Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2011 (06/07/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2011

NORMAS LEGALES

445879

Articulo 2º.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa Aerolinea del Caribe S.A. ­ AERCARIBE S.A. a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario

siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 06 AL 09 DE MORDAZA DE 2011 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 336-2011-MTC/12.07 Y Nº 153-2011-MTC/12.07 ORDEN INSPECCION Nº VIATICOS (US$) RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 11154-1115511156-11157 11154-1115511156-11157 Revision: Original Fecha: 30.08.10

INICIO

FIN

SOLICITANTE

INSPECTOR MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Rubio MORDAZA, MORDAZA MORDAZA

MORDAZA

MORDAZA

DETALLE Inspeccion tecnica por expedicion del Certificado como Taller de Mantenimiento Aeronautico Extranjero Inspeccion tecnica por expedicion del Certificado como Taller de Mantenimiento Aeronautico Extranjero

405-2011-MTC/12.07

06-Jul

09-Jul

US$ 800.00

AEROLINEA DEL CARIBE S.A. AEROLINEA DEL CARIBE S.A.

Bogota

Colombia

406-2011-MTC/12.07

06-Jul

09-Jul

US$ 800.00

Bogota

Colombia

661219-1

ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE SUPERVISION DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA MORDAZA
Aprueban Reglamento del Procedimiento Administrativo Unico PAU del OSINFOR
RESOLUCION PRESIDENCIAL N° 122-2011-OSINFOR MORDAZA, 28 de junio de 2011 VISTO: El Informe N° 003-2011-OSINFOR/CR-PAU de fecha 03 de MORDAZA de 2011 y el Informe N° 004-2011-OSINFOR/ CR-PAU de fecha 27 de junio de 2011, de la Comision Revisora, mediante los cuales propone un proyecto de Reglamento del Procedimiento Administrativo Unico ­ PAU, que actualice al vigente; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1085, se crea el Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA - OSINFOR, como un Organismo Publico Ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personeria juridica de derecho publico interno, encargado de la supervision y fiscalizacion del aprovechamiento sostenible y la conservacion de los recursos forestales y de fauna MORDAZA, asi como de los servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados por el Estado a traves de las diversas modalidades de aprovechamiento reconocidas por la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley N° 27308; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 3.5. del articulo 3° del Decreto Legislativo N° 1085, concordado con el numeral 5.5. del articulo 5° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 065-2009-PCM, el Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna

MORDAZA ­ OSINFOR, podra dictar en el ambito de su competencia las normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a su cargo, asi como aquellas que se refieran a obligaciones y derechos contenidos en los titulos habilitantes; Que, el articulo 23° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085, establece que el Procedimiento Administrativo Unico es el procedimiento destinado a investigar y determinar las responsabilidades administrativas de los titulares de derechos de aprovechamiento sobre recursos forestales y de fauna MORDAZA, por las posibles contravenciones a la legislacion forestal y de fauna silvestre. Asimismo, en el mencionado dispositivo se precisa que el Reglamento del Procedimiento Administrativo Unico sera aprobado mediante Resolucion emitida por el Presidente Ejecutivo del OSINFOR; Que, mediante Resolucion Presidencial N° 021-2009OSINFOR, se aprobo el Reglamento del Procedimiento Administrativo Unico, herramienta de gestion necesaria para el cumplimiento de las funciones delegadas a la Entidad; Que, por Resolucion Presidencial N° 222-2010OSINFOR y Resolucion Presidencial N° 036-2011OSINFOR, se designo a los miembros de la Comision Revisora del Reglamento del Procedimiento Administrativo Unico del OSINFOR, a efectos de proponer un Reglamento que actualice el vigente; Que, mediante Informe N° 003-2011-OSINFOR/CRPAU de fecha 03 de MORDAZA de 2011 e Informe N° 0042011-OSINFOR/CR-PAU de fecha 27 de junio de 2011, la Comision Revisora presenta el proyecto del Reglamento del Procedimiento Administrativo Unico ­ PAU, el mismo que preliminarmente fue debidamente difundido y publicado en la pagina web del OSINFOR, con la finalidad de recibir los aportes de las distintas entidades publicas y de la sociedad civil; Que, de conformidad con las facultades conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Organismo de Supervision de los Recursos Forestales y de Fauna MORDAZA - OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 065-2009PCM; con la visacion del Director (e) de Supervision de Concesiones Forestales y de Fauna MORDAZA, del Director de Supervision de Permisos y Autorizaciones Forestales y de Fauna MORDAZA, del Jefe (e) de la Oficina de Asesoria Juridica y del Secretario General; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion del Reglamento del Procedimiento Administrativo Unico ­ PAU

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