Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2011 (21/03/2011)
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TEXTO DE LA PÁGINA 14
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NORMAS LEGALES
El Peruano MORDAZA, lunes 21 de marzo de 2011
a la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario, aprobar la desafectacion de bienes de dominio publico al dominio privado del Estado, de conformidad con la normatividad vigente; Que, estando a los fundamentos senalados en el Informe Tecnico Legal N° 0106-2011/SBN-DGPE-SDDI de fecha 16 de marzo de 2011, corresponde aprobar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio MORDAZA descrito; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Resolucion N° 098-2010/SBN, Resolucion N° 125-2010/ SBN y Decreto Supremo N° 016-2010/VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio de propiedad del Estado de 216,00 m², constituido por el Lote PM del Sector MORDAZA de Amancaes, II Etapa (Comite 13), MORDAZA A del Asentamiento Humano Municipal III, ubicado en el distrito del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº P02065388 de la MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 3262 correspondiente al Libro de MORDAZA, a fin que se incorpore al dominio privado del Estado. Articulo 2°.- Por el merito de la presente Resolucion, la MORDAZA Registral IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos procedera a inscribir la desafectacion dispuesta en el articulo precedente. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adjudicaciones
616333-1 SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCION Nº 021-2011/SBN-DGPE-SDDI
San MORDAZA, 17 de marzo de 2011 Visto el Expediente Nº 023-2011/SBN-SDDI, correspondiente al tramite de desafectacion de dominio publico del predio de propiedad del Estado de 850,50 m², constituido por el Lote 2 de la Manzana H-1, Primera Etapa, Grupo 1, Pueblo Joven MORDAZA de Motupe, en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, en merito a la Ley N° 29151, Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo N° 004-2007-VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 0342008-PCM, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado es propietario del predio de 850,50 m², constituido por el Lote 2 de la Manzana H-1, Primera Etapa, Grupo 1, Pueblo Joven MORDAZA de Motupe, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº P02173375 de la MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 8665 correspondiente al Libro de Lima; Que, el citado predio es un lote destinado a Servicios Comunales del Pueblo Joven MORDAZA de Motupe Etapa Primera Grupo 1, por lo que de conformidad con el literal a), numeral 2.2 del articulo 2° del Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, constituye un bien de dominio publico;
Que, mediante Titulo de Afectacion en Uso de fecha 30 de junio de 2000, la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal (hoy Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal COFOPRI) afecto en uso el predio MORDAZA senalado, a favor del Pueblo Joven MORDAZA de Motupe Etapa Primera Grupo 1, para que sea destinado a Servicios Comunales; Que, mediante Resolucion Nº 104-2010/SBNGO-JAR, de fecha 30 de MORDAZA de 2010, se dispone la inscripcion de dominio a favor del Estado, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SBN y se declara la extincion de la afectacion en uso por incumplimiento de la finalidad a favor del Estado, habiendose verificado que no se cumplio con la finalidad de la afectacion en uso en el citado predio; Que, el articulo 43° del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA, establece que la desafectacion de un bien de dominio publico, procedera cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico y debera ser aprobada por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, excepcionalmente, a solicitud de la entidad previo informe sustentatorio, la SBN procedera a aprobar la desafectacion de los predios de dominio publico; Que, de acuerdo a la inspeccion tecnica de fecha 02 de marzo de 2011, efectuada por personal de esta Superintendencia, se ha verificado que el predio en su mayor extension se encuentra desocupado y libre de edificaciones; asimismo, una parte del predio se encuentra ocupado por el MORDAZA de ingreso y juegos, en mal estado de conservacion, del Centro de Prevencion (Pre-Escolar), institucion que se encuentra colindante al referido predio, por lo que podemos concluir que no cumple un uso publico o se encuentra destinado al servicio publico; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal f) del articulo 48° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales SBN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 016-2010/ VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, corresponde a la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario, aprobar la desafectacion de bienes de dominio publico al dominio privado del Estado, de conformidad con la normatividad vigente; Que, estando a los fundamentos senalados en el Informe Tecnico Legal N° 0107-2011/SBN-DGPE-SDDI de fecha 16 de marzo de 2011, corresponde aprobar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio MORDAZA descrito; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Resolucion N° 098-2010/SBN, Resolucion N° 125-2010/ SBN y Decreto Supremo N° 016-2010/VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio de propiedad del Estado de 850,50 m², constituido por el Lote 2 de la Manzana H-1, Primera Etapa, Grupo 1, Pueblo Joven MORDAZA de Motupe, ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº P02173375 de la MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA del Registro de Predios de MORDAZA y con Registro SINABIP Nº 8665 correspondiente al Libro de MORDAZA, a fin que se incorpore al dominio privado del Estado. Articulo 2°.- Por el merito de la presente Resolucion, la MORDAZA Registral IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos procedera a inscribir la desafectacion dispuesta en el articulo precedente. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe (e) de Adjudicaciones Superintendencia Nacional de Bienes Estatales
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