Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2011 (19/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, sabado 19 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

453549

Aprueban la MORDAZA Profesional de Administracion y Marketing de la Universidad de MORDAZA
RESOLUCION Nº 543-2011-CONAFU
MORDAZA, 4 de noviembre de 2011 "UNIVERSIDAD DE LAMBAYEQUE" VISTOS: La Resolucion Nº 010-2010-CONAFU de fecha 14 de enero de 2010 y su Fe de Erratas, la Resolucion Nº 109-2011-CONAFU de fecha 22 de febrero de 2011, el Oficio Nº 002-2011/UDL-PCO recibido con fecha 07 de febrero de 2011, la Resolucion Nº 170-2011-CONAFU de fecha 24 de marzo de 2011, la Resolucion Nº 171-2011CONAFU de fecha 24 de marzo de 2011, el Oficio Nº 024-2011-CONAFU-VP ingresado con fecha 12 de MORDAZA de 2011, el Oficio Nº 804-2011-CONAFU-P recibido de fecha 16 de MORDAZA de 2011, el Oficio Nº 017-2011/UDLPCO ingresado por tramite documentario el 30 de MORDAZA de 2011, la Carta s/n recibido de fecha 19 de agosto de 2011, el Oficio Nº 1598-2011-CONAFU-P de fecha 12 de setiembre de 2011, el Oficio Nº 047-2011/UDL-PCO ingresado por tramite documentario el 16 de setiembre del 2011, la Carta S/N recibida de fecha 03 de octubre del 2011, el Oficio Nº 927-2011-CONAFU-CDAA de fecha 28 de octubre de 2011 y el Acuerdo Nº 678-2011-CONAFU de la Sesion del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 03 de noviembre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como ente rector del funcionamiento de las universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que, mediante Sentencia del Tribunal Constitucional del Peru recaido en el expediente 0017-2008-PI y su aclaratoria resuelve en su numeral 2: "de conformidad con el considerando Nº 10 supra, que a partir del 18 de junio de 2010, el CONAFU se encuentra impedido de emitir resoluciones autorizando el funcionamiento provisional o definitivo de una universidad o de una Escuela de Postgrado, o de emitir resoluciones autorizando la ampliacion del ambito de funcionamiento de una universidad, sea a traves de la autorizacion de nuevas facultades, carreras o escuelas..." Que, por Ley 29780 publicada en el diario oficial El Peruano el 27 de MORDAZA de 2011, se aprecia que una de las facultades otorgadas por el Poder Legislativo a este Consejo Nacional, es la de: "Autorizar, denegar, ampliar o suprimir facultades, carreras o escuelas, asi como limitar el numero de vacantes en las universidades con funcionamiento provisional". Siendo esto asi, por mandato legal este Consejo Nacional se encuentra facultado para ejercer la citada competencia; Que, por Resolucion Nº 010-2010-CONAFU de fecha 14 de enero de 2010 y su Fe de Erratas, se resolvio: Otorgar la Autorizacion Provisional de Funcionamiento de la Universidad de MORDAZA, para brindar servicios educativos de nivel universitario, en la provincia de Chiclayo, con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Ingenieria Comercial, 2) Ingenieria de Sistemas, 3) Administracion Turistica, 4) Ingenieria Ambiental y 5) Ciencias Contables; Que, por Resolucion Nº 109-2011-CONAFU de fecha 22 de febrero de 2011, se resolvio: Suprimir la MORDAZA profesional de Ciencias Contables de la Universidad de MORDAZA, al no haber alcanzado con el porcentaje necesario de alumnos matriculados conforme las metas programadas en el PDI; Que, mediante Oficio Nº 002-2011/UDL-PCO recibido con fecha 07 de febrero de 2011, el Presidente de la Comision Organizadora de la Universidad de MORDAZA, solicita crear la MORDAZA profesional de Administracion y Marketing, en reemplazo de la MORDAZA profesional de Ciencias Contables, autorizada mediante Resolucion Nº 010-2010-CONAFU; a partir del semestre academico 2011-I, adjuntando el respectivo proyecto; Que, por Resolucion Nº 170-2011-CONAFU de fecha 24 de marzo de 2011, se resolvio: Admitir a tramite la solicitud de autorizacion de la MORDAZA profesional de Administracion y Marketing de la Universidad de Lambayeque; Que, por Resolucion Nº 171-2011-CONAFU de fecha 24 de marzo de 2011, se resolvio: Designar a los miembros

