Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2011 (28/12/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 28 de diciembre de 2011

politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, la administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. (...)". Asimismo el Articulo 9º inciso 8) de la referida Ley, senala que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos"; Que, el Articulo 46º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que, "Las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, sin perjuicio de promover las acciones judiciales sobre las responsabilidades civiles y penales a que hubiere lugar. Las Ordenanzas determinan el regimen de sanciones administrativas por la infraccion a sus disposiciones estableciendo las escalas de multas en funcion a la gravedad de la falta, asi como la imposicion de sanciones no pecuniarias. Las sanciones que aplique la autoridad municipal podran ser las de multa, suspension de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retencion de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralizacion de obras, demolicion, internamiento de vehiculos, inmovilizacion de productos y otras. (...)"; Que, la Ley Nº 28705 - Ley General para la Prevencion y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco, modificada por la Ley Nº 29517, tiene por objeto proteger a la persona, la familia y la comunidad contra las consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y economicas del consumo de tabaco y de la exposicion al humo de tabaco, a fin de reducir dicho consumo y exposicion de manera continua y sustancial, estableciendo mecanismos de control y proteccion, previendo la aplicacion de sanciones por el incumplimiento de la presente norma; Que, el Articulo 42º del Decreto Supremo Nº 0152008-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevencion y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, establece, que "La autoridad municipal podra implementar otros sistemas complementarios de vigilancia para fiscalizar el cumplimiento de la Ley y del Reglamento, en el ambito de su competencia"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-SA publicado el 15.01.2011, se modifico el Reglamento de la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevencion y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2008-SA y modificado por Decreto Supremo Nº 001-2010-SA; Que, en atencion a los Informes Nº 192 y Nº 2022011-SGS-GDHPS-MSS de la ex ­ Subgerencia de Salud (hoy Subgerencia de Salud, Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades) de fechas 28.06.2011 y 05.07.2011 respectivamente, la Gerencia de Asesoria Juridica a traves del Informe Nº 663-2011-GAJ-MSS de fecha 05.07.2011, emitio opinion favorable respecto a la propuesta de Ordenanza que regula el regimen de proteccion, control y sancion contra el consumo del tabaco y la exposicion al humo de tabaco en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, recomendando se eleve la misma ante el Concejo Municipal, para su aprobacion; Que, mediante Circular Nº 152-2011-DGPS/MINSA (Documento Nº 2229012011 del 08.07.2011), la Direccion General de Promocion de la Salud, remite para consideracion la propuesta de modelo de Ordenanza para la prevencion y control de los riesgos del consumo del tabaco, y de estimarlo pertinente se presente ante el Concejo Municipal, expresando su confianza en seguir desarrollando de manera conjunta las acciones establecidas en los lineamientos de politica del sector salud;

Que, con Memorando Nº 126-2011-GGA-MSS del 01.09.2011, la Gerencia de Gestion Ambiental remite el Informe Interno Nº 30-2011-LSC-GGA-MSS del 01.09.2011 de la Asesoria Legal de la Gerencia de Gestion Ambiental, el cual luego del analisis correspondiente, considera se adecue el inicial proyecto de Ordenanza, conforme a las disposiciones que establece el Decreto Supremo Nº 0012011-SA que modifica el Reglamento de la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevencion y Control de los Riesgos del Consumo de Tabaco, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2008-SA, estableciendose en el proyecto de Ordenanza, las disposiciones necesarias para hacer efectiva en el distrito, la aplicacion de las medidas de proteccion y control del consumo de productos de tabaco; Que, mediante Informe Nº 047-2011-SGSBDCGDHE-MSS del 07.09.2011, de la Subgerencia de Salud, Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades, e Informe Nº 1010-2011-SGF-GSC-MSS del 21.09.2011, de la Subgerencia de Fiscalizacion, remiten el proyecto de Ordenanza debidamente visado, Que, mediante Informe Nº 940-2011-GAJ-MSS del 30.09.2011, la Gerencia de Asesoria Juridica senala que, el presente proyecto de Ordenanza, ha sido objeto de prepublicacion en el MORDAZA Institucional, conforme a lo indicado en su Informe Nº 663-2011-GAJ-MSS, por lo que, teniendo en cuenta la normativa aplicable al tema, asi como la documentacion generada, concluye opinando por la procedencia del presente proyecto de Ordenanza, elaborada por la Subgerencia de Salud, Bienestar Social y Desarrollo de Capacidades, debiendo elevarse el mismo ante el Concejo Municipal, para su aprobacion conforme a las facultades establecidas en el Articulo 9º numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972. Que, con Informe N° 024-2011-CDHE-MSS del 28.10.2011, la Gerencia de Desarrollo Humano y Educacion solicita el proyecto de Ordenanza a efecto de su revision, conforme a lo dispuesto por la Alta Direccion; el mismo que es coordinado con la Gerencia de Asesoria Juridica conforme lo senala el Informe Nº 1075-2011-GAJMSS del 15.11.2011, la citada Gerencia; Estando a los Dictamenes Conjuntos Nros 001 y 0022011-CASPV-CSCMA-CAJ-MSS, de las Comisiones de Asuntos Sociales y Participacion Vecinal, de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente y de Asuntos Juridicos, a los Informes Nros. 663, 940 y 1075-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, en uso de las facultades establecidas en los Articulos 9º numerales 8) y 14), 39º y 40º de la Ley N° 27972; el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL REGIMEN DE PROTECCION, CONTROL Y SANCION CONTRA EL CONSUMO DEL TABACO Y LA EXPOSICION AL HUMO DE TABACO EN EL DISTRITO DE MORDAZA DE MORDAZA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene por objeto establecer medidas de prevencion, control y sancion de los riesgos del consumo de productos de tabaco, a fin de proteger a la poblacion de las consecuencias del consumo y exposicion al humo del tabaco. Articulo 2.- AMBITO DE APLICACION Y SUJETOS COMPRENDIDOS La presente Ordenanza se aplica en toda la jurisdiccion del distrito de MORDAZA de MORDAZA, quedando obligados a cumplir las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza los propietarios, representantes legales, administradores, conductores, y/o usuarios de establecimientos publicos y privados, medios de transporte

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