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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (03/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 21

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 3 de febrero de 2010 412695 Que, mediante Memorándum Nº 391-2010-MTC/14 de fecha 02 de febrero de 2010, el Director General de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, en mérito del Informe Nº 065-2010-MTC/14.07, ha considerado procedente la reclasifi cación temporal de la jerarquía de la Ruta Vecinal o Rural Nº CU-599 de Trayectoria: Emp. PE-28 B (Ollantaytambo) – Tanccac – Machu Picchu, a la Red Vial Nacional, asignándosele el Código Temporal Nº PE-28 H; Que, de acuerdo con los numerales 6.1 y 6.2 del artículo 6 del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 006-2009-MTC, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquización del Sistema Nacional de Carreteras y las autoridades competentes para la aplicación del referido Reglamento, son el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organización del Estado; Que, de conformidad con el numeral 10.2 del artículo 10 del referido Reglamento, se establece que las autoridades competentes podrán proponer de común acuerdo la reclasifi cación de las carreteras de cualquiera de las Redes Viales del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), ubicadas en el ámbito de su jurisdicción, con el correspondiente sustento técnico y en concordancia con los criterios del artículos 8, la cual será aprobada por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Resolución Ministerial e incorporada al Clasifi cador Rutas y al Registro Nacional de Carretera (RENAC); Que, el numeral 10.3 del citado artículo del Reglamento, establece que las Municipalidades Distritales que requieran formular propuestas de reclasifi cación, deberán requerir, previamente, la conformidad de las Municipalidades Provinciales a cuya jurisdicción pertenecen; asimismo, prevé que las propuestas que hayan merecido dicha conformidad, serán tramitadas, ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por la Municipalidad Provincial, a través del Gobierno Regional correspondiente; Que, asimismo el artículo 9 del citado Reglamento, dispone que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, efectuar la Clasifi cación de las Carreteras que conforman el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC) en aplicación a los criterios establecidos en el artículo 8 del Reglamento, considerando para tales efectos la información que proporcionen las autoridades competentes a que se refi ere el artículo 6 del referido Reglamento; Que, mediante Decreto Supremo Nº 044-2008- MTC, se aprobó la actualización del Clasifi cador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), incorporándose a dicho cuerpo legal el artículo 5-A de la Clasifi cación Temporal de Carreteras, a través del Decreto Supremo Nº 026-2009-MTC, estableciendo que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones podrá disponer, a petición de las autoridades competentes previstas en el artículo 6 del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC y modifi cado por Decreto Supremo Nº 006-2009-MTC, la reclasifi cación temporal de una vía, mediante Resolución Ministerial; y que, para tramitar dicha reclasifi cación, la autoridad solicitante deberá acreditar ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que cuenta con los recursos presupuestales correspondientes; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – Provías Nacional, ha señalado que cuenta con la disponibilidad presupuestal para ejecutar las obras en el tramo de la Ruta Vecinal o Rural Nº CU-599 de Trayectoria: Emp. PE-28 B (Ollantaytambo) – Tanccac – Machu Picchu; Que, en consecuencia, estando a lo solicitado por la Municipalidad Distrital de Ollantaytambo con conocimiento de la Municipalidad Provincial de Urubamba, y por el Gobierno Regional de Cusco; y, a lo informado por la Dirección Ejecutiva del Provías Nacional y la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, resulta necesario reclasifi car la jerarquía de la Ruta Vecinal o Rural Nº CU-599 de Trayectoria: Emp. PE-28 B (Ollantaytambo) – Tanccac – Machu Picchu, como Ruta Nacional, asignándosele el Código Temporal Nº PE-28 H; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 017-2007-MTC, Nº 006-2009-MTC, Nº 044-2008-MTC y Nº 026-2009-MTC, así como el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Reclasifi car temporalmente la Ruta Vecinal o Rural Nº CU-599 de Trayectoria: Emp. PE-28 B (Ollantaytambo) – Tanccac – Machu Picchu, como parte de la Red Vial Nacional, asignándosele el Código Temporal Nº PE-28-H. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 453611-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR Dan por terminada designación de Jefe de Recursos Humanos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 024-10-IPEN/PRES Lima, 2 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia No.122-09- IPEN/PRES de fecha 29 de mayo de 2009, se designó a la abogada Carla Paola Castillo Silva en el cargo de confi anza de Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, Nivel D-2, del Instituto Peruano de Energía Nuclear; Que, esta Presidencia ha visto necesario efectuar acciones sobre personal; De conformidad con el artículo 3° de la Ley N° 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y con los artículos 9º y 10º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo No. 062- 2005-EM; Con el visto de la Directora Ejecutiva; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por terminada a partir de la fecha, la designación de la abogada Carla Paola Castillo Silva, en el cargo de confi anza de Jefe de Recursos Humanos, Nivel D-2, del Instituto Peruano de Energía Nuclear, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- La presente Resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal de transparencia de la página web del IPEN. Regístrese y comuníquese. CARLOS BARREDA TAMAYO Presidente 453451-1 Designan Jefe de Recursos Humanos RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 025-10-IPEN/PRES Lima, 2 de febrero de 2010 VISTO: La Resolución de Presidencia N° 024-10- IPEN/PRES de fecha 02 de febrero de 2010.