacional del insumo admitido temporalmente para perfeccionamiento activo, subpartida nacional del producto compensador, unidad de medida y coe ciente insumo producto, siendo valido a partir de la conformidad otorgada por el sistema. 3. El funcionario aduanero designado por el jefe del area encargada del regimen de Admision Temporal para Perfeccionamiento Activo, accede al sistema para que se genere un reporte de cada CIP transmitido, el cual debera ser comunicado al sector competente para su evaluacion, en un plazo MORDAZA de 15 dias calendario computados a partir de su recepcion. 4. El funcionario aduanero encargado del area que administra el regimen, debe registrar en el SIGAD la fecha y numero de documento con el que se efectua dicha remision. Numeracion de la DUA 5. El despachador de aduana solicita la destinacion aduanera del regimen de Admision Temporal para Perfeccionamiento Activo mediante la transmision de la informacion para la numeracion de la DUA (ejemplares A, A1, B y B1), de acuerdo a las instrucciones de llenado y transmision electronica contenidas en las respectivas cartillas publicadas en el MORDAZA de la SUNAT (www.sunat. gob.pe) debiendo abrir MORDAZA series como modelo o MORDAZA de mercancia vaya a destinar, indicando los pesos y valores respectivos, utilizando la clave electronica que le ha sido asignada, la misma que reemplaza la rma manuscrita. 6. El despachador de aduana debe transmitir en la MORDAZA "Destinacion" de la DUA el codigo 21 y en la MORDAZA "Modalidad" el codigo que corresponda a la modalidad de despacho aduanero solicitada: a) Despacho normal : 0-0 b) Despacho anticipado: 11. El SIGAD por medio de tecnicas de gestion de riesgo selecciona el MORDAZA de control al que se someteran las declaraciones segun lo siguiente: a) MORDAZA rojo.- La declaracion seleccionada con MORDAZA MORDAZA se somete a revision documentaria y reconocimiento fisico de mercancia en los siguientes porcentajes · En las Intendencias de Aduana Maritima y Aerea del Callao.-15% del total de DUAs numeradas en el mes anterior. · En las Intendencias de aduana de provincias.- 15% para las intendencias que numeren en promedio seis (6) o mas declaraciones en el dia y 100% aquellas que numeren menos de seis (6) declaraciones en el dia. b) MORDAZA naranja.- Las declaraciones seleccionadas con MORDAZA naranja se someten a revision documentaria, salvo aquellos casos que se detecte indicadores de riesgo que implique derivar la DUA a reconocimiento fisico, previa autorizacion del jefe del area. c) MORDAZA de control verde.- La DUA numerada por un bene ciario cali cado como buen contribuyente podra ser seleccionada a MORDAZA MORDAZA, y no requiere de revision documentaria ni de reconocimiento fisico, con excepcion de aquella que por su naturaleza asi lo determine la Administracion Aduanera, encontrandose la mercancia a disposicion del bene ciario una vez aceptada la garantia conforme al numeral 13, seccion VI del presente procedimiento. 12. Las declaraciones con modalidad despacho anticipado o de despacho urgente se someten a revision documentaria o a reconocimiento fisico. 13. La conformidad otorgada por el sistema, el numero de declaracion generado y el MORDAZA de control seleccionado se transmiten via electronica, procediendo el despachador de aduana a la impresion de la DUA, cuya informacion no debe diferir de la transmitida, prevaleciendo esta MORDAZA sobre el documento fisico. 14. El despachador de aduana presenta la DUA (ejemplares A, A1, B, B1 y C) seleccionada a MORDAZA MORDAZA y la garantia ante el area encargada del regimen de Admision Temporal para Perfeccionamiento Activo. El funcionario aduanero designado del control y custodia de la garantia, previa veri cacion de los datos y requisitos de la misma, ingresa la informacion al sistema para el refrendo en el rubro 7 del formato C de la DUA, quedandose con la MORDAZA MORDAZA de la DUA y devolviendo la documentacion correspondiente al despachador de aduana, accion que otorga el levante de las mercancias. MORDAZA y registro de la documentacion (revision documentaria y reconocimiento fisico) 15. El despachador de aduana presenta la DUA (ejemplares A, A1, B, B1 y C) ante el area encargada del

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