Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2010 (27/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 2010

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES
Disponen la exclusion de acciones comunes representativas del capital social de Transacciones Especiales S.A. del Registro Publico del MORDAZA de Valores
RESOLUCION DIRECTORAL DE EMISORES Nº 042-2010-EF/94.06.3
MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2010 VISTOS: El expediente N° 201015707 asi como el Informe Interno N° 0312 -2010-EF/94.06.3, del 20 de MORDAZA de 2010, de la Direccion de Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 5754-99-EF/94.50, del 15 de diciembre de 1999, se inscribieron en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, las acciones comunes representativas del capital social de Transacciones Especiales S.A.; Que, en junta universal de accionistas de Transacciones Especiales S.A., celebrada el 07 de MORDAZA de 2010, se acordo unanimemente el deslistado de las acciones comunes representativas del capital social del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA y del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, mediante escrito del 06 de MORDAZA de 2010, Transacciones Especiales solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A., el deslistado de las acciones comunes representativas del capital social del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA asi como su exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores; Que, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a CONASEV su decision de admitir el deslistado de los valores mencionados en el considerando anterior y de elevar el expediente a CONASEV para los fines correspondientes; Que, el articulo 37, inciso a), del Texto Unico Ordenado de la Ley de MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27, inciso a), del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, establece como causal para la exclusion de un valor cuando el deslistado de los mismos sea solicitado por el emisor o titulares de los valores siempre y cuando se cuente con el MORDAZA favorable de quienes representan no menos de 2/3 partes de los valores emitidos; Que, asimismo el articulo 38 del Texto Unico Ordenado de la Ley de MORDAZA de Valores y el articulo 32 del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, dispone que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de las acciones comunes representativas del capital social de Transacciones Especiales S.A. se encuentra dentro del supuesto de excepcion a la realizacion de una Oferta Publica de Compra contemplado en el articulo 37, inciso c), del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion; Que, el articulo 2, numeral 2), de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de CONASEV, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de valores mobiliarios objeto de oferta publica, o a la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores, deben ser difundidas a traves del Boletin de

Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la pagina de CONASEV en internet; y, Estando a lo dispuesto por el articulo 52 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores y el articulo 36 del Reglamento de Organizacion y Funciones de CONASEV aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2007-EF, que faculta a la Direccion de Emisores a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de las acciones comunes representativas del capital social de Transacciones Especiales S.A. del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- Disponer la exclusion de los valores senalados en el articulo anterior del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3º.- La presente resolucion debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 4°.- Transcribir la presente resolucion a Transacciones Especiales S.A., a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de Emisores (e) Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores

497418-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Sancionan a personas juridicas y natural con inhabilitacion temporal en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 826-2010-TC-S3
Sumilla: Es pasible de sancion el postor que presenta documentos inexactos ante el Registro Nacional de Proveedores, entendiendose por tales aquellos que contienen manifestaciones no concordantes con la realidad, es decir, cuando se produzca un falseamiento de esta. MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2010 VISTO en sesion de fecha 30 de MORDAZA de 2010 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado el Expediente Nº 3820/2008.TC, sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la empresa INVERSIONES Y REPRESENTACIONES J.R. E.I.R.L., por haber incurrido en supuesta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta ante el Registro Nacional de Proveedores, durante su tramite de renovacion de su inscripcion como consultor de obras, y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. De acuerdo con lo informado por el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el hoy denominado Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), en adelante la Entidad, mediante su Informe Nº 1383-2008-SRNP/FP, el 23 de MORDAZA de 2007 la empresa INVERSIONES Y REPRESENTACIONES J.R. E.I.R.L. solicito la renovacion de su inscripcion como consultor de obras ante el RNP, la cual fue aprobada mediante Resolucion de Subdireccion Nº 1091/2007-CONSUCODE/SRNP del 25 de junio de 2007, y otorgo a favor de la citada empresa la Especialidad de Consultoria en OBRAS MENORES (7), a cuyo efecto se le expidio el Certificado de Inscripcion Nº

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