de la Comision Calificadora, encargada de evaluar el expediente relacionado a la solicitud de autorizacion de la MORDAZA profesional de Administracion y Marketing de la Universidad de Lambayeque; la cual se encuentra integrada por los profesionales: MSc. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Infantes, MORDAZA MORDAZA Olarte MORDAZA y MORDAZA Machicao MORDAZA, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal respectivamente; Que, mediante Oficio Nº 024-2011-CONAFU-VP ingresado con fecha 12 de MORDAZA de 2011, la Presidenta de la Comision Calificadora del Proyecto de Creacion de la MORDAZA Profesional de Administracion y Marketing hace llegar el Informe Preliminar para los fines pertinentes; Que, mediante Oficio Nº 804-2011-CONAFU-P recibido de fecha 16 de MORDAZA de 2011, se remite MORDAZA del Informe Preliminar de la evaluacion del expediente relacionado a la nueva MORDAZA Profesional de Administracion y Marketing, otorgandole el plazo de quince dias habiles para que cumplan con levantar las observaciones indicadas en el referido informe; Que, mediante Oficio Nº 017-2011/UDL-PCO ingresado por tramite documentario el 30 de MORDAZA de 2011, el presidente de la Comision Organizadora de la Universidad de MORDAZA, hace llegar el levantamiento a las observaciones indicadas en el Informe Preliminar de la Comision Calificadora, dentro del plazo otorgado; Que, mediante Carta s/n recibido de fecha 19 de agosto de 2011, la Presidenta de la Comision Calificadora hace llegar el Informe Final de evaluacion de la nueva MORDAZA Profesional de Administracion y Marketing de la Universidad de Lambayeque; Que, con Oficio Nº 1598-2011-CONAFU-P de fecha 12 de setiembre de 2011, se requiere a la Universidad de MORDAZA la MORDAZA de la Version Final del Proyecto de MORDAZA Profesional de Administracion y Marketing, en la que se debe incluir el levantamiento de las observaciones Nº 3, 7 y 8, realizadas por la Comision Calificadora; Mediante Oficio Nº 047-2011/UDL-PCO ingresado por tramite documentario el 16 de setiembre del 2011, la Universidad hace llegar la Version Final del Proyecto de la MORDAZA Profesional de Administracion y Marketing, incluyendo el levantamiento de las observaciones advertidas; Que, con Carta S/N recibida de fecha 03 de octubre del 2011, la Presidenta de la Comision Calificadora del Proyecto de la MORDAZA Profesional de Administracion y Marketing informa que el expediente derivado ha sido elaborado de acuerdo a los requerimientos de este Consejo Nacional, por lo que la Comision Calificadora nombrada por Resolucion Nº 171-2011-CONAFU, establece que las recomendaciones presentadas en el Informe Final de la evaluacion habrian sido cumplidas por la Universidad; Que, por Oficio Nº 927-2011-CONAFU-CDAA de fecha 28 de octubre de 2011, la Comision Academica, da a conocer que la Presidenta de la Comision Calificadora encargada de evaluar la Nueva MORDAZA Profesional de Administracion y Marketing de la Universidad de MORDAZA hace llegar el Informe Final, revisado el expediente la Comision Academica deja a consideracion del Pleno del CONAFU, la recomendacion final de la Comision Calificadora, considerando el Articulo 27º de la Resolucion Nº 3872009-CONAFU que establece como puntaje minimo de aprobacion 85% para las carreras profesionales, la Comision Calificadora RECOMIENDA AL CONAFU que su pronunciamiento se ajuste a la siguiente alternativa: Aprobar la MORDAZA Profesional de Administracion y Marketing de la Universidad de Lambayeque; Que, conforme al Estatuto del CONAFU en el articulo 10º establece que: "Son atribuciones del Pleno del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: ... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU"; Que, en Sesion de fecha 03 de noviembre de 2011, despues de deliberar el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 678-2011-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Aprobar la MORDAZA Profesional de Administracion y Marketing de la Universidad de Lambayeque; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: ... d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU;

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