Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2011 (23/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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AREA IV A B C D E F G H I J K L M N 12º02'29.390" 12º02'19.525" 12º02'18.442" 12º02'17.718" 12º02'17.820" 12º02'18.543" 12º02'19.636" 12º02'22.425" 12º02'22.784" 12º02'23.144" 12º02'22.781" 12º02'29.443" 12º02`30.065" 12º02`29.967" 77º09'03.700" 77º08'54.676" 77º08'52.860" 77º08'51.058" 77º08'50.998" 77º08'52.799" 77º08'54.641" 77º08'57.186" 77º08'56.772" 77º08'57.094" 77º08'57.511" 77º09'03.588" 77º09`03.676" 77º09`03.783" 265826.373 266097.025 266151.716 266206.049 266207.878 266153.564 266098.107 266021.785 266034.397 266024.727 266012.037 265829.780 265827.263 265824.003

NORMAS LEGALES
8667940.310 8668245.657 8668279.371 8668302.072 8668298.927 8668276.300 8668242.270 8668155.926 8668144.989 8668133.866 8668144.898 8667938.710 8667919.566 8667922.551

El Peruano MORDAZA, jueves 23 de junio de 2011

emitir informes tecnicos que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; Que, visto el Informe Nº 145-2011-MTC/26 de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, mediante el cual emite opinion favorable, se requiere constituir una Comision Sectorial, regulada por la Ley Organica del Poder Ejecutivo, que emita un informe tecnico sobre los estandares de radiodifusion sonora digital terrestre existentes, coadyuvando al Ministerio al mejor cumplimiento de su rol promotor de la radiodifusion digital; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Television y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC; RESUELVE: Articulo 1.- Creacion de Comision Sectorial 1.1. Crease la Comision Sectorial encargada de realizar estudios tecnicos sobre los estandares de radiodifusion sonora digital terrestre, conformada por: - El Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, quien la presidira. - Un representante de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones. - Un representante de la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones. - Un representante del Consejo Consultivo de Radio y Television ­ CONCORTV. 1.2. La Comision podra convocar la participacion de otras entidades publicas, sector privado y academico y la sociedad civil, para el mejor cumplimiento de sus fines. 1.3. La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones actuara como Secretaria Tecnica. Articulo 2º.- Designacion de miembros de Comision Sectorial Dentro de los cinco (05) dias calendario contados a partir de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, las Direcciones Generales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Consejo Consultivo de Radio y Television designaran, mediante memorando dirigido al Viceministro de Comunicaciones, a sus representantes titular y alterno, ante la Comision Sectorial a que se refiere el articulo precedente. Articulo 3º.- Funciones de la Comision Sectorial a. Evaluar los estandares de radiodifusion sonora digital terrestre vigentes, teniendo en cuenta las recomendaciones internacionales. b. Investigar e identificar los despliegues existentes de servicios de radiodifusion sonora digital terrestre. c. Elaborar una matriz comparativa de la evaluacion de los estandares efectuada, identificando sus ventajas y desventajas Articulo 4º.- Recursos La Comision Sectorial no irrogara gastos al Estado, por lo cual no se asignan recursos para su funcionamiento. Articulo 5º.- Plazo para la MORDAZA del informe tecnico La Comision Sectorial presentara al Viceministro de Comunicaciones, un informe tecnico conteniendo sus recomendaciones y propuestas respecto a los temas senalados en el articulo 3 de la presente resolucion, en un plazo de sesenta (60) dias habiles contados a partir de la fecha de su instalacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 656054-1

Articulo 2.- Refrendo La presente Resolucion sera refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA THORNE MORDAZA Ministro de Defensa 657010-21

Crean Comision Sectorial encargada de emitir informe tecnico sobre la Radiodifusion Sonora Digital Terrestre
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 423-2011-MTC/01 MORDAZA, 16 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, el articulo 11 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Television, concordado con el articulo 6 de su Reglamento, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administracion, atribucion, asignacion, control y en general cuanto concierne a la gestion del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion; Que, el articulo 5 de la citada Ley establece que el Estado promueve el desarrollo de la radiodifusion digital y que para tal fin el Ministerio de Transportes y Comunicaciones tomara las medidas necesarias relativas al espectro radioelectrico y adopta los estandares tecnicos correspondientes, en funcion de las tendencias internacionales, la mayor eficiencia y el MORDAZA beneficio para el pais; Que, en cumplimiento del rol promotor asignado al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, mediante Resolucion Suprema Nº 019-2009-MTC se dispuso la adopcion del estandar de television digital terrestre ISDBT, acogiendo la recomendacion formulada por la Comision Multisectorial Temporal encargada de recomendar el estandar de television digital terrestre, creada por Resolucion Suprema Nº 010-2007-MTC; la misma que, luego de dos (02) anos de evaluacion, emitio el informe correspondiente; Que, atendiendo a ello, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones recomienda iniciar los estudios de la radiodifusion sonora digital, para lo cual propone la creacion de una Comision Sectorial encargada de emitir el informe tecnico correspondiente sobre los estandares de radiodifusion sonora digital existentes a nivel internacional, otorgandosele el plazo de sesenta (60) dias calendario; Que, la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, contempla en su articulo 35, la figura de las Comisiones dentro del Poder Ejecutivo, como organos que se crean para cumplir con la funcion, entre otras, de

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