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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2011 (28/12/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 89

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de diciembre de 2011 456131 Región Cajamarca y la paz social de sus pobladores. Por lo que el Gobierno Regional de Cajamarca, al amparo y aplicación de los Principios de Subsidiariedad, Precautorio, Pro Homine, y haciendo uso de su autonomía política, económica y administrativa ante la falta de regulación y los vacíos normativos advertidos respecto a la protección del medio ambiente, está obligado a adoptar medidas que garanticen el orden público, la paz social y el respeto del Estado Constitucional de Derecho; instando al Gobierno Central el respaldo de esta decisión. Tercero.- ENCARGAR al Presidente del Gobierno Regional de Cajamarca, realice las acciones técnico - legales a fi n de canalizar ante el Congreso de la República, los procesos investigatorios sobre las circunstancias en que se aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto “CONGA”, a ejecutarse en la concesión minero “Conga”, a fi n de deslindar las responsabilidades legales de los funcionarios y servidores públicos a cargo de la revisión y aprobación de dicho expediente. Cuarto.- DEJAR sin efecto cualquier disposición legal que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Quinto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www. region cajamarca.gob.pe). Sexto.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil once. GREGORIO SANTOS GUERRERO Presidente Regional 733161-1 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Declaran la voluntad del Gobierno Regional de La Libertad de constituir la “Mancomunidad Regional Amazonas, San Martín, La Libertad, Cajamarca” ORDENANZA REGIONAL Nº 011-2011-GR-LL/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú; Ley de Bases de Descentralización, Ley Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, y demás normas complementarias. EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional. VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de fecha 8 de noviembre de 2011, el dictamen sobre el Proyecto de Ordenanza Regional, relativa a declarar la voluntad del Gobierno Regional de La Libertad de constituir la “Mancomunidad Regional Amazonas, San Martín, La Libertad, Cajamarca”, como una persona jurídica de derecho público para la prestación conjunta de servicios públicos, cofi nanciamiento o inversión en la ejecución de obras, que promuevan la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia constituyendo para su administración económica y fi nanciera un pliego presupuestal; siendo competentes entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el Artículo 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su Artículo 8º precisa: La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. Se sustenta en afi anzar en las poblaciones e instituciones la responsabilidad y el derecho de promover y gestionar el desarrollo de sus circunscripciones, en el marco de la unidad de la nación. La autonomía se sujeta a la Constitución y a las leyes de desarrollo constitucional respectivas. Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad emitir Ordenanzas Regionales, conforme a lo prescrito en el Artículo 38º de la acotada Ley, que establece: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. (…)”. Que, mediante Ley Nº 29768, Ley de la Mancomunidad Regional, se instituye el marco jurídico de la Mancomunidad Regional, como un mecanismo de coordinación entre gobiernos regionales, estableciendo en su Artículo 2º la defi nición de la Mancomunidad Regional como el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la prestación conjunta de servicios públicos, cofi nanciamiento o inversión en la ejecución de obras, que promuevan la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización. Que, así mismo en el numeral 1. del Artículo 6º de la referida Ley de la Mancomunidad Regional, sobre la constitución de la misma, establece que la voluntad de constituir una Mancomunidad Regional se expresa mediante ordenanza regional de cada gobierno regional interviniente. La Ordenanza Regional debe ser aprobada en sesión ordinaria por el consejo regional respectivo, sustentadas en los informes técnicos que otorguen viabilidad a su creación y que se encuentren dentro de un proceso de planifi cación de mediano y largo plazo. Que, el 28 de febrero de 2010, en Kuélap, distrito de María, en el departamento de Amazonas, los Gobiernos Regionales de Amazonas, San Martín y La libertad suscriben el Acta de Fundación de la Mancomunidad Regional Amazonas-San Martín-La Libertad, acta a la que se le denomino “DECLARACIÓN DE KUÉLAP”. En el marco del Acta de la Declaración de Kuélap, mediante Ordenanza Regional Nº 249-2009-GRA/CR, Ordenanza Regional Nº 043-3009-GRSM/CR y Ordenanza Regional Nº 001-2010-GRLL/CR, el Pleno de los Consejos Regionales de Amazonas, San Martín y La Libertad respectivamente, constituyen la mancomunidad Regional Amazonas, San Martín, La Libertad, como un mecanismo de asociatividad de los Gobiernos Regionales a través del acuerdo voluntario de los gobiernos regionales en mención; con la posterior incorporación del Gobierno Regional de Cajamarca en el proceso integrador de la Mancomunidad Regional Amazonas-San Martín-La Libertad-Cajamarca, la misma que se formalizó mediante Acuerdo Regional Nº 070-2011-GR.CAJ/CR.