Norma Legal Oficial del día 03 de febrero del año 2010 (03/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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XII. ANEXOS

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 3 de febrero de 2010

Publicado en el MORDAZA electronico de la SUNAT (www. sunat.gob.pe) Anexo 1. Formulario Reingreso / Salida y cartilla de instrucciones. Articulo 2º.- Dejase sin efecto el Procedimiento "Retorno de Mercancias" INTA-PE.02.02 (version 2), aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas 000539-2003/SUNAT/A publicada el 06.12.2003. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria 453232-2

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL
Modifican la Directiva de Seleccion, Acreditacion, Inscripcion, Designacion y Obligaciones de los Delegados y Verificadores Ad Hoc del INDECI
RESOLUCION JEFATURAL Nº 011-2010-INDECI 19 de enero de 2010 VISTOS: el Memorando Nº 0051-2010-INDECI/10.3 de fecha 12 de enero de 2010, a traves del cual la Direccion Nacional de Prevencion remite la propuesta de modificacion de la Directiva Nº 013-2009-INDECI, "Directiva de Seleccion, Acreditacion, Inscripcion, Designacion y Obligaciones de los Delegados y Verificadores Ad-Hoc del INDECI" y de su Anexo 01; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Ley Nº 19338 Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, sus normas modificatorias y ampliatorias, el Instituto Nacional de Defensa Civil-INDECI, es el Organo rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI; Que, el articulo 44º de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Sistemas estan a cargo de un Ente Rector que se constituye en su autoridad tecnico - normativa a nivel nacional, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ambito; coordina su operacion tecnica y es responsable de su correcto funcionamiento; Que, mediante Ley Nº 27157 - Ley de Regularizacion de Edificaciones, del procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun se establecieron los procedimientos para el saneamiento de la titulacion y de unidades inmobiliarias en las que coexisten bienes de propiedad exclusiva y de propiedad comun, tales como departamentos en edificios, quintas, MORDAZA en copropiedad, centros y galerias comerciales o MORDAZA feriales, otras unidades inmobiliarias con bienes comunes y construcciones de inmuebles de propiedad exclusiva, asi como el procedimiento para la tramitacion de la declaratoria de fabrica y el regimen legal de las unidades inmobiliarias que comprenden bienes de propiedad exclusiva y de propiedad comun; Que, el Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Regularizacion de Edificaciones, del procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de propiedad Exclusiva y de Propiedad

Comun, aprobado por D.S Nº 035-2006-VIVIENDA establece que el INDECI es una de las entidades rectoras que pueden acreditar Verificadores Ad-Hoc, para cautelar la seguridad de las edificaciones de mas de cinco pisos, los centros y galerias comerciales, los MORDAZA feriales, los establecimientos de hospedaje, los edificios de concentracion masiva de publico asi como designar Delegados Ad Hoc para la calificacion de proyectos en los que, por mandato de la ley o caracteristicas especiales del proyecto, se requiera la opinion de entidades rectoras; Que, la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, cuyo Reglamento ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2008VIVIENDA, ha derogado el Titulo II de la Ley Nº 27157, regulando dicha Ley las modalidades de aprobacion para la obtencion de la Licencia de Edificacion, habiendo incorporado el procedimiento de aprobacion de la Licencia para Habilitaciones Urbanas, entre otros aspectos, manteniendo la intervencion de los Delegados Ad Hoc con las modificaciones correspondientes; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 12.3 del articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 29090, Ley de regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, el INDECI debe elaborar la relacion de profesionales que actuaran como Delegados Ad hoc, respecto del cual se considera necesario que el publico en general cuente con la informacion tanto de los Delegados, como de los Verificadores Ad Hoc del INDECI, correspondiendo por dicho motivo crear un Padron Virtual, al que se pueda acceder mediante la pagina web del INDECI; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 346-2009INDECI de fecha 18 de diciembre de 2009, el INDECI aprobo la Directiva Nº 013-2009-INDECI, "Directiva de Seleccion, Acreditacion, Inscripcion, Designacion y Obligaciones de los Delegados y Verificadores AdHoc del INDECI" y sus 19 anexos; MORDAZA que regula los procedimientos que deben seguir las Direcciones Regionales del INDECI y la Direccion Nacional de Prevecion; asi como las obligaciones de los Delegados y Verificadores Ad Hoc, a fin de dar cumplimiento a los dispositivos precitados; Que, la Direccion Nacional de Prevencion mediante el documento de Vistos solicita se modifique la precitada Directiva, a fin de incorporar un criterio tecnico en la evaluacion de los curriculum de los profesionales que postulan para ser acreditados como Delegados Ad Hoc en el caso especifico de las Habilitaciones Urbanas, que pertenecen a las especialidades de Geografo e Ingenieria Geografo y que no cuentan con la condicion de Inspector Tecnico de Seguridad en Defensa Civil; Que, la Direccion Nacional de Prevencion en base al mismo criterio tecnico senalado en el considerando precedente solicita tambien la modificacion del Anexo Nº 01 correspondiente al "Formato de Solicitud del Postulante al MORDAZA de Seleccion de Delegados y Verificadores Ad Hoc" en cuyo numeral 5 se exige, sin ninguna excepcion, la MORDAZA de la Ficha Record de Inspecciones Tecnicas de Seguridad en Defensa Civil; Con las visaciones de la Sub Jefatura, Oficina de Asesoria Juridica y Direccion Nacional de Prevencion; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, Decreto Ley Nº 19338 y sus normas modificatorias y ampliatorias; en uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 059-2002-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INCORPORAR el literal g) al numeral 2.1.4 de la Directiva Nº 013-2009-INDECI "Directiva de Seleccion, Acreditacion, Inscripcion, Designacion y Obligaciones de los Delegados y Verificadores Ad-Hoc del INDECI" y sus 19 (diecinueve) anexos, aprobada por Resolucion Jefatural Nº 346-2009INDECI, con el siguiente texto: "2.1.4. PUNTAJE ASIGNADO A LOS REQUISITOS (...) g) Experiencia en la elaboracion de Planes de Ordenamiento y/o Acondicionamiento Territorial: MORDAZA

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