TEXTO PAGINA: 132
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 27 de julio de 2011 447432 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican el Cuadro para Asignación de Personal y el Presupuesto Analítico de Personal del PATPAL - Felipe Benavides Barreda RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 182-2011-PATPAL-FBB/MML San Miguel, 19 de julio del 2011. VISTOS: El Informe N° 079-2011-OPP/MML, de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, el Informe N° 085-2011-OAJ, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y el Acuerdo de Consejo Directivo N° 035-PATPAL-FBB/CD/MML del Patronato del Parque de Las Leyendas – Felipe Benavides Barreda; y, CONSIDERANDO: Que, el Patronato del Parque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda es un Organismo Público Descentralizado, adscrito a la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ley Nº 28998, la misma que cuenta con autonomía técnica, económica y administrativa, que tiene por fi nalidad proporcionar bienestar, esparcimiento y recreación cultural a favor de la comunidad; Que, por Ordenanza Nº 1023 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Patronato del Parque de Las Leyendas - Felipe Benavides Barreda; Que, mediante Ordenanza Nº 1059 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se modifi có el artículo 10º, del Reglamento de Organización y Funciones del PATPAL- Felipe Benavides Barreda, señalando que la Dirección Ejecutiva, es el órgano de más alta autoridad administrativa de la entidad, el cual está a cargo del Director Ejecutivo, quien es el Titular del Pliego Presupuestal; Que, por Acuerdo de Consejo Directivo Nº 023- PATPAL-FBB/CD/MML, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”, el día jueves 24 de enero del 2008, se aprobó el Manual de Clasifi cación de Cargos del Patronato del Parque de Las Leyendas – Felipe Benavides Barreda; Que, por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 017- 2008-PATPAL-FBB/PATPAL, de fecha 08 de febrero del 2008, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) del Patronato del Parque de Las Leyendas – Felipe Benavides Barreda; Que, Mediante Memorando N° 086 y 087-2011/DE, la Dirección Ejecutiva solicita los informes técnico y legal que informen si resulta procedente la adecuación en el cargo estructural de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; Que, mediante Informe N° 069-2011-OPP, la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto manifi esta que las Ofi cina de Asesoría Jurídica y Planifi cación y Presupuesto son Órganos de Asesoramiento de la Alta Dirección y dada la responsabilidad, naturaleza e importancia de estos cargos, es necesario adecuar la denominación de ellos que otorguen una uniformidad en el nivel jerárquico de los funcionarios de la institución, teniendo en consideración el principio de equidad; Que, mediante Informe N° 084-2011-OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica, manifi esta que teniendo en cuenta los principios de igualdad, equidad laboral y principio de no discriminación, resulta necesario establecer criterios uniformes y equitativos por parte del PATPAL-FBB, para la clasifi cación de los cargos estructurales de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica. Que, mediante Acuerdo de Consejo Directivo N° 035- PATPAL-FBB/CD/MML, de fecha 23 de Junio del 2011, se aprobó la adecuación del cargo estructural de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del PATPAL-Felipe Benavides Barreda; Que, mediante Informe Nº 079-2011-OPP, la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto de la Entidad, remite a la Dirección Ejecutiva el Cuadro para Asignación de Personal – CAP y el Presupuesto Analítico de Personal – PAP, con las modifi caciones respectivas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 146 - Ley del Patronato del Parque de Las Leyendas y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por la Ordenanza Nº 1023 de la Municipalidad Metropolitana de Lima y sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las Entidades de la Administración Pública; y, SE RESUELVE: Artículo 1°.- MODIFICAR el Cuadro para Asignación de Personal y el Presupuesto Analítico de Personal – PAP del Patronato del Parque de Las Leyendas – Felipe Benavides Barreda, en cuanto a la adecuación del cargo estructural de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de Jefes de Ofi cina, al de: Gerentes de Ofi cina, por las consideraciones expuestas y conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Artículo 2°.- Déjese sin efecto todas aquellas disposiciones que se opongan a lo resuelto en la presente Resolución. Artículo 3°.- La Ofi cina de Administración, dentro del término de ley, queda encargada de publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como en el Portal Electrónico Institucional del Patronato del Parque de Las Leyendas – Felipe Benavides Barreda (www.leyendas.gob.pe), esto último, en coordinación con el funcionario responsable designado, al que refi ere el artículo 5º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, debiendo tenerse en consideración, lo señalado en la Ley 29091 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, en cuanto resulte aplicable. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL ALBERTO REAÑO ASIAN Director Ejecutivo PATPAL - Felipe Benavides Barreda 670564-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban “Programa Piloto de Recuperación de Residuos Sólidos Inertes - La Molina Eco Recicla” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2011 La Molina, 22 de julio de 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: El Memorándum Nº 724-2011-MDLM-GM (22.07.11) de la Gerencia Municipal, el Informe Nº514-2011- MDLM-GAJ (21.07.11) de la Gerencia de Asesoría Jurídica e Informe Nº085-2011-MDLM-GSACGA (19.07.11) de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental sobre el Programa Piloto de Recuperación de Residuos Sólidos Inertes – LA MOLINA ECO RECICLA; y, CONSIDERANDO: Que, en virtud a lo dispuesto en el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo, siendo competentes, entre otros, para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de medio ambiente y sustentabilidad de los recursos naturales, conforme a ley. Que, de conformidad con lo establecido en los artículos 6º, 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades,