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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MAYO DEL AÑO 2009 (30/05/2009)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 30 de mayo de 2009 396728 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen la reestructuración de procesos operativos de recepción de escritos y otros documentos en el Centro de Distribución General - CDG de la Corte Superior de Justicia del Callao CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 018-2009-CED-CSJC/PJ Callao, 20 de mayo de 2009 VISTO: El Informe remitido por la Comisión de Reestructuración de Procesos Operativos de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO: Que, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital, entre otras, vigilar la pronta administración de justicia, adoptar las medidas que requiera el régimen interior del Distrito Judicial y adoptar los acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de las Cortes Superiores de Justicia funcionen con efi ciencia y oportunidad; Que, en el proceso operativo de recepción de escritos y otros documentos presentados al Centro de Distribución General – CDG (Mesa de Partes Automatizada) hasta su entrega al Especialista de los Juzgados Civiles, de Familia y Laborales se realiza un paso previo innecesario como es la entrega de dichos documentos a un servidor del Centro de Distribución Modular (CDM) de cada especialidad para que éste a su vez los entregue al Especialista de cada Juzgado. Asimismo en el proceso operativo de notifi car las Resoluciones Judiciales, el Especialista entrega las cédulas de notifi cación a otro servidor del mimo centro de Distribución Modular y éste a su vez los entrega a la Central de Notifi caciones para que notifi quen al destinatario o justiciable. Finalmente en el proceso operativo de devolución de los cargos de notifi cación, la Central de Notifi caciones entrega dichos cargos a un servidor del Centro de Distribución Modular para que éste a su vez los entregue al Especialista del Juzgado correspondiente; Que, dichos procesos operativos diseñados en un contexto distinto del que se vive hoy, deben ser reestructurados para lograr un servicio efi ciente y efi caz, eliminando el paso previo por el Centro de Distribución Modular, tanto en la entrega de escritos y otros documentos al Especialista así como en la entrega de cédulas de notifi cación y devolución de los cargos correspondiente, lo que nos ahorrará tiempo y costos en benefi cio tanto del Estado así como de los usuarios de la Administración de Justicia; Que, llama la atención que los procesos operativos antes mencionados no son de aplicación en las Salas Civiles, Salas Penales, Salas Mixtas, Juzgados Penales, tampoco lo son en los Juzgados de Paz Letrados, Juzgados del Distrito de Ventanilla, ni en los Juzgados Transitorios, cuyos procesos operativos son mas eficaces, por lo que nada justifica que los procesos operativos cuestionados mantengan su vigencia, cuando la población reclama mayor celeridad en la Administración de Justicia; Que, ante esta problemática, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, designó una Comisión de Reestructuración de Procesos Operativos para proponer alternativas de solución, habiéndose recibido el informe de visto cuyas conclusiones se pronuncian por eliminar el paso previo por el Centro Distribución Modular de cada especialidad, informe que mereció su aprobación por unanimidad en la Sesión Ordinaria del Consejo Ejecutivo Distrital de fecha veinte de mayo del año en curso, por lo que debe ofi cializarse dicho acuerdo; Por estos fundamentos, y estando a las facultades conferidas por el artículo 96º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Consejo Ejecutivo Distrital: RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir de la fecha, el Centro de Distribución General – CDG (Mesa de Partes Automatizada) entregará directamente al Especialista que corresponda de los Juzgados Civiles, de Familia y Laborales, los escritos y todo tipo de documentos, sin el paso previo por el Centro de Distribución Modular. Artículo Segundo.- DISPONER que a partir de la fecha, los Especialistas de los Juzgados Civiles, de Familia y Laborales entreguen las cédulas de notifi cación de las resoluciones judiciales con los recaudos correspondientes directamente a la Central de Notifi caciones, sin el paso previo por el Centro de Distribución Modular. Artículo Tercero: DISPONER que a partir de la fecha la Central de Notifi caciones de esta Corte Superior de Justicia entregue directamente los cargos de notifi cación al Especialista que corresponda de los Juzgados Civiles, de Familia y Laborales, sin el paso previo por el Centro de Distribución Modular. Artículo Cuarto.- PONGASE la presente Resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital, de los señores Magistrados de esta Corte Superior de Justicia, de los señores Administradores de los Centros Modulares, del Administrador del Centro de Distribución General y de la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. S.S. CESAR HINOSTROZA PARIACHI PEDRO G. CUETO CHUMAN OSWALDO ANCHANTE ANDRADE VICTOR J. ARBULU MARTINEZ JORGE A. GUIZADO SALCEDO 354484-1 Establecen Rol correspondiente al mes de junio del año 2009 para el Juzgado Penal de Turno Permanente Corte Superior de Justicia de Lima Consejo Ejecutivo Distrital RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 176-2009-CED-CSJLI/PJ Lima, 29 de mayo del 2009 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 164-2009-CED-CSJLI/ PJ, de fecha 30 de abril del año en curso; Resolución Administrativa Nº 130-2009-CE-PJ y Resolución Administrativa Nº 152-2009-CE- PJ, publicadas en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 14 de mayo del año en curso, emitidas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante Resolución Administrativa de vistos, signada con el Nº 164-2009-CED-CSJLI/PJ, el Consejo Ejecutivo Distrital programó el rol de turnos, correspondiente al mes de mayo del presente año, para el Juzgado Penal de Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, de conformidad con el numeral 6) del Art. 96º del TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.