Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2010 (12/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de agosto de 2010

b) La puesta a tierra sera instalada de acuerdo a las prescripciones del Codigo Nacional de Electricidad Suministro. c) La puesta a tierra en cada una de las subestaciones en general se constituira en una red unica, a la que deben ser conectadas todas las partes metalicas que por MORDAZA u otra causa accidental puedan estar expuestas a tensiones y corrientes peligrosas. d) El dimensionamiento de la puesta a tierra debe garantizar en casos de MORDAZA tensiones de paso y contacto no superiores a las recomendadas por las normas Internacionales aplicables. e) La puesta a tierra para las estructuras metalicas de la catenaria, estara conectada directamente a la tierra de tunel o de estacion. f) Todas las partes metalicas (pasamanos, mallas de proteccion, barandas, etc.), en las estaciones o en otros locales que, por defecto del aislamiento electrico o por otras causas accidentales pudieran quedar con tension, deberan estar conectadas a la red de tierra de proteccion. g) En las subestaciones y estaciones se instalaran dispositivos cortocircuitadores riel ­ tierra, para garantizar la seguridad de los pasajeros. 21. En lo que respecta a la catenaria, debe tomarse en cuenta lo siguiente: a) Las caracteristicas geometricas, electricas y mecanicas, asi como los valores de tolerancias maximas y minimas del voltaje nominal para el diseno de la catenaria deberan ser concordantes con los requisitos establecidos en las normas internacionales aplicables. b) La densidad de corriente no debe exceder de 4 A/mm2 en regimen MORDAZA y de 6 A/mm2 durante un periodo de 3 minutos. c) La catenaria debera instalarse en forma poligonal, desplazandose hacia cada lado de la linea imaginaria que va paralela al eje de la via ferrea, para evitar el desgaste de la superficie de contacto del pantografo en el mismo punto donde se produce el contacto. d) La flexibilidad o rigidez vertical de la catenaria debera ser lo mas homogenea posible a lo largo de cada vano, para evitar que se produzcan vibraciones de la linea aerea. e) La variacion de altura del hilo de contacto sobre la via, para velocidades de hasta 100 km/h, se realizara con gradientes maximas de 5/1000 en los extremos y 10/1000 en el centro. f) En la catenaria, la distancia de aislamiento entre el hilo de contacto y el galibo de material rodante sera de 200 milimetros como minimo. g) La catenaria debera subdividirse en sectores electricos. Los sectores electricos poseeran un aislamiento intermedio convenientemente localizado y dotado de llaves seccionadoras sin carga, a fin de permitir la deteccion de averias y tambien la interrupcion de las secciones electricas en casos de emergencia. h) La catenaria a ser utilizada en tunel estara compuesta por uno o mas hilos de contacto tensionados o MORDAZA rigida, y la seccion conductora total debera ser igual a la seccion en via a MORDAZA abierto. El hilo de contacto sera fijado al techo del tunel por apoyos elasticos. Este MORDAZA de construccion debera permitir el mantenimiento de la catenaria dentro del reducido espacio vertical reservado. Articulo 21.- Aspectos relacionados a patios que deben ser tomados en consideracion en la elaboracion del proyecto En la elaboracion del proyecto, los proyectistas deben tomar en cuenta lo siguiente: 1. La via ferrea en operacion comercial debera contar con un patio taller. En caso que la longitud de la via ferrea sea superior a los 25 kilometros, debera ademas, contar con un patio de maniobras. 2. El perimetro del patio debera encontrarse cercado. 3. En los patios deben construirse veredas y caminos para el MORDAZA peatonal y vehicular, con las correspondientes senales de seguridad y MORDAZA correspondientes. En los cruces con la via ferrea deben implementarse pasos a nivel 4. El patio taller debe contar como minimo con las siguientes instalaciones:

a) Fosas de inspeccion y reparaciones menores para vehiculos ferroviarios. b) MORDAZA de lavado. c) Talleres de mantenimiento y reparaciones mayores, totalmente equipados, para vehiculos ferroviarios. d) Vias de estacionamiento. e) Cambiavias y vias de maniobras. f) Vias de prueba de funcionamiento para vehiculos ferroviarios. g) Edificios auxiliares: almacenes, talleres, edificios administrativos, edificios para vestuarios, servicios higienicos, topico. h) Estacionamiento para vehiculos pesados y livianos. 5. El patio de maniobras debe contar como minimo con las siguientes instalaciones: a) Fosas de inspeccion y reparaciones menores para vehiculos ferroviarios. b) Vias de estacionamiento. c) Cambiavias y vias de maniobras. d) Edificios auxiliares: almacenes, talleres, edificios administrativos, edificios para vestuarios, servicios higienicos, topico. e) Estacionamiento para vehiculos pesados y livianos. 6. Los edificios y talleres deberan contar con el siguiente equipamiento: a) Sistema de agua contra incendios. b) Sistema de alarma contra incendios. c) Sistema de agua potable. d) Sistema de desague. e) Sistema de ventilacion. f) Sistema telefonico. g) Difusion sonora. h) Sistema de alumbrado. i) Instalaciones de aire comprimido Articulo 22.- Otros aspectos que deben ser tomados en consideracion en la elaboracion del proyecto En la elaboracion del proyecto, los proyectistas deben tomar en cuenta lo siguiente: 1. Contemplar lo dispuesto por las normas aplicables y los proyectos relacionados con la planificacion de la ciudad. 2. Las obras de arte (alcantarillas, puentes, tuneles, entre otros) deben estar orientadas adecuadamente y preparadas para soportar las cargas e impactos actuantes de los vehiculos ferroviarios. 3. En caso de construir vias ferreas en superficie, debera considerarse el criterio de segregacion que involucra la colocacion de cercos perimetricos a lo largo de la via, con la finalidad de evitar el paso peatonal. CAPITULO IV CONSTRUCCION, PUESTA EN SERVICIO Y RETIRO DEFINITIVO Articulo 23.- Solicitud para construir infraestructura ferroviaria El interesado en construir infraestructura ferroviaria, presentara a la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, una solicitud consignando los nombres y apellidos, direccion, telefono, correo electronico y cargo del representante legal que la suscribe, asi como el nombre, direccion y numero del Registro Unico de Contribuyentes de la empresa a quien representa. Adicionalmente presentara un expediente conteniendo lo siguiente: a) MORDAZA del Documento Nacional de Identidad y de los poderes del representante legal. b) Estudio de impacto ambiental aprobado por la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. c) Certificado de inexistencia de restos arqueologicos (SIRA) emitido por el Instituto Nacional de Cultura - INC. d) Titulo que acredite la propiedad o legitima posesion de los terrenos a utilizar.

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