Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2010 (03/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 3 de setiembre de 2010

2010, el mismo que fue remitido con el Memorando Nº 0506-2010-PRODUCE/OGTIE, motivo por el cual, bajo responsabilidad del Juez Supernumerario Civil de MORDAZA, (Expediente Nº 2010-183-SA), corresponde incorporar en el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Norte ­ Centro, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 273-2010-PRODUCE/DGEPP, el LMCE calculado por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica (OGTIE) ascendente a 4 388.93 TM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 5692010-PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Nº 47-2010PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP emitido por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122001-PE y sus normas modificatorias y ampliatorias; Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- En estricto cumplimiento de la medida cautelar contenida en las Resoluciones Numeros 01, 02 y 03 de fechas 21 de MORDAZA, 04 y 10 de junio del 2010, respectivamente, asi como, en las Resoluciones Numeros 07 y 08 de fechas 17 y 18 de junio del 2010, la misma que fue acatada por esta Direccion General mediante Resolucion Directoral Nº 419-2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 25 de junio de 2010, se debera incorporar en el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion (PMCE) de la MORDAZA Norte - Centro, aprobada por la Resolucion Directoral N° 843-2008PRODUCE/DGEPP, el PMCE asignado provisionalmente ascendente a 0.175557%, bajo responsabilidad del Juez Supernumerario Civil de MORDAZA, (Expediente Nº 2010183-SA). Articulo 2°.- Como consecuencia del cumplimiento del referido mandato judicial, bajo responsabilidad del Juez Supernumerario Civil de MORDAZA, (Expediente Nº 2010-183SA), se debera incorporar en el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Norte ­ Centro, aprobada por la Resolucion Directoral Nº 273-2010PRODUCE/DGEPP, el LMCE calculado por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica (OGTIE) ascendente a 4 388.93 TM, a fin de que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pueda ejercer provisionalmente el derecho de pesca para la extraccion del recurso anchoveta y anchoveta MORDAZA, destinados para el consumo humano indirecto. Articulo 3°.- La incorporacion efectuada al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion PMCE, aprobado por Resolucion Directoral N° 843-2008PRODUCE/DGEPP, y al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion ­LMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 273-2010-PRODUCE/DGEPP, referida en los Articulos 1° y 2º, no modifica los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en las citadas Resoluciones. Articulo 4°.- El derecho administrativo concedido por la presente Resolucion quedara sin efecto en caso que el Poder Judicial como consecuencia de la revocatoria de la medida cautelar lo ordene o se emita sentencia firme y desfavorable al titular del derecho indicado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA UGARTE SERVAT Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero 537612-3

Incorporan embarcacion pesquera a Listados de PMCE y LMCE aprobados por RR.DD. Nºs. 843-2008-PRODUCE/ DGEPP y 273-2010-PRODUCE/DGEPP
RESOLUCION DIRECTORAL N° 477-2010-PRODUCE/DGEPP 19 de MORDAZA de 2010 Visto los escritos de Registros Nºs 00046102-2010 y 00046102-2010-1 de fecha 9 y 18 de junio de 2010, presentados por PESQUERA HAYDUK S.A. y los Informes Nºs 41-2010-PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP y 46-2010PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP remitidos por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1084, se promulgo la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, estableciendose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA destinada al Consumo Humano Indirecto, con la finalidad de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiologicos, en MORDAZA con la preservacion del medio ambiente y la conservacion de la biodiversidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2008PRODUCE, se aprobo el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, aprobandose a traves de su Articulo 2°, la pre asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo N° 1084. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Directoral N° 843-2008PRODUCE/DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, se aprobo el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion ­ PMCE, cuyo Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2009PRODUCE, se aprobo el Reglamento para la aplicacion del Decreto Legislativo Nº 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del MORDAZA, asimismo, a traves de su articulo 2°, se aprobo la pre asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur (PMCE ­ Sur), como indices o alicuotas correspondientes a cada embarcacion de un armador o empresa pesquera que participa en la medida de ordenamiento dispuesta en el Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion en la MORDAZA Sur del pais. El referido Anexo fue publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de la Produccion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 547-2009PRODUCE de fecha 30 de diciembre del 2009, se autorizo el inicio de la Primera Temporada de Pesca del recurso anchoveta de la MORDAZA comprendida entre los 16º 00' 00'' latitud Sur y el extremo sur del dominio maritimo del Peru, correspondiente al periodo enero - junio de 2010, la misma que rige a partir de las 00:00 horas del decimo MORDAZA dia habil siguiente a la publicacion de esta Resolucion Ministerial, es decir, a partir del 25 de enero del 2010; y asimismo se establece el Limite MORDAZA Total de Captura Permisible ­ LMTCP de anchoveta para el consumo humano indirecto de 400 mil toneladas metricas; Que, mediante Resolucion Directoral N° 376-2009PRODUCE/DGEPP, de fecha 25 de MORDAZA del 2009, se aprobo el Listado de Asignacion de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur ­ PMCE-Sur y con Resolucion Directoral Nº 026-2010PRODUCE/DGEPP, de fecha 15 de enero del 2010, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion de la MORDAZA Sur ­LMCE-Sur del recurso anchoveta, correspondiente a la primera temporada de pesca enero ­ junio de 2010 de la citada zona; las mismas

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