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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2010 (24/04/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 24 de abril de 2010 417814 Autorizan viaje de profesional para participar en evento que se llevará a cabo en los EE.UU. RESOLUCIÓN SBS N° 3320-2010 Lima, 23 de abril de 2010 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La convocatoria realizada por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la Universidad de Columbia, a fi n de participar en el programa “International Financial Issues in Emerging Markets”, el mismo que se llevará a cabo del 26 al 30 de abril de 2010, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; CONSIDERANDO: Que, el citado evento está especialmente diseñado para funcionarios públicos de países emergentes involucrados en el diseño de políticas pública, lo cual permitirá asimismo conocer los puntos de vista de supervisores y especialistas de otros países emergentes, y tiene como principal objetivo la exposición y discusión de aspectos relacionados con el entorno fi nanciero internacional con especial énfasis en los mercados emergentes, el desarrollo, la resolución y las lecciones de las crisis bancarias, incluida la “subprime”, así como el impacto de los shocks internacionales en los sistemas fi nancieros y las nuevas tendencias en la regulación fi nanciera; Asimismo, el evento tiene la ventaja de relacionar los tópicos del sistema fi nanciero con la política monetaria y fi scal, lo cual contribuirá al diseño y desarrollo de la regulación macro prudencial, que constituye la nueva tendencia en los estándares internacionales de supervisión bancaria; Que, en tanto los temas a tratar en el citado evento serán de utilidad y especial interés para SBS, particularmente para el Departamento de Regulación, que se benefi ciará al obtener mayor información sobre los nuevos desarrollos que se vienen dando en las materias citadas, lo que contribuirá al mejor diseño del marco regulatorio aplicable a los sistemas supervisados, se ha designado en esta oportunidad para que participe en el mencionado evento, al señor Jimmy Julio Izu Kanashiro, Analista Principal de Regulación, del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la Superintendencia de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS); Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-13, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado profesional para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2009, Nº SBS- DIR-ADM-085-13; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Jimmy Julio Izu Kanashiro, Analista Principal de Regulación, del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, a la ciudad Nueva York, Estados Unidos de América del 24 de abril al 01 de mayo de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado profesional, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 875.96 Viáticos US$ 1,320.00 Tarifa CORPAC US$ 31.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE TAM FOX Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 485564-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE JUNIN Aprueban transferencia de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables a favor de Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 085-2010-GRJUNIN/DREM Huancayo, 15 de abril de 2010 VISTO: El Expediente Nº 1901606 sobre otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de Generación de Energía Eléctrica con Recursos Energéticos Renovables, organizado por Hidroeléctrica Santa Cruz S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Electrónica N° 11966962 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral Lima; y el Expediente N° 771-2010, sobre solicitud de transferencia de concesión, presentada el 12 de marzo de 2010. CONSIDERANDO: Que, el inciso “d” del artículo 59° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que es función de los Gobiernos Regionales “Impulsar proyectos y obras de generación de energía y electrifi cación urbano rurales, así como para el aprovechamiento de Hidrocarburos de la Región. Asimismo, otorgar concesiones para mini centrales de generación eléctrica”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 050-2006- MEM/DM, publicada el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 18 de noviembre del 2006 se formalizo la transferencia de la función establecida inciso d) del artículo 59 de la ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 056- 2009-EM, precisa la facultad transferida a los Gobiernos Regionales relativa al otorgamiento de autorizaciones