Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2010 (23/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2010

NORMAS LEGALES

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VISTOS: El Oficio Nº 553-2010-ETI-PJ, remitido por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal; Oficio Nº 159-2010-DPD/PJ, del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Dextre; Informe Nº 0922010-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia General del Poder Judicial; Oficio Nº 024-2010-MPP-ALC, del MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Pisco; y Oficio Nº 001-2010-AA-PISCO, cursado por el Presidente de la Asociacion de Abogados de la Provincia de Pisco; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, y el Presidente de la Asociacion de Abogados de la citada provincia han formulado propuesta de implementacion de la Sala Penal de Apelaciones en la Provincia de MORDAZA y un Juzgado de la Investigacion Preparatoria en el Distrito de San MORDAZA, Provincia de MORDAZA, Distrito Judicial de Ica, respectivamente; Segundo: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolucion Administrativa Nº 053-2008-CE-PJ del 25 de febrero de 2008, las Comisiones de Magistrados para la Implementacion del Codigo Procesal Penal en los Distritos Judiciales en donde tenga vigencia el MORDAZA sistema procesal, tienen la responsabilidad de coordinar con el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y la Secretaria Tecnica del citado Equipo Tecnico, para los fines de realizar el monitoreo y evaluacion permanente y de esa forma proponer las acciones administrativas y de control pertinentes que al respecto MORDAZA lugar en sus respectivas sedes judiciales; Tercero: Que, en ese orden de ideas y estando a lo expuesto por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal concordante con el contenido del Informe Nº 092-2010-SEP-GP-GGPJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia General del Poder Judicial; de conformidad con lo acordado en el acta de sesion de trabajo y acuerdo suscrito entre los miembros de la Comision de Implementacion del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, y considerando que este Poder del Estado tiene como politica institucional la de adoptar medidas en aras de un optimo servicio de imparticion de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; deviene en necesario dictar medidas complementarias a las ya impartidas en el citado Distrito Judicial para la adecuada implementacion del MORDAZA sistema procesal penal; todo ello en estricta consonancia con los limitados recursos existentes para dicho proposito; Cuarto: Que, los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que el Juzgado de Paz Letrado con sede en MORDAZA, Provincia del mismo nombre, Distrito Judicial de Ica, en adicion de funciones asuma competencia como Juzgado de la Investigacion Preparatoria del Distrito de San MORDAZA, Provincia del mismo nombre. Articulo Segundo.- Desestimar, por ahora, el pedido para que la Sala Mixta Descentralizada de la Provincia de MORDAZA tenga competencia en adicion a sus funciones como Sala de Apelaciones y Sala Penal Liquidadora, debido a razones de caracter presupuestal y carga procesal. Articulo Tercero.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de Ica y a la Gerencia General del Poder Judicial en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion

e implementacion del Codigo Procesal Penal; incluyendo las que para dicho efecto el Presidente del citado Distrito Judicial deba adoptar de manera complementaria para la adecuada distribucion de la carga procesal de los organos jurisdiccionales y de numeracion a que MORDAZA lugar, y que en tal sentido resulten pertinentes para la aplicacion de esta decision; informando al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Articulo Cuarto.- Transcribase la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Corte Superior de Justicia de Ica, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA STEIN MORDAZA O. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 522754-2

Disponen que la Corte Superior de Justicia de MORDAZA adopte medidas para remitir al Juzgado Especializado en materia de Ejecucion de Sentencias Supranacionales las sentencias emitidas por Tribunales Internacionales en materia de Derechos Humanos
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 193-2010-CE-PJ MORDAZA, 2 de junio de 2010 VISTA: La Carta cursada por el senor MORDAZA Soberon Garrido, Director de la Asociacion Pro Derechos Humanos, APRODEH, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolucion Administrativa N° 089-2010-CE-PJ, emitida con fecha 11 de marzo del ano en curso, se establecieron una serie de medidas para la implementacion de las disposiciones previstas en la legislacion internacional asi como nacional con relacion al cumplimiento de sentencias emitidas por Tribunales Internacionales en materia de Derechos Humanos; para lo cual entre otras se dispuso la conversion del MORDAZA Octavo Juzgado Especializado Civil del Distrito Judicial de MORDAZA en Juzgado Especializado en materia de Ejecucion de Sentencias Supranacionales, y que las sentencias emitidas por el Tribunal Internacional luego de ser transcritas por el Ministerio de Relaciones Exteriores al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, MORDAZA remitidas a la Sala en que se agoto la jurisdiccion interna, disponiendo su ejecucion por el Juez Especializado en Ejecucion de Sentencias Supranacionales, con caracter supra provincial, con sede en la Corte Superior de Justicia de Lima; Segundo: Al respecto, el Director de la Asociacion Pro Derechos Humanos, APRODEH, organismo no gubernamental dedicado a la defensa y promocion de los derechos fundamentales, refiere que no obstante lo dispuesto por este Organo de Gobierno, ha tomado conocimiento que las copias o transcripciones de sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos no habrian sido remitidas al Juzgado Especializado en Ejecucion de Sentencias Supranacionales; asi como tampoco se habrian dispuesto las acciones administrativas a fin que dicho organo jurisdiccional pueda tramitar peticiones y emitir resoluciones sobre el particular;

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