Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2010 (24/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de MORDAZA de 2010

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Aprueban "Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Publicas Regional" del Gobierno Regional
CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2010-GRU/CR EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley de Reforma Constitucional, Capitulo XIV, Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de marzo del 2010, continuada el 24 de marzo del 2010; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Articulo 199º, estipula que "Los Gobiernos Regionales y Locales son fiscalizados por sus propios organos de fiscalizacion y por los organismos que tengan tal atribucion por mandato constitucional o legal y estan sujetos a control y supervision de la Contraloria General de la Republica, la que organiza un sistema de control descentralizado y permanente. Los mencionados gobiernos formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuentas de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a ley"; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley Nº 27902, establece en su numeral 3º del Articulo 8º Principios rectores de las politicas y la gestion regional - establece: Gestion moderna y rendicion de cuentas. La Administracion Publica Regional esta orientada bajo un sistema moderno de gestion y sometida a una evaluacion de desempeno. Los Gobiernos Regionales incorporaran a sus programas de accion los mecanismos concretos para la rendicion de cuentas a la ciudadania sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas de su gestion. La Audiencia Publica sera una de ellas. Los titulares de la administracion publica regional son gestores de los intereses de la colectividad y estan sometidos a las responsabilidades que la ley establezca; Que, la mencionada Ley Organica de Gobiernos Regionales en su Articulo 24º senala que el "Gobierno Regional realizara como minimo dos Audiencias Publicas Regionales al ano, una en la capital de la region y la otra en una provincia, en las que MORDAZA cuenta de los logros y avances alcanzados durante el periodo"; Que, de conformidad con lo prescrito en el Articulo 35º, literal c) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organizacion interna y presupuesto institucional. Del mismo modo es atribucion del Consejo Regional aprobar los documentos de gestion, Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), Manual de Organizacion y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignacion de Personal (CAP) de las instituciones publicas del Gobierno Regional, en concordancia con el Articulo 38º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el Articulo 15º literal a) de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; De conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Articulos 9º y 10º de la

Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, Nº 28968 y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo Regional de Ucayali, en Sesion Ordinaria de fecha 18 de marzo del 2010, continuada el 24 de marzo del 2010, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR el "Reglamento para el Desarrollo de las Audiencias Publicas Regional" del Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, el mismo que consta de siete (07) Titulos, siete (07) Capitulos, veinticuatro (24) Articulos y una (01) Disposicion Final que en anexo adjunto forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administracion, la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y/o en un diario de mayor circulacion local, a la Oficina de Sistemas su difusion a traves del MORDAZA web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Articulo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del acta. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali para su promulgacion. En Ucayali, a los veinticuatro dias del mes de marzo del ano dos mil diez. WILDER MORDAZA ALGUAYO ARGANDONA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, a los veintinueve dias del mes de marzo del dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 484520-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Declaran cumplidas obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito de El MORDAZA
RESOLUCION Nº 039-2010-MML-GDU-SPHU MORDAZA, 23 de marzo de 2010 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 17897-2009, mediante el cual la empresa LA FIDUCIARIA S.A., solicita la Recepcion de Obras de Habilitacion MORDAZA, para Uso de MORDAZA de Reglamentacion Especial ­ "RE", del terreno de 227,046.46m², denominado Urbanizacion "Los Parques de El Agustino", ubicado con frente a la MORDAZA MORDAZA (antes Av. Cementerio), en el distrito de El MORDAZA, provincia y departamento de Lima.

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