Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2012 (07/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 7 de agosto de 2012

Integradas al dia siguiente de vencido el plazo para formular las observaciones, de no haberse presentado estas. En el caso que se hubieren presentado observaciones a las Bases, la integracion y publicacion se efectuara al dia siguiente de vencido el plazo para solicitar la elevacion de las Bases al OSCE, correspondiendo al Comite Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases conforme a lo dispuesto en el pliego de absolucion de consultas y observaciones. Si se solicita la elevacion, la integracion y publicacion se efectuara dentro de los dos (2) dias habiles siguientes de notificado el pronunciamiento. Articulo 60º.- Publicacion de Bases Integradas Si no se cumple con publicar las Bases Integradas a traves del SEACE en la fecha establecida en el cronograma del MORDAZA, el Comite Especial no puede continuar con la tramitacion del MORDAZA de seleccion, bajo sancion de nulidad de todo lo actuado posteriormente y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar. La publicacion de las Bases Integradas es obligatoria, aun cuando no se hubieran presentado consultas y observaciones. Articulo 62º.- MORDAZA de documentos Todos los documentos que contengan informacion referida a los requisitos para la admision de propuestas y factores de evaluacion se presentaran en idioma castellano o, en su defecto, acompanados de traduccion oficial o certificada efectuada por traductor publico juramentado o traductor colegiado certificado, segun corresponda, salvo el caso de la informacion tecnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catalogos o similares, que podra ser presentada en el idioma original. El postor sera responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Cuando se exija la MORDAZA de documentos que MORDAZA emitidos por autoridad publica en el extranjero, el postor podra presentar MORDAZA simple de los mismos sin perjuicio de su ulterior MORDAZA, la cual necesariamente debera ser previa a la firma del contrato. Dichos documentos deberan estar debidamente legalizados por el Consulado respectivo y por el Ministerio de Relaciones Exteriores, en caso sea favorecido con la Buena Pro. Articulo 63º.- Forma de MORDAZA y alcance de las propuestas Las propuestas se presentaran en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendra la propuesta tecnica y el MORDAZA la propuesta economica. La propuesta tecnica se presentara en original y en el numero de copias requerido en las Bases, el que no podra exceder de la cantidad de miembros que conforman el Comite Especial. La propuesta economica solo se presentara en original. En el caso de las contrataciones electronicas, debera observarse lo dispuesto en este Reglamento. En los procesos de seleccion convocados bajo la modalidad de Convenio MORDAZA se puede prever que los proveedores presenten mas de una propuesta por cada item, segun lo dispuesto en el articulo 99º del Reglamento. Cuando las propuestas se presenten en hojas simples se redactaran por medios mecanicos o electronicos y seran foliadas correlativamente empezando por el numero uno. Cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, estos podran ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rubrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo en el caso que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastara que este o su apoderado, indique debajo de la rubrica sus nombres y apellidos completos. Las propuestas economicas deberan incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme la legislacion vigente, asi como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien, servicio u obra a

adquirir o contratar; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. El monto total de la propuesta economica y los subtotales que lo componen deberan ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podran ser expresados con mas de dos decimales. Los integrantes de un consorcio no podran presentar propuestas individuales ni conformar mas de un consorcio en un MORDAZA de seleccion, o en un determinado item cuando se trate de procesos de seleccion segun relacion de items. Articulo 64º.- Acto de MORDAZA de propuestas El acto de MORDAZA de propuestas sera publico cuando el MORDAZA convocado sea Licitacion Publica, Concurso Publico y Adjudicacion Directa Publica, y podra ser privado cuando se trate de una Adjudicacion Directa Selectiva o Adjudicacion de Menor Cuantia. En los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia Derivada, el acto de MORDAZA de propuestas se realiza bajo la formalidad que corresponde al MORDAZA principal. El acto publico se realiza, cuando menos, en presencia del Comite Especial, los postores y con la participacion de Notario o Juez de Paz, segun corresponda. El Juez de Paz participara en los actos publicos de MORDAZA de propuestas y otorgamiento de la buena pro cuando en la localidad en donde se efectuen no hubiera Notario. Por localidad se entiende el lugar o ambito geografico donde la Entidad realiza el acto publico. Excepcionalmente y previa sustentacion, la Entidad podra considerar la participacion de un Juez de Paz en aquellos supuestos en los que existiendo Notario, este no puede concurrir al acto debido a que se encuentra de vacaciones, de licencia o no cuenta con disponibilidad de atencion. Los actos se llevan a cabo en la fecha y hora senaladas en la convocatoria, salvo que estos se posterguen, de acuerdo con lo establecido en la Ley y el presente Reglamento. En todos los actos de MORDAZA de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro, se podra contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participara como veedor y debera suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso. Articulo 65º.- Acreditacion de representantes en acto publico Las personas naturales concurren personalmente o a traves de su apoderado debidamente acreditado ante el Comite Especial mediante carta poder simple. Las personas juridicas lo hacen por medio de su representante legal o apoderado. El representante legal acreditara tal condicion con MORDAZA simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo y, en el caso del apoderado, sera acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntara el documento registral vigente que acredite la condicion de este, expedido con una antiguedad no mayor de treinta (30) dias a la MORDAZA de propuestas. En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante legal comun del consorcio, o por el apoderado designado por este, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: 1. En el caso que el representante legal comun del consorcio presente la propuesta, este debe presentar MORDAZA simple de la promesa formal de consorcio. 2. En el caso que el apoderado designado por el representante legal comun del consorcio presente propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante legal comun del consorcio y MORDAZA simple de la promesa formal de consorcio. 3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacion se realizara conforme a lo dispuesto por el primer y MORDAZA parrafo del presente articulo, segun corresponda.

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