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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de mayo de 2009 396719 y Funciones de INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ENCARGAR con carácter transitorio hasta el 31 de diciembre de 2009, a la Ofi cina de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil del INDECI para Lima Metropolitana, de la Dirección Regional INDECI - Costa Centro, la administración integral de las Visitas de Defensa Civil, así como de las Delegaturas y Verifi caciones Ad Hoc, que corresponden a la Dirección Regional INDECI - Costa Centro. Artículo 2º.- DISPONER que el Director Regional INDECI - Costa Centro dentro de las 24 horas de recibido el presente resolutivo, proceda mediante Resolución Directoral a delegar la competencia descrita en el artículo primero, a favor del Jefe de la Ofi cina de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil del INDECI para Lima Metropolitana, por el plazo indicado, debiendo supervisar el proceso y elaborar un informe trimestral a la Jefatura Institucional. Artículo 3º.- ENCARGAR al Sub Jefe del INDECI, el monitoreo y ejecución de las acciones necesarias para el cumplimiento de todas las disposiciones establecidas en la presente Resolución. Artículo 4º.- DISPONER que la Secretaría General e Imagen Institucional en coordinación con la Dirección Nacional de Logística se encargue de los servicios de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 5º.- DISPONER que la Secretaría General e Imagen Institucional, registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional, coordine la publicación en la página web del INDECI y remita copia autenticada por Fedatario a la Sub Jefatura, así como a todas las Unidades Orgánicas del Instituto Nacional de Defensa Civil, incluyendo las Direcciones Regionales de Defensa Civil, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe 353756-1 INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Declaran al Establecimiento Penitenciario de Huánuco de la Oficina Regional Oriente Pucallpa dentro de los alcances del D.S. Nº 15-94-JUS, modificado por D.S. Nº 002-99-JUS RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 184-2009-INPE/P Lima, 16 de marzo de 2009 VISTO, el Ofi cio Nº 014-2009-INPE/23 de fecha 20 de enero de 2009, de la Ofi cina Regional Oriente Pucallpa, relativo a la resolución de delimitación del área territorial intangible correspondiente al Establecimiento Penitenciario de Huánuco de su jurisdicción y Ofi cio Nº 204-2009-INPE/08 de fecha 09 de marzo de 2009, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 014-2009-INPE/23 de fecha 20 de enero de 2009, la Directora General de la Ofi cina Regional Oriente Pucallpa del INPE, sustentado en el Informe Nº 003-2009-INPE/23.AL, señala que en salvaguarda de los intereses de la institución se debe declarar al Establecimiento Penitenciario de Huánuco dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 15-94- JUS y su modifi catoria Decreto Supremo Nº 002-99-JUS, pues el referido penal alberga internos sentenciados por delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas y otros delitos que revisten gravedad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 15-94-JUS se declaró como Zona Reservada las áreas donde funcionan los Establecimientos Penitenciarios y sus Dependencias conexas y, mediante Decreto Supremo Nº 002-99-JUS se modifi có el artículo segundo del citado dispositivo legal, a fi n de comprender un área territorial intangible paralela al límite del terreno donde se encuentran ubicados los Establecimientos Penitenciarios, en una extensión de doscientos (200) metros a su alrededor, con prohibición expresa de construir viviendas u otro tipo de edifi caciones dentro de ese perímetro; Que, como lo señalan los citados dispositivos legales, se debe declarar como Zona Reservada los Establecimientos Penitenciarios que albergan a internos por delitos de terrorismo, traición a la patria, tráfi co ilícito de drogas y otros delitos graves, a fi n de evitar fugas masivas, mediante la modalidad de construcción de túneles hacia zonas adyacentes; Que, el Establecimiento Penitenciario de Huánuco de la Ofi cina Regional Oriente Pucallpa alberga internos de máxima peligrosidad por los delitos considerados en los Decretos Supremos Nº 15-94-JUS y Nº 002-99-JUS, por lo que corresponde emitir el acto administrativo que declare como Zona Reservada dicho centro penitenciario, a efectos de que cuente con las condiciones de seguridad que garantice el normal desarrollo del régimen penitenciario; Contando con la visación de la Secretaría General y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 654, Decretos Supremos Nº 15-94-JUS y Nº 002-99-JUS, Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, y Resolución Suprema Nº 064-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar, al Establecimiento Penitenciario de Huánuco de la Ofi cina Regional Oriente Pucallpa, dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 15-94- JUS y su modifi catoria por el Decreto Supremo Nº 002- 99-JUS, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Comprender, un área territorial intangible paralela al límite del terreno del Establecimiento Penitenciario de Huánuco de la Ofi cina Regional Oriente Pucallpa, en una extensión de doscientos (200) metros a su alrededor, con prohibición expresa de construir viviendas u otro tipo de edifi caciones dentro de ese perímetro. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a Ofi cina Regional Oriente Pucallpa e instancias pertinentes para su conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ALEJANDRO LEÓN BALLÉN Presidente Consejo Nacional Penitenciario 354196-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Prorrogan el Cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración de Predios correspondiente al año 2008 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 114-2009/SUNAT Lima, 29 de mayo de 2009