Norma Legal Oficial del día 12 de octubre del año 2010 (12/10/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 12 de octubre de 2010

Por estos fundamentos, de conformidad con el informe de la Vocal Ponente Dra. Wina Isasi MORDAZA y la intervencion de los Senores Vocales Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Dr. MORDAZA Zumaeta Giudichi; atendiendo a la conformacion de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado segun lo dispuesto en la Resolucion Nº 190-2010-OSCE/PRE de fecha 29 de marzo de 2010, en ejercicio de las facultades conferidas en el articulo 63º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, y su MORDAZA disposicion complementaria transitoria, asi como los articulos 17º y 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2009-EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el debate correspondiente, por unanimidad; LA SALA RESUELVE: 1. Sancionar al senor MORDAZA MORDAZA AURICH MORDAZA con nueve (09) meses de inhabilitacion temporal para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado por la comision de la infraccion tipificada en el numeral 9 del articulo 294 del Reglamento; sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la presente resolucion. 2. Poner la presente resolucion en conocimiento de la Subdireccion del Registro del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) para las anotaciones de ley correspondientes. 3. Poner en conocimiento del Ministerio Publico la presente resolucion, de acuerdo a los fundamentos expuestos. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA ZAVALA. ZUMAETA GIUDICHI. ISASI BERROSPI. 553392-3 TRIBUNAL DE CONTRATACIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 1840-2010-TC-S4 Sumilla: "(...) el Postor no ha indicado o descrito a que se debe la variacion de precios ni tampoco ha presentado documentacion mediante la cual se verifique que el incremento del precio se debio a una causa ajena a su voluntad o si es que en realidad cometio un error al momento de plantear su oferta economica (...)" MORDAZA, 29 de setiembre de 2010 VISTO en sesion de fecha 29 de setiembre de 2010 de la Cuarta Sala del Tribunal de Contrataciones del Estado, el Expediente Nº 273/2009.TC sobre el procedimiento administrativo sancionador iniciado en contra del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su supuesta responsabilidad consistente en no haber mantenido su oferta hasta la suscripcion del contrato materia del MORDAZA de seleccion Nº 001-2008-CAPCA-MPH para la "Adquisicion de Productos Alimenticios para el Programa de Complementacion Alimentaria", y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. Con fecha 03 de junio de 2008, la Municipalidad Provincial de Huancayo, convoco el MORDAZA Nº 0012008-CAPCA-MPH para la "Adquisicion de Productos Alimenticios para el Programa de Complementacion Alimentaria", MORDAZA de seleccion por items1 convocado bajo el ambito de la Ley Nº 277672 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004MIMDES. El valor referencial del referido MORDAZA ascendia a S/.282,124.93 (Doscientos ochenta y dos mil ciento veinte y cuatro con 93/100 Nuevos Soles).

2. El 17 de junio de 2008, se llevo a cabo el acto de MORDAZA de propuestas y otorgamiento de la buena pro, la cual fue prorrateada entre todos los postores. De este modo, se otorgo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en adelante el Postor, la buena pro prorrateada correspondiente a 4,500.00 Kilos de Maiz Amilaceo (Item Nº 03), 3,132.00 Kilos de MORDAZA Tostado Partido (Item Nº 04) y 1,835.95 Kilos de Arveja Seca Entera (Item Nº 06) por un monto total ascendente a S/. 21,945.83 (Veinte y uno mil novecientos cuarenta y cinco con 23/100 Nuevos Soles). 3. El 22 de enero de 2009, la Entidad denuncio al Postor por su supuesta responsabilidad consistente en no haberse presentado para suscribir el contrato derivado del MORDAZA Nº 001-2008-CAPCA-MPH convocado para la "Adquisicion de Productos Alimenticios para el Programa de Complementacion Alimentaria". Adjunto al oficio remitido por la Entidad, fue presentado el Informe Nº 1119-2009-MPH/GA-SGLOG y el Informe Legal Nº 7282008-GAL/MPH, segun el siguiente detalle: 3.1. El Postor presento el 27 de junio de 2008 una carta de renuncia a la buena pro, sosteniendo que el precio ofertado se ha elevado lo que hace imposible la venta de los productos por haber superado el margen del precio real. 3.2. Debe sancionarse al Postor por no haber mantenido su oferta hasta la suscripcion del contrato. 4. Mediante decreto de fecha 27 de enero de 2009, la Secretaria del Tribunal solicito a la Entidad que subsane su comunicacion y cumpla con remitir la propuesta tecnica y economica del Postor dentro del plazo de cinco (05) dias habiles. 5. El 27 de marzo de 2009, la Entidad presento en la Oficina Desconcentrada del OSCE en Huancayo el Oficio Nº 060-2009-MPH/GA, el cual fue remitido a la Mesa de Partes del Tribunal el 30 de marzo de 2009. Mediante el referido documento, la Entidad adjunto la documentacion solicitada. 6. Mediante decreto de fecha 31 de marzo de 2009, se dispuso el inicio de procedimiento sancionador en contra del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su supuesta responsabilidad consistente en no haber mantenido su oferta hasta la suscripcion del contrato materia del MORDAZA de seleccion Nº 001-2008-CAPCA-MPH para la "Adquisicion de Productos Alimenticios para el Programa de Complementacion Alimentaria". En virtud de ello, se otorgo al Postor un plazo de diez (10) dias para que cumpla con presentar sus descargos, bajo apercibimiento de resolver el procedimiento con la documentacion obrante en el expediente. 7. El 05 de junio del 2009, fue diligenciada al domicilio del Postor la Cedula de Notificacion Nº 25697/2009.TC que contenia el decreto citado en el numeral precedente, no obstante la mencionada Cedula de Notificacion fue devuelta a la Secretaria del Tribunal. 8. Mediante decreto de fecha 22 de junio de 2009, se dispuso notificar via publicacion en el Boletin Oficial del Diario Oficial El Peruano el decreto de fecha 31 de marzo de 2009, al ignorarse el domicilio MORDAZA del Postor, de conformidad con lo establecido en el numeral 20.1.3 del articulo 20º y el numeral 23.1.2 del articulo 23 de la Ley de Procedimiento Administrativo General. Mediante Oficio Nº 1086/2009.STRI de fecha 19 de agosto de 2009 se solicito la publicacion del referido decreto en el Diario Oficial El Peruano. 9. El 24 de agosto de 2009, fue notificado via edicto en el Boletin Oficial del Diario Oficial El Peruano el decreto de fecha 31 de marzo de 2009. 10. Teniendo en cuenta que el Postor no cumplio con presentar sus descargos y obrando en autos los

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El MORDAZA de seleccion contaba con 7 items Ley del Programa Nacional Complementario Complementaria.

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