Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2012 (01/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 1 de diciembre de 2012

ambito MORDAZA y rural de los departamentos de Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA, la que estara a cargo de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y las Oficinas Departamentales de Estadistica e Informatica correspondientes. Articulo 2°.- Aprobar, los instrumentos de recoleccion de la mencionada Encuesta, los que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Establecer como periodo de ejecucion de la Encuesta, del 16 de noviembre al 30 de diciembre del 2012, la misma que se efectuara por la modalidad de entrevista directa. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 873476-1

y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica". SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la ejecucion de la Encuesta a Instituciones Educativas Multigrado de Primaria 2012, que se aplicara en el area rural de los 15 departamentos siguientes: Amazonas, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Pasco, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA y Ucayali. La Encuesta estara a cargo de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y de las Oficinas Departamentales de Estadistica e Informatica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. Articulo 2°- Aprobar los cuestionarios de la mencionada Encuesta, los mismos que seran diligenciados por entrevista directa a los directores y docentes de las instituciones educativas; para fines del estudio, se tomara tambien informacion del padre, MORDAZA o apoderado en los hogares de los estudiantes seleccionados de MORDAZA o MORDAZA grado de Primaria. Los Cuestionarios forman parte de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Establecer como periodo de ejecucion de la Encuesta, del 26 de noviembre al 23 de diciembre de 2012. Las Instituciones Educativas de Nivel Primaria seleccionadas de los 15 departamentos del MORDAZA y los Hogares de los estudiantes seleccionados, estan obligadas a brindar la informacion requerida por el encuestador. Articulo 4º.- La informacion que proporcionen las instituciones educativas y los hogares, no podra ser revelada en forma individualizada, en cumplimiento de lo dispuesto por el Capitulo IV del Titulo MORDAZA del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, sobre el secreto estadistico y la confidencialidad de la informacion. Articulo 5º.- Las instituciones educativas y los hogares seleccionados que incumplan con brindar la informacion solicitada, seran sancionados conforme a lo dispuesto por los articulos 87º, 89º y 91º del D.S. Nº 043-2001-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 873477-1

Autorizan ejecucion de la Encuesta a Instituciones Educativas Multigrado de Primaria 2012
RESOLUCION JEFATURAL Nº 317-2012-INEI MORDAZA, 29 de noviembre del 2012 Visto el Oficio Nº 7144 -2012/INEI-DNCE-DECEEE, de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas, solicitando la aprobacion de la Encuesta a Instituciones Educativas Multigrado de Primaria 2012. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica", el INEI, es el ente rector del Sistema Estadistico Nacional, encargado entre otros de normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas utilizados por los organos del Sistema, para la produccion de estadisticas oficiales el pais; Que, el Ministerio de Economia y Finanzas, conjuntamente con el Ministerio de Educacion, en el MORDAZA del Presupuesto por Resultados, considera necesario contar con informacion que permita estimar de manera oportuna y confiable los indicadores para evaluar el impacto de la implementacion del Programa de Mejoramiento de los Logros de Aprendizaje en Estudiantes de Educacion Basica Regular de Redes Educativas de las Areas Rurales; Que, la ejecucion de la referida Encuesta permitira contar con una base de datos con informacion estadistica de caracter cualitativo y cuantitativo para la elaboracion de los indicadores que faciliten realizar el seguimiento de los resultados del Programa de Mejoramiento de los Logros de Aprendizaje en Estudiantes de Educacion Basica Regular de Redes Educativas de las Areas Rurales; Que, el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, en coordinacion con el Ministerio de Economia y Finanzas y el Ministerio de Educacion, han definido el MORDAZA conceptual; asi como el contenido de los instrumentos de recoleccion a ser utilizados en la encuesta, por lo que resulta necesario autorizar su ejecucion, establecer el periodo de ejecucion y aprobar los instrumentos de recoleccion, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001PCM, "Reglamento de Organizacion y Funciones del INEI; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Sub Jefatura de Estadistica y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; "Ley de Organizacion

Indice de Precios al Consumidor a nivel Nacional y de MORDAZA Metropolitana, correspondiente al mes de noviembre de 2012
RESOLUCION JEFATURAL Nº 320-2012-INEI MORDAZA, 30 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29438, modifica el Art. 10º del Decreto Legislativo Nº 502, estableciendo que el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) publicara en el diario oficial "El Peruano" y difundira por cualquier medio valido a su alcance, a los organismos del Estado y a cualquier persona natural o juridica interesada, el primer dia util del mes siguiente al que corresponda y con caracter de MORDAZA legal, la variacion mensual que MORDAZA experimentado el Indice de Precios al Consumidor en el ambito del nivel nacional y el Indice de Precios al Consumidor de MORDAZA Metropolitana; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 685-2010EF/10, se designo a los integrantes de la Comision Especial, conformada por tres representantes del Banco Central - BCRP; del Ministerio de Economia y Finanzas -MEF y del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica -INEI, encargada de fijar una metodologia para construir un indicador estadisticamente confiable para la medicion

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