Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2009 (14/05/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano MORDAZA, jueves 14 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

395851

titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE, a favor de la EMPRESA PESQUERA MAUI S.A., modificandose asimismo la denominacion de la embarcacion pesquera INJEPASA 13 de matricula Nº CE-2886-PM, por la denominacion actual de COMANCHE 5 con matricula Nº CE-2886PM, consignandose 275.00 m3 como su capacidad de bodega; Que mediante Resolucion Directoral Nº 204-2005PRODUCE/DNEPP, de fecha 18 de MORDAZA del 2005, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE, modificada en su titularidad por Resolucion Ministerial Nº 240-98-PE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada COMANCHE 5 con matricula Nº CE-2886-PM, a favor de PESQUERA COMANCHE S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 295-2005PRODUCE/DNEPP, del 24 de octubre del 2005, se modifico la Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE, modificada en su titularidad por Resolucion Ministerial Nº 240-98-PE, la que a su vez fue modificada en su titularidad por la Resolucion Directoral Nº 204-2005-PRODUCE/DNEPP; a efecto se cambie en el extremo de la denominacion de la embarcacion pesquera COMANCHE 5 de matricula Nº CE-2886-PM, por el de COMANCHE V; Que la citada embarcacion, figura en el literal A del Anexo I del listado de embarcaciones pesqueras de mayor escala de MORDAZA con permiso de pesca vigente, aprobado con Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE, con una capacidad de bodega de 275.00 m3, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina; Que mediante el escrito del visto, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. solicito el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera COMANCHE V de matricula Nº CE-2886-PM, en los mismos terminos y condiciones que fueron otorgados, adjuntando los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion; Que en este sentido, se ha verificado que la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado con Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE y demas normas modificatorias, por lo que resulta procedente aprobar a su favor, el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera COMANCHE V de matricula Nº CE-2886-PM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 268-2009PRODUCE/DGEPP-Dchi y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE y demas normas modificatorias; y, En uso de las facultades conferidas a traves del articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar a favor de la empresa CFG INVESTMENT S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera COMANCHE V de matricula Nº CE-2886-PM, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado, mediante Resolucion Ministerial Nº 164-95-PE, modificada por Resolucion Directoral Nº 204-2005-PRODUCE/DNEPP y Resolucion Directoral Nº 295-2005-PRODUCE/DNEPP. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a PESQUERA COMANCHE S.A.C., mediante la Resolucion Directoral Nº 2042005-PRODUCE/DNEPP, modificada por Resolucion Directoral Nº 295-2005-PRODUCE/DNEPP, para operar la embarcacion pesquera COMANCHE V de matricula Nº CE-2886-PM.

Articulo 3º.- Incorporar a la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera COMANCHE V de matricula Nº CE-2886-PM, asi como la presente Resolucion al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 084-2007-PRODUCE y al Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 086-2007-PRODUCE, respectivamente; excluyendo a la empresa PESQUERA COMANCHE S.A.C. y la Resolucion Directoral Nº 204-2005PRODUCE/DNEPP, modificada por Resolucion Directoral Nº 295-2005-PRODUCE/DNEPP, de los indicados anexos respecto de la citada embarcacion. Articulo 4º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolucion sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa, seran destinados al consumo humano directo; o las normas que lo modifiquen o sustituyan; y a las sanciones previstas por su incumplimiento, establecidas en el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de las bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www. produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 346903-4 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 290-2009-PRODUCE/DGEPP MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2009 VISTO: Los escritos de Registro Nº 00010205-2009, 00010205-2009-1, 00010205-2009-2 y 00010205-20093 de fecha 9 de febrero, 5, 18 y 26 de marzo del 2009, respectivamente, presentados por CORPORACION PESQUERA MORDAZA S.A.C. CONSIDERANDO: Que, el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por el Decreto Supremo Nº 015-2007-PRODUCE, referente a la transferencia del permiso de pesca, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion pesquera a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso de pesca en los mismos terminos y condiciones en que se otorgaron. Solo realiza actividad extractiva el titular del permiso de pesca. Asimismo no procede la autorizacion de cambio de titular del permiso de pesca, en caso de verificarse que los transferentes de la embarcacion pesquera cuenten con sanciones de multa que no han sido cumplidas, impuestas mediante actos administrativos firmes o que hayan agotado la via administrativa o confirmadas con sentencia judiciales que hayan adquirido la calidad de cosa juzgada; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 323-97-PE de fecha 3 de MORDAZA de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado, a la empresa RIBAR S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional RIBAR III (ex Naylamp) de matricula Nº ZS-2509-PM, de 351.09 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos para destinarlos al consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm); Que, mediante Resolucion Directoral Nº 394-98PE/DNE de fecha 31 de diciembre de 1998, se modifico

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