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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de abril de 2010 417809 Gerencia General, Ofi cina de Control de la Magistratura – OCMA, Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura - ODECMA - , Área de Desarrollo de la Presidencia y Ofi cina de Administración Distrital, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 485144-1 Establecen conformación de la Comisión de Coordinación de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales Distritales, Regionales y Nacionales en Materia Constitucional RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 328-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 21 de abril de 2010 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 252-2010-P-CSJLI/ PJ de fecha 24 de marzo del 2010, el Ofi cio S/N de fecha 25 de marzo del 2010 cursado por el doctor Oswaldo Alberto Ordóñez Alcántara y el Ofi cio Nº 012-2010-P- CCAPPJDRNMC-CSJLI/PJ de fecha 6 de abril del 2010 cursado por la doctora Alicia Gómez Carbajal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante resolución administrativa de vista, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima reconformó a los miembros de las Comisiones de Coordinación de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales Distritales, Regionales y/o Nacionales en materia Constitucional para el año judicial 2010 designada mediante Resolución Administrativa Nº 241-2010-P- CSJLI/PJ de fecha 5 de marzo del año en curso; Que, mediante ofi cio S/N de fecha 25 de marzo del 2010 el doctor Oswaldo Alberto Ordóñez Alcántara presenta su declinación a seguir perteneciendo como miembro Comisión de Coordinación de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales Distritales, Regionales y/o Nacionales en materia Constitucional para el año judicial 2010; Que, mediante Ofi cio Nº 012-2010-P-CCAPPJDRNMC- CSJLI/PJ de fecha 6 de abril del 2010 la doctora Alicia Gómez Carbajal en su calidad de Presidenta de la Comisión mencionada en el párrafo anterior, propone la designación de la doctora Zoila Alicia Távara Martínez en reemplazo del doctor Oswaldo Alberto Ordóñez Alcántara; Por las razones expuestas, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por aceptada la declinación formulada por el doctor Oswaldo Alberto Ordóñez Alcántara a seguir perteneciendo como miembro de la COMISIÓN DE COORDINACIÓN DE ACTOS PREPARATORIOS DE LOS PLENOS JURISDICCIONALES DISTRITALES, REGIONALES Y NACIONALES EN MATERIA CONSTITUCIONAL para el presente año judicial, la misma que quedará reconformada en lo sucesivo por los siguientes magistrados: DRA. ALICIA GÓMEZ CARBAJAL Juez Superior (T), Presidenta DRA. ZOILA ALICIA TÁVARA MARTÍNEZ DRA. EMILIA BUSTAMANTE OYAGUE DRA. DORIS MIRTHA CÉSPEDES CABALA DRA. MARCELA TERESA ARRIOLA ESPINO DR. RÓMULO TORRES VENTOCILLA Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Centro de Investigaciones Judiciales, Gerencia General, Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura, Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Protocolo y a los Magistrados Integrantes de las Comisiones, para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima 485157-1 Designan magistrada provisional integrante de la Segunda Sala Laboral de Lima y Juez Supernumerario del Vigésimo Segundo Juzgado Laboral de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 347-2010-P-CSJLI/PJ Lima, 20 de abril de 2010 VISTO y CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso Nº 20219-2010, el doctor Omar Toledo Toribio, Juez Superior Titular integrante de la Segunda Sala Laboral, solicita se le conceda licencia con goce de haber por motivos de capacitación, a fi n de participar como asistente y expositor en el “III Congreso de la Asociación Latinoamericana de Jueces del Trabajo” organizado por la Asociación Latinoamericana de Jueces de Trabajo, los días del 26 al 28 de abril del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, estando a la licencia del doctor Toledo Toribio. Que, resulta pertinente precisar que la novísima Ley de la Carrera Judicial, en su artículo sesenta y cinco, defi ne y clasifi ca la nomenclatura de los jueces en Titulares, Provisionales, Supernumerarios; es así que el inciso tercero del citado artículo denomina como Jueces Supernumerarios a aquellos que “(…no habiendo obtenido la plaza de Juez Titular aceptan incorporarse al registro de jueces supernumerarios en su nivel siempre y cuando se encuentren en el cuadro de aptos elaborado por el Consejo Nacional de la Magistratura, a efectos de cubrir plazas vacantes conforme al artículo doscientos treinta y nueve de la Ley Orgánica del Poder Judicial…)”. Que, bajo este contexto, de conformidad con la norma antes referida, se desprende que en adelante se denominará como Jueces Supernumerarios, a los magistrados que antes eran nombrados Jueces Suplentes, por cuanto la nomenclatura y las características de los antes denominados Jueces Titulares y Provisionales, aún se mantiene en la “Ley de la Carrera Judicial”. Que, no obstante ello, la norma antes acotada, establece requisitos para el nombramiento de los Jueces Supernumerarios; sin embargo, debido a lo reciente del citado cuerpo normativo, tales requerimientos formales se encontrarían en implementación por parte de los entes encargados de ello; razón por la cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, ante la necesidad de cubrir plazas vacantes en los distintos órganos jurisdiccionales de éeste Distrito Judicial, se ve en la necesidad de nombrar Jueces Supernumerarios de reconocida idoneidad y probidad para ejercer el cargo como magistrado, con la fi nalidad de brindar un adecuado servicio de justicia a la comunidad y no permitir que se vea afectada la gran expectativa de los justiciables respecto a la pronta solución de sus confl ictos judicializados, debido a falencias de orden meramente formal. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su