TEXTO PAGINA: 38
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de octubre de 2010 428342 - Bleriot XI Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 124-2006-MTC/12 del 18 de julio del 2006 y Resolución Directoral Nº 083-2008-MTC/12 del 28 de mayo del 2008 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMON GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 554609-1 Otorgan a Helicópteros del Cusco S.A. la modificación de permiso de operación de aviación comercial - trabajo aéreo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 198-2010-MTC/12 Lima, 2 de julio de 2010 Vista la solicitud de la compañía HELICOPTEROS DEL CUSCO S.A. - HELICUSCO, sobre Modifi cación de Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo: Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección a la Fauna, Prospección y Carga Externa; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral N° 110-2009-MTC/12 del 25 de mayo del 2009 se otorgó a la Compañía HELICOPTEROS DEL CUSCO S.A. - HELICUSCO Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo: Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección a la Fauna, Prospección y Carga Externa por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 26 de julio del 2009; Que, mediante Documento de Registro N° 2010-014476 del 13 de abril del 2010 la Compañía HELICOPTEROS DEL CUSCO S.A. - HELICUSCO, solicitó la Modifi cación de su respectivo Permiso de Operación, en el sentido de incrementar material aeronáutico; Que, según los términos del Memorando N° 471- 2010-MTC/12, Informe Nº 543-2010-MTC/12.07.CER e Informe Nº 083-2010-MTC/12.07.PEL se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, tomándolos por ciertos, verifi cando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil; el Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía HELICOPTEROS DEL CUSCO S.A. - HELICUSCO, la Modifi cación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial – Trabajo Aéreo: Fotografía, Publicidad, Inspección y Vigilancia, Defensa y Protección a la Fauna, Prospección y Carga Externa, a fi n de incrementar material aeronáutico a los ya autorizados a través de la Resolución Directoral Nº 110-2009-MTC/12 del 25 de mayo del 2009, de acuerdo al siguiente detalle: MATERIAL AERONÁUTICO: (además de los autorizados) - Eurocopter AS 350 BA FX2 Artículo 2º.- Los demás términos de la Resolución Directoral Nº 110-2009-MTC/12 del 25 de mayo del 2009 continúan vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAMON GAMARRA TRUJILLO Director General de Aeronáutica Civil 545000-1 ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban transferencias a las unidades ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a beneficiarios del Seguro Integral de Salud RESOLUCION JEFATURAL Nº145-2010/SIS Lima, 27 de octubre de 2010. VISTOS: El Informe Nº 143-2010-SIS-GF de la Gerencia de Financiamiento sobre la Programación de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios que brindaron los establecimientos de salud a los benefi ciarios del Seguro Integral de Salud y el Informe Nº 298-2010-SIS/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, se establecen los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº 28112 - Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y 78º de la Constitución Política del Perú; Que, las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios sólo se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, incluyéndose las transferencias del Seguro Integral de Salud – SIS, en concordancia con lo establecido en el numeral 75.4 del artículo 75° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus modifi catorias; Que, constituyen principios fundamentales del proceso de ejecución presupuestaria, la publicidad y transparencia del mismo, por lo que es pertinente publicar en el Diario Ofi cial El Peruano, la distribución de los recursos que en el marco de la Resolución Ministerial Nº 422-2007/MINSA se transfi eren a las Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Que, con el visto bueno de la Subjefatura del SIS, la Secretaría General, la Gerencia de Financiamiento, la Gerencia de Operaciones, la Ofi cina de Planeamiento y Desarrollo, la Ofi cina de Administración y la opinión favorable de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el literal i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-SA;