Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2010 (08/09/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de setiembre de 2010

NORMAS LEGALES

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b) Elaborar las Bases, el Contrato, el factor de competencia, entre otros documentos para llevar a cabo la PROMOCION. c) Definir el plazo y el cronograma para los procedimientos de PROMOCION, previstos en el Articulo 2 del presente Reglamento. d) Programar, regular, modificar, dirigir, supervisar y controlar la ejecucion del MORDAZA de PROMOCION, desde la convocatoria hasta la firma del contrato de inversion. e) Resolver en primera instancia administrativa los recursos de reconsideracion que presenten los postores durante el desarrollo de los procesos de la PROMOCION. f) Otras funciones afines a la conduccion de la PROMOCION. La funcion de secretaria tecnica del CPISS sera realizada por la OCPGCI a traves de la Gerencia de Promocion, Facilitacion, y Asuntos Tecnicos y tendra las siguientes funciones: a) Administrar la documentacion y el archivo del CPISS b) Preparar la documentacion de los asuntos que son parte de la agenda y los proyectos que seran sometidos a consideracion del CPISS c) Dar curso a la correspondencia del CPISS d) Preparar los proyectos de actas del CPISS e) Llevar y mantener actualizado el Registro de Actas del CPISS f) Convocar a sesion por disposicion del Presidente del CPISS g) Atender otras funciones afines a la PROMOCION Las actas se registraran en documentos de manera electronica y fisica. Las actas del CPISS tienen caracter reservado y la solicitud de copias certificadas se realizara a traves del procedimiento de Acceso a la Informacion a que se refiere Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM. El CPISS podra solicitar la contratacion de personas naturales o juridicas nacionales o extranjeras, para el cumplimiento de sus funciones. Articulo 7º.- Para la toma de acuerdos por parte del CPISS, se requerira un quorum que debera contener como minimo la presencia del Presidente y un (01) miembro del CPISS. Articulo 8º.- La Oficina Central de Promocion y Gestion de Contratos de Inversiones OCPGCI es la responsable de disenar y promover los proyectos que seran incluidos en el Plan Estrategico de Inversiones, y responsable del control y cumplimiento de los contratos de inversion. Esta integrada por dos unidades organicas de linea: · La Gerencia de Promocion, Facilitacion y Asuntos Tecnicos · La Gerencia de Gestion de Contratos Tiene las siguientes funciones generales: 1. Normar.- La funcion normativa esta relacionada con la emision de resoluciones, directivas y lineamientos que rigen el accionar de la promocion y gestion de contratos de inversion a mediano y largo plazo. 2. Promover.- La funcion promotora consiste en proponer y ejecutar la politica institucional de promocion de la inversion privada, asi como la identificacion de dificultades y trabas que afecten los procesos de promocion de la inversion privada y la orientacion a inversionistas privados, en la gestion de tramites y actividades necesarias para materializar los correspondientes contratos de inversion. 3. Gestionar.- La funcion gestora implica el seguimiento y supervision del cumplimiento de las obligaciones legales, tecnicas y operativas del contrato de inversion, asi como la facultad de solucionar las controversias que se presenten entre las partes en los contratos de inversion.

A estas lineas de accion se asocian cuatro componentes basicos para la actuacion: · Legal, relacionado con el conocimiento de la regulacion de infraestructura y servicios publicos, como el de salud. · Economico, que permite una eficiente evaluacion de las inversiones en infraestructura, monitoreo del MORDAZA, los agentes y el desempeno financiero de las sociedades que operan la infraestructura y los servicios de salud. · Administrativo, facilitador de una adecuada gestion de procesos y sistemas de informacion, a traves de la planificacion, presupuesto y desarrollo institucional. · Tecnico, directamente relacionado con el conocimiento de los sistemas operativos que se desarrollan en la infraestructura hospitalaria y la operacion de los servicios de salud. El Consejo Directivo de ESSALUD a traves de la Oficina Central de Promocion y Gestion de Contrato de Inversion, garantiza la seguridad juridica de las inversiones en obras de infraestructura y servicios de salud, que comporta el fiel cumplimiento de los contratos por todos sus destinatarios. Asi como la regularidad de actuacion y permanencia de los funcionarios encargados de su aplicacion, durante el ciclo de promocion y ejecucion de las inversiones, cuyo plazo es de dos anos. Al tratarse de funcionarios que ejecutan las politicas del organo de direccion de ESSALUD, su remocion MORDAZA del periodo arriba mencionado, procedera por disposicion de la mayoria del organo de direccion. TITULO III PROCEDIMIENTO PARA PROMOCION DE INVERSIONES CAPITULO PRIMERO NORMAS GENERALES Articulo 9º.- En el caso que ESSALUD cuente con infraestructura pero no disponga de los recursos para mantenerla, conservarla, rehabilitarla, concluirla o explotarla adecuadamente o cuando sea mas eficiente su operacion mediante alguna de las formas senaladas en el articulo 3, procedera la Licitacion Publica Especial, el Concurso de Proyectos Integrales, segun tenga o no los estudios y proyectos requeridos e incluso la invitacion a MORDAZA de iniciativas privadas o tramitacion de estas cuando MORDAZA directamente propuestas. Es responsabilidad de ESSALUD realizar un analisis costo beneficio a fin de determinar si la participacion en la provision de obras en infraestructura y servicios de salud la realiza el propio ESSALUD o el privado. Articulo 10º.- Estan impedidos de participar como postores, directa o indirectamente, las personas comprendidas en el articulo 1366º del Codigo Civil y en el articulo 10º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017, asi como aquellos que, habiendo sido postores o contratistas con anterioridad de ESSALUD, hayan dejado de serlo por incumplimiento del contrato respectivo. CAPITULO MORDAZA DE LAS INICIATIVAS PRIVADAS Articulo 11º.- Las iniciativas privadas podran ser presentadas por personas juridicas nacionales o extranjeras, asi como por consorcios de personas juridicas o consorcios de personas naturales con personas juridicas, MORDAZA estas nacionales o extranjeras ante ESSALUD identificando la obra de infraestructura o el servicio de salud a contratar y sus lineamientos generales, tales como la descripcion de la obra que pretenda ejecutar o el servicio que pretende explotar, las posibilidades de

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