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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de agosto de 2012 473272 Continua mediante Informe Nº 144-2012-GRC/GRPPAT, sustentado en los resultados del trabajo de Simplifi cación Administrativa realizado; Que, mediante proveído S/N de la Gerencia de Administración que recae en el Informe Nº 346-2012- GRC/GA-CONTA, se remite la Estructura de Costos de 221 Procedimientos Administrativos de la Propuesta de TUPA del Gobierno Regional del Callao, en cuyo informe la Oficina de Contabilidad señala que la estructura de costos de tales procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de las diferentes unidades orgánicas y unidades ejecutoras del GRC y sus correspondientes Anexos propuestos, son consistentes y guardan la debida coherencia con la nueva metodología de determinación de los de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, conforme lo dispone el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, por lo que se recomienda continuar con el trámite de aprobación de los procedimientos administrativos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional del Callao. Asimismo, mediante proveído S/N que recae en el Memorando Nº 210-2012-GRC/GRTC, la Oficina de Contabilidad señala que la actualización de los costos de 20 procedimientos administrativos de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, se encuentra consistente según el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM; Que, mediante el Memorando Nº 1655-2012-GRC/ GRPPAT de fecha 25.07.2012, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, señala que los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de la Dirección Regional de Salud y la Dirección Regional de Trabajo, aprobados por Ordenanza Regional Nº 000011 - 2012 y Ordenanza Regional Nº 00008 - 2012 respectivamente, así como los procedimientos administrativos N° 21, 22, 23 y 24 de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones, aprobados por Ordenanza Regional Nº 000023-2011 y Ordenanza Regional Nº 00003- 2012 respectivamente, a los cuales se les aplicó la nueva metodología, no han sufrido modifi cación alguna y suman 160 procedimientos administrativos. Por lo que recomienda, proponer para su aprobación los 401 procedimientos administrativos o servicios prestados en exclusividad, sus requisitos y costos administrativos propuestos por los diferentes órganos del Gobierno Regional del Callao y proponer para su aprobación el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, del Gobierno Regional del Callao, que contiene los rubros, denominación, base legal, requisitos y derechos de tramitación de los 401 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, los cuales comprenden. Que, mediante el Informe Nº 1720-2012- GRC/GAJ de fecha 30.07.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que en atención a los informes emitidos por las unidades orgánicas competentes, resulta procedente visar el proyecto de ordenanza regional que aprueba los Procedimientos Administrativos y Servicios exclusivos, sus requisitos y costos y el texto único de procedimientos administrativos – TUPA del Gobierno Regional del Callao; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Callao ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS EXCLUSIVOS, SUS REQUISITOS Y COSTOS Y EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Artículo 1º.- Aprobar los Cuatrocientos Uno (401) Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad del Gobierno Regional del Callao, sus requisitos y costos administrativos. Artículo 2º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional del Callao y autorizar la publicación del mismo así como de los anexos adjuntos, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional, en la Página Web Institucional www. regioncallao.gob.pe. Artículo 3º.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones publicar el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional del Callao en el Portal Institucional. Artículo 4º.- Dejar sin efecto todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publíquese y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 831659-1 Aprueban modificación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Dirección Regional de Salud del Callao, de las Direcciones de Redes de Salud: Bonilla - La Punta, Bepeca, Ventanilla y del Hospital de Ventanilla ORDENANZA REGIONAL Nº 000028 Callao, 13 de agosto de 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria del 13 de agosto del 2012, con el voto de los señores Consejeros Regionales y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del Artículo 15º: “Atribuciones del Consejo Regional“ de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cada por la Ley Nº 27902, dispone que son atribuciones del Consejo Regional aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Que, el primer párrafo del Artículo 38º: “Ordenanzas Regionales” de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales antes mencionada establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Gobierno Nacional con fecha 30 de marzo del 2012 ha publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el Decreto Supremo Nº 003-2012-SA por el cual se “Establecen lineamientos para el proceso de nombramiento del año 2012 en el marco de las Leyes Nos. 28498, 28560 y 29682, en las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales“, en el que establece que las Unidades Ejecutoras de Salud deberán proponer la modifi cación de su Cuadro de Asignación de Personal-CAP en caso no cuente con los cargos previsto necesarios para ejecutar el nombramiento del personal señalado en los numerales 4.2., para lo cual, dichas Unidades Ejecutoras deberán solicitar a sus pliegos respectivos la aprobación de las modifi caciones correspondientes. Se establece también que las ofi cinas de planeamiento y presupuesto a las que hagan sus veces en las Unidades Ejecutoras deberán elaborar la propuesta de modifi cación del CAP, conforme a los criterios técnicos del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM por el cual se “Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal –CAP de las Entidades de la Administración Pública”; Que, visto el Ofi cio Nº 2399-2012-GRC/DIRESA/DG/ OEPE de fecha 20 de julio del 2012 mediante el cual el Director General de la Dirección Regional de Salud del Callao remite al Gobierno Regional del Callao la documentación que sustenta la propuesta de modifi cación