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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (24/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 24 de agosto de 2012 473273 del Cuadro para Asignación de Personal –CAP de la Dirección Regional de Salud del Callao, de las tres Direcciones de Redes de Salud: Bonilla – La Punta, BEPECA, Ventanilla y del Hospital de Ventanilla; Que, visto el Informe Nº 025-2012-GRC/DIRESA/ OEPE/UO de fecha 16 de julio del 2012, mediante el cual el Jefe de la Unidad de Organización sustenta la propuesta de modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal –CAP de la Dirección Regional de Salud del Callao; Que, visto el Informe Nº 348-2012-GRC/DIRESA/OAJ de fecha 17 de julio del 2012, mediante el cual la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Salud del Callao manifi esta que es procedente elevar el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Dirección Regional de Salud del Callao, de las tres Direcciones de Redes de Salud: Bonilla – La Punta, BEPECA, Ventanilla y del Hospital de Ventanilla a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao para los fi nes pertinentes; Que, visto el Memorándum Nº 1679-2012-GRC/ GRPPAT, de fecha 31 de julio de 2012, mediante el cual la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento manifi esta que el requerimiento realizado por la Dirección Regional de Salud –DIRESA- Callao, referente a la Modifi cación de su Cuadro para Asignación de Personal – CAP, correspondiente a la Dirección Regional de Salud, Dirección de Red de Salud de Bonilla- La Punta, Dirección de Red de Salud BEPECA, Dirección de Red de Salud Ventanilla y del Hospital de Ventanilla, resulta procedente, ya que ella se encuentra prevista en el Decreto Supremo Nº 003-2012- SA que aprueba los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal –CAP de las Entidades de la Administración Pública”; Que, visto el Informe Nº 1782-2012-GRC/GAJ, de fecha 06 de agosto de 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica manifi esta que en términos generales se ha cumplido con las formalidades establecidas en la normativa aprobada, por lo que estima procedente el requerimiento efectuado por la Dirección Regional de Salud del Callao, referente a la Modifi cación de su Cuadro para Asignación de Personal –CAP de la Direccion Regional de Salud del Callao, de las tres Direcciones de Redes de Salud: Bonilla –La Punta, BEPECA, Ventanilla y del Hospital de Ventanilla; Que, la modifi cación de los Cuadros para Asignación de Personal – CAP han sido elaborados de conformidad con los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, cuya fi nalidad de cambiar la situación de los cargos que fi guran como “previstos” a cargos “ocupados”, debido al nombramiento de personal dispuesto por el Decreto Supremo Nº 003-2012-SA, el reordenamiento de 06 cargos presupuestarios en las unidades orgánicas nuevas y la incorporación de 02 cargos de funcionarios en base a la Ordenanza Regional Nº 000014 del 26 de abril del 2012 que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones- ROF de la Dirección Regional de Salud del Callao, de las tres Direcciones de Redes de Salud: Bonilla –La Punta , BEPECA, Ventanilla y del Hospital de Ventanilla; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, por unanimidad, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL - CAP DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO, DE TRES DIRECCIONES DE REDES DE SALUD: BONILLA - LA PUNTA, BEPECA, VENTANILLA Y DEL HOSPITAL DE VENTANILLA Artículo 1º.- Aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal –CAP de la Dirección Regional de Salud del Callao, el mismo que consta de siete (07) folios y doscientos setenta y nueve (279) cargos clasifi cados. Artículo 2º.- Aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal –CAP de la Dirección de Red de Salud Bonilla –La Punta, el mismo que consta de cuatro (04) folios y trescientos sesenta y dos (362) cargos clasifi cados. Artículo 3º.- Aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Dirección de Red de Salud BEPECA, el mismo que consta de tres (03) folios y doscientos cincuenta y ocho (258) cargos clasifi cados. Artículo 4º.- Aprobar la modificación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de la Dirección de Red de Salud Ventanilla, el mismo que consta de tres (03) folios y ciento sesenta y dos (162) cargos clasificados. Artículo 5º.- Aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal –CAP del Hospital de Ventanilla, el mismo que consta de tres (03) folios y ciento cuarenta y dos (142) cargos clasifi cados. Artículo 6º.- Encargar a la Gerencia de Administración y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Artículo 7º.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Gobierno Regional del Callao, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal Institucional del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe, el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe; y, en el Portal del Ministerio de Justicia. Artículo 8º.- Encargar a la Ofi cina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao notifi car la presente Ordenanza Regional a las Unidades Orgánicas correspondientes para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 9º.- La presente Ordenanza entra en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 831655-1 Modifican el Artículo 8º del Reglamento de las Audiencias Públicas Regionales del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 000029 Callao, 16 de agosto de 2012 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 16 de agosto del 2012; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en el Artículo 191º, señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones; Que, el inciso a) del Artículo 15 de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que una de las atribuciones del Consejo Regional es aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 007-2003-CR/ RC, modifi cada por Ordenanzas Regionales Nros. 015- 2004 y 017-2011, se aprueba el “Reglamento de Audiencias Públicas Regionales”, incorporando las recomendaciones efectuadas por la Ofi cina Defensorial del Callao; Que, mediante Informe Nº 153-2012-GRC/GRPPAT, de fecha 06 de Agosto 2012, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, señala que la implementación de las modifi caciones efectuadas al Reglamento de Audiencias Públicas Regionales (Art. 6º y 8º), conllevaría a que la Entidad incurra en gastos adicionales para su aplicación, contraviniendo las medidas de austeridad que fue dictada por la Alta Dirección, recomendando que la Gerencia de Asesoría Jurídica efectué la evaluación correspondiente y