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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 30 de diciembre de 2011 457203 2011 y la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, hasta por la suma de DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 000 000,00), a favor del Gobierno Regional de Cajamarca, para ser destinada al cofi nanciamiento de la contrapartida nacional del Convenio de Préstamo N° PE-P35 aprobado por el Decreto Supremo N° 068- 2009-EF, para la ejecución del Programa “Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales de las principales ciudades del Departamento de Cajamarca I Etapa”. Artículo 2°.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo a los recursos aprobados en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2011, del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, Actividad 1 095037: Transferencia para el Mejoramiento y Ampliación de los Sistemas de Agua Potable, Alcantarillado y Tratamiento de Aguas Residuales de las Ciudades del Departamento de Cajamarca – I Etapa (PE – P35). Artículo 3°.- De la ejecución de las transferencias La ejecución de los recursos transferidos en el marco de lo dispuesto por el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, se encuentra a cargo de la Unidad Ejecutora de Programas Regionales - PROREGION del Gobierno Regional de Cajamarca, y se realiza en observancia de las disposiciones contenidas en la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su Reglamento, Directivas y modifi catorias, así como, la Directiva Nº 002-2010-CG/OEA, “Control previo externo de las prestaciones adicionales de obra”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 196-2011-CG. Artículo 4°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1° del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5°.- Monitoreo El Programa Agua Para Todos es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras, para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco del cumplimiento de la normatividad correspondiente, así como, de lo dispuesto por el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2011. Artículo 6°.- Información El Gobierno Regional de Cajamarca, informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el Convenio Marco Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Cajamarca, Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la E.P.S. SEDACAJ S.A. y la EPS MARAÑON S.R.L., para efectos de lo dispuesto en el artículo 4° de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 735580-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 246-2011-VIVIENDA Lima, 29 de diciembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 135-2008-EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y Japan Internacional Cooperation Agency – JICA, hasta por ¥ 6 660 000 000,00 (SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA MILLONES Y 00/100 YENES JAPONESES), destinada a fi nanciar el proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado e Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Ciudad de Iquitos”; suscribiéndose el 04 de Diciembre del 2008, el Convenio de Préstamo Nº PE-P32 entre las entidades antes mencionadas; Que, con fecha 20 de julio de 2009, se suscribió un Convenio Marco Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Gobierno Regional de Loreto y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Loreto S.A.- EPS SEDALORETO S.A., con el objeto de establecer competencias y responsabilidades de las entidades intervinientes, en las etapas de inversión y post inversión, para el fi nanciamiento y ejecución del proyecto a que se refi ere el considerando precedente, en el marco de los alcances del Convenio de Préstamo Nº PE-P32 suscrito entre la República del Perú y Japan International Cooperation Agency - JICA; Que, de acuerdo con el Convenio antes mencionado, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento se constituye como agencia de monitoreo y seguimiento del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado e Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Ciudad de Iquitos” y participa en el fi nanciamiento de la contrapartida nacional del Convenio de Préstamo Nº PE-P32, hasta por un monto de S/. 31 600 000,00 (TREINTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2010- VIVIENDA, publicado el 23 de julio de 2010, se autorizó la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, por el monto de S/. 28 700 000,00 (VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Gobierno Regional de Loreto, para ser destinada al cofi nanciamiento de la contrapartida nacional del Convenio de Préstamo N° PE-P32 aprobado por el Decreto Supremo N° 135- 2008-EF, para la ejecución del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado e Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Ciudad de Iquitos”; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 022-2011- VIVIENDA, publicada el 03 de febrero de 2011, se autorizó la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Agua Para Todos, por la suma de S/. 2 900 000,00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor del Gobierno Regional de Loreto, para ser destinada al cofi nanciamiento de la contrapartida nacional del Convenio de Préstamo N° PE-P32 aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2008-EF, para la ejecución del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado e Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la Ciudad de Iquitos”; Que, mediante el Ofi cio N° 568-2011-GRL-P, el Gobierno Regional de Loreto, informa que en la ejecución del proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado e Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la ciudad de Iquitos”, se ha originado un incremento de costos, y solicita mayores aportes fi nancieros del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para fi nanciar en forma total o parcial el défi cit presentado por la suma de S/. 80 243 697,00, a fi n de poder continuar con la ejecución del proyecto en mención; Que, el 28 de diciembre de 2011, se suscribió la Adenda N° 01 al Convenio Marco Interinstitucional entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Gobierno Regional de Loreto y la EPS SEDALORETO S.A., estableciéndose en la Cláusula Segunda, que el Programa Agua Para Todos se compromete a incrementar en S/. 6 100 000,00 (SEIS MILLONES CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), los recursos de contrapartida nacional previstos en el Convenio Marco original, destinados al fi nanciamiento de la ejecución del Proyecto “Mejoramiento y Ampliación del Sistema de Alcantarillado e Instalación de Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de la ciudad de Iquitos”; Que, mediante el Memorándum N° 1309-2011/ VIVIENDA/VMCS/PAPT/1.0, el Director Ejecutivo